La Corte declaró inconstitucional la elección de consejeros

Foto Arch.: InfobaeEscuchá el audio | El máximo tribunal dispuso que sigue vigente el funcionamiento del Consejo de la Magistratura tal cual estaba antes. La decisión fue avalada por seis votos, con la disidencia de Raúl Zaffaroni.




La Corte Suprema de Justicia declaró hoy la inconstitucionalidad de la nueva ley de reforma del Consejo de la Magistratura aprobada por el Congreso, por lo que canceló el llamado a elección popular de los integrantes de dicho órgano, tal como había impulsado el gobierno nacional.


El Tribunal declaró inconstitucional la composición de las cuatro comisiones del organismo, el régimen de mayorías y el llamado a elecciones para los cargos de jueces, abogados, y académicos que fijaba la nueva norma 26.8655.


La decisión de la Corte fue avalada por seis votos, con la disidencia del magistrado Raúl Zaffaroni.


Tras dictaminar la inconstitucionalidad, el máximo tribunal dispuso que el Consejo seguirá funcionando como lo viene haciendo hasta la fecha, con una conformación de 13 miembros y la necesidad de reunir dos tercios para impulsar la remoción de un magistrado.


La Corte, que sesionó durante ayer y hoy centrada en este caso, falló a partir de la presentación de la agrupación Gente de Derecho, cuyo titular Jorge Rizzo, es presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.


La decisión fue firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Maqueda, en tanto que Enrique Petracchi y Carmen Argibay hicieron un voto aparte, y Raúl Zaffaroni votó a favor de la constitucionalidad, aunque con fuertes críticas a la ley.


En primera instancia, la jueza con competencia electoral María Servini de Cubría había decretado la inconstitucionalidad de la norma, frenando la elección de consejeros.


La administración de la presidenta Cristina Kirchner apeló esa resolución con un per saltum a la Corte, que finalmente ratificó la no compatibilidad de la ley con la carta magna.


De esta forma, quedó cancelada la elección por sufragio universal de los tres abogados, seis académicos y tres jueces que preveía la nueva ley (los seis legisladores y un representante del Poder Ejecutivo sí eran designados por sus respectivos estamentos).


Tampoco se aumentará a 19 el número de miembros, que quedará en 13, ni se bajará a una mayoría simple el nivel de votos necesarios para impulsar la remoción de un magistrado, por lo que se mantendrá en dos tercios.


De elegirse por el voto popular, los consejeros "dejarían de ser representantes del sector para convertirse en representantes del cuerpo electoral", evaluó la Corte.


Al mismo tiempo, aclaró que "el Poder Judicial tiene la legitimidad democrática que le da la Constitución Nacional, que no se deriva de la elección directa".


Los jueces concluyeron que la nueva ley "rompe el equilibrio al disponer que la totalidad de los miembros del Consejo resulte directa o indirectamente emergente del sistema políticopartidario".


"Desconoce el principio de representación de los estamentos técnicos al establecer la elección directa de jueces, abogados, académicos y científicos; compromete la independencia judicial al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria, y vulnera el ejercicio de los derechos de los ciudadanos al distorsionar el proceso electoral", enfatizaron los supremos.


La Corte apuntó duramente a la partidización de los integrantes del Consejo: "La ley contraría la imparcialidad del juez frente a las partes del proceso y a la ciudadanía toda, pues le exige identificarse con un partido político mientras cumple la función de administrar justicia. Desaparece así la idea de neutralidad judicial frente a los poderes políticos y fácticos".


Si bien el juez Zaffaroni avaló la constitucionalidad de la ley, también expresó sus críticas a la norma: "No se le puede negar al legislador el espacio para ensayar una estructura diferente ante una crisis (Consejo de la Magistratura, ndr), apelando para ello a una interpretación limitadora procedente del derecho privado. Es factible incluso que se trate de un nuevo error político, pero no todo error político es una inconstitucionalidad manifiesta".


Previo al fallo, varios jueces en lo contencioso administrativo tributario federal habían hecho lugar a distintos amparos presentados por particulares y entidades jurídicas, frenando la elección popular de consejeros.


Pese a ello, el oficialismo y la oposición habían presentado a sus frentes para competir por esa categoría, a la espera del fallo definitorio de la Corte, que finalmente dejó sin efecto esa votación.


Cadena3

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