La CNV reglamentó el mercado secundario de CEDIN
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2013/06/la-cnv-reglamento-el-mercado-secundario.html
La Comisión Nacional de Valores resolvió ayer incorporar a la oferta pública secundaria la negociación del Certificado de Depósito de Inversiones (CEDIN), que comenzará a emitirse desde el próximo lunes, en el marco del régimen de exteriorización de capitales no declarados en dólares.
A través de la Resolución General 620, la entidad que conduce Alejandro Vanoli, determinó que el CEDIN "goza de autorización de oferta pública en los términos de la Ley 26.831, y podrá ser negociado en mercados bajo competencia de la CNV, en las entidades financieras autorizadas comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificatorias, y en las casas y agencias de cambio autorizadas a funcionar como tales".
La Comisión precisó que será “el organismo competente respecto de la negociación del Certificado”, y remarcó que los mercados bajo su competencia "podrán reglamentarla, incluyendo como mínimo controles de convalidación por defectos formales, de legitimación de los firmantes y de autenticidad del instrumento y de las firmas asentadas en el CEDIN".
También deberán realizar la negociación "bajo sistemas de concurrencia de ofertas que aseguren la prioridad precio-tiempo", y garantizar la "custodia y conservación del CEDIN".
La resolución firmada por Vanoli añade que "contemplando que la custodia no transmite la propiedad ni el uso, debiendo la entidad a su cargo únicamente conservarlos y custodiarlos, efectuado las registraciones que deriven de su negociación".
En tanto, la CNV puntualizó que "las entidades financieras autorizadas comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificatorias, y las casas y agencias de cambio autorizadas a funcionar como tales, deberán cumplir con el régimen informativo, remitiendo por medio de la Autopista de la Información Financiera, la información especificada en el formulario habilitado a estos efectos".
A través de la Resolución General 620, la entidad que conduce Alejandro Vanoli, determinó que el CEDIN "goza de autorización de oferta pública en los términos de la Ley 26.831, y podrá ser negociado en mercados bajo competencia de la CNV, en las entidades financieras autorizadas comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificatorias, y en las casas y agencias de cambio autorizadas a funcionar como tales".
La Comisión precisó que será “el organismo competente respecto de la negociación del Certificado”, y remarcó que los mercados bajo su competencia "podrán reglamentarla, incluyendo como mínimo controles de convalidación por defectos formales, de legitimación de los firmantes y de autenticidad del instrumento y de las firmas asentadas en el CEDIN".
También deberán realizar la negociación "bajo sistemas de concurrencia de ofertas que aseguren la prioridad precio-tiempo", y garantizar la "custodia y conservación del CEDIN".
La resolución firmada por Vanoli añade que "contemplando que la custodia no transmite la propiedad ni el uso, debiendo la entidad a su cargo únicamente conservarlos y custodiarlos, efectuado las registraciones que deriven de su negociación".
En tanto, la CNV puntualizó que "las entidades financieras autorizadas comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificatorias, y las casas y agencias de cambio autorizadas a funcionar como tales, deberán cumplir con el régimen informativo, remitiendo por medio de la Autopista de la Información Financiera, la información especificada en el formulario habilitado a estos efectos".
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