Kroneberger propone la equinoterapia en el Programa Médico Obligatorio (PMO)
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El diputado nacional Daniel Kroneberger ( UCR-La Pampa) presentó un proyecto de ley, por el que propone incluir el tratamiento de equinoterapia en el Programa Médico Obligatorio. (Foto WEB)
En sus fundamentos, el legislador sostuvo que la iniciativa tiene por objetivo proteger a los discapacitados en todo el ámbito de nuestro país, "alcanzando el goce pleno de los derechos inherentes a la persona, de aquellos con padecimientos mental que se encuentren dentro del territorio nacional, sin perjuicios de aquellas leyes más beneficiosas que puedan establecer las distintas provincias y la ciudad Autónoma de Buenos Aires".
En sus fundamentos, el legislador sostuvo que la iniciativa tiene por objetivo proteger a los discapacitados en todo el ámbito de nuestro país, "alcanzando el goce pleno de los derechos inherentes a la persona, de aquellos con padecimientos mental que se encuentren dentro del territorio nacional, sin perjuicios de aquellas leyes más beneficiosas que puedan establecer las distintas provincias y la ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Se consideran parte de esta ley los principios que emanan de la las Naciones Unidas para la protección de los enfermos mentales, adoptado por la Asamblea General de la Organización Panamericana de la Salud y de la Organización Mundial de la Salud, para la reestructuración de la Atención Psiquiátrica.
"Se propone en este caso específico el uso de la equinoterapia, como medio de alcanzar una relación afectiva con el caballo y este contacto le permita integrarse de una forma más normalizada a la sociedad. Este tipo de terapia, permite entre muchos otros temas a que el discapacitado pueda estimular el sistema circulatorio, respiratorio, regular el tono muscular, estabilización del tronco y cabeza, incrementar la elasticidad, agilidad y fuerza muscular, entre muchas otras", expresó Kroneberger.
Además, dijo que en el ámbito de la presente ley se reconoce, que el uso de la terapia de ecuestres constituye un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, alcanzando una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.
El diputado radical agregó que en el marco de la presente ley se reconoce a la discapacidad como aquellas deficiencias que tienen determinados sujetos como ser:
- Parálisis cerebral ataxiaslesiones medulares;
- Lesiones cerebrales;
- Espina bífida;
- Parkinson;
- Distrofia muscular;
- Síndrome de Rett Fibromialgia;
- Síndrome de Down;
- Fibrosis quística;
- Trastorno de desarrollo;
- Esclerosis múltiple;
- Autismo;
- Politraumatismos;
- Retraso psicomotor.
"Tal como sostuve en anteriores explicaciones de la necesidad de llevar adelante este proyecto, ya que debe estar como parte del PMO, es la cantidad de juicios de amparo, que se han sostenido sobre la materia. Están en este planteo los que pueden llevar adelante un juicio de esta naturaleza para beneficio de la vida que están protegiendo y los que no pueden por la situación personal", señaló.
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