Caso Sofía | Prisión perpetua para Janssen y absolución para Dupuy

El acusado del crimen de Sofía Viale y otros tres casos de abuso sexual, Juan José Janssen, recibió este medio día la pena de prisión perpetua, al ser encontrado culpable de todos los delitos que se le imputaron, según el fallo unánime del Tribunal. Su pareja, María de los Ángeles Dupuy, fue beneficiada con la absolución porque el Código Penal establece “la exención de participación criminal” para el encubrimiento entre integrantes de matrimonios. (Foto Archivo)

Esta mañana volvieron a reunirse las partes en el lugar donde, durante dos semanas, se debatió el conmocionante caso que tuvo en vilo a la provincia por más de un año, además de otros tres casos de abuso que tuvieron a Janssen como acusado.
 
El confeso asesino fue llevado a la improvisada sala de audiencia en las primeras horas de la mañana, mientras que el resto de las partes arribaron minutos antes del comienzo de la lectura de sentencia, en medio de un operativo de seguridad similar al desplegado días atrás.
 
Finalmente, tras casi un año de investigaciones tras el hallazgo del cuerpo de Sofía Milagros Viale (12) y luego de dos semanas de debate oral, hoy, minutos después de las 11 horas, se realizó en la sede piquense del Colegios de Abogados y Procuradores la audiencia de lectura de sentencia contra Juan José Janssen (33), quien resultó condenado a la pena de prisión perpetua, y María de los Ángeles Dupuy (35), quien fue absuelta tal cual pidió la Fiscalía la semana pasada.La audiencia contó con una nutrida presencia de medios de comunicación, que fueron habilitados para presenciarla por tratarse de un caso de suma relevancia para la sociedad. 
 
Foto: El Diario LP

El fallo de los magistrados Fabricio Losi, Carlos Pellegrino y Pablo Durigón fue unánime. Janssen estuvo en la sala durante unos minutos y apenas finalizada la lectura fue retirado de inmediato por el personal policial. La defensa de la familia de Sofía adelantó que impugnará la absolución de Dupuy. 
 
(María de los Angeles Dupuy) va a tener que desaparecer, porque donde la agarre alguien, la lincha. Es un monstruo esa mujer”, dijo al finalizar el fallo Marcelo Viale.

La mamá de Sofía, Noemí Ampudia, le recriminó a los gritos a la fiscal Ivana Hernández la decisión de pedir la absolución de Dupuy. "¡No tenés corazón!", le gritó. “Esto me indigna mucho porque esto le puede pasar a otros chicos”, dijo a los periodistas. “No me alcanza que el asesino de mi hija este toda la vida en la cárcel. Tengo que pensar que tengo cuatro hijas más y que esta mujer –por Dupuy– repetirá en Pico o donde vaya a vivir la misma situación que hicieron con mi hija y todo esto gracias a la justicia”, sentenció.

La semana pasada, los fiscales Ivana Hernández y Maximiliano Boga Doyhenard, en representación del Ministerio Público Fiscal, pidieron la pena de cadena perpetua para Juan José Janssen por la violación seguida de muerte de Sofía Viale y la violación de otra adolescente. En cambio, pidieron la absolución para María de los Ángeles Dupuy, la esposa de Janssen, en el cierre de los alegatos que se producen este viernes.

Los fiscales considerarlo autor penalmente responsable del delito de "homicidio doblemente calificado, con alevosía y criminis causa", por la violación seguida de muerte de Sofía Viale. "Criminis causa" se aplica cuando se ha comprobado que el imputado provoca la muerte de la víctima para ocultar el delito.

El abogado Armando Agüero, querellante particular en representación de la familia Viale, adhirió al pedido fiscal sobre Janssen, pero planteó la inconstitucionalidad del artículo 277 al que recurrió la fiscalía para pedir la absolución de Dupuy.

Agüero dijo que, en este caso, no se cumplen los requisitos para los que puede aplicarse el artículo y reclamó a los jueces que la mujer sea condenada al máximo de la pena de encubrimiento, es decir, a 6 años.

El abogado defensor de Dupuy, Juan Carlos de la Vega, adhirió al pedido de absolución y replicó la solicitud de Agüero y recordó que, al no existir pedido de condena de la fiscalía, no compete al querellante instar la acción penal.

El defensor de Janssen, Alejandro Caram, consideró que su defendido puede ser acusado de delitos simples y pidió que la pena no exceda los 12 años. Caram entendió que no existen elementos para aplicar la criminis causa, que no quedó comprobada la violación de Sofía y que en el caso de Micaela se trató de abuso sexual simple. Ratificó también que Janssen niega los otros hechos de los que se lo acusa, por no existir elementos de prueba contundentes.

Las partes

Dentro de la sala, de un lado se ubicó el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal adjunto Maximiliano Boga Doyhenard y la fiscala titular Ivana Soledad Hernández. Junto a ellos estuvo el abogado querellante Armando Agüero.

Los padres de Sofía y la madre de la adolescente violada el día del hallazgo del cuerpo asistieron y escucharon el veredicto en calma.

Del otro lado se ubicó el imputado Juan José Janssen, acompañado por el defensor oficial Alejandro Caram. El imputado no emitió sonido alguno y, a diferencia de audiencias anteriores, mantuvo la vista en alto, observó a todos los presentes y solo realizó algunas muecas con su boca cuando escucho la condena.

Al lado de los antes nombrados se ubico el letrado santarroseño Juan Carlos De la Vega, quien representó durante el juicio a María de los Ángeles Dupuy, quien no estuvo presente en la lectura por no ser obligatoria su presencia.

El juez de audiencia Fabricio Hildebrando Luis Losi, presidente del Tribunal Colegiado interviniente en el caso, dio a conocer a través de una empleada del Poder Judicial la resolución tomada junto al también juez de audiencia Carlos Federico Pellegrino, y al juez “ad hoc” Ademar Pablo Durigón.

Janssen fue condenado por los tres casos de abusos sexuales que se le imputaron, más el asesinato y violación de Sofía Viale, por lo que recibió la pena de prisión perpetua.

La condena

Solo fue leída la parte resolutiva, donde el Tribunal falló unánimemente “condenando a Juan José Janssen (…) D.N.I. Nº 27.697.855, argentino, nacido el 8 de enero de 1980, en General Pico (Provincia de La Pampa); hijo de Pedro Vicente Janssen y de Estela María Becerra, domiciliado en calle 29 Nº 2055, de esta ciudad; como autor de los delitos de Abuso sexual con acceso carnal (Art. 119, 3er. párrafo, C.P.) y Homicidio Calificado cometido para lograr la impunidad (Art. 80 inc. 7º C.P.), en concurso real (Art. 55 C.P.) -Legajo Nº 6725-; Abuso sexual con acceso carnal agravado por la utilización de arma (Art. 119, 3er. párrafo y 4to. párrafo, inc. d) del C.P.) -Legajo Nº 7856-; Abuso sexual simple cometido por el encargado de la guarda (Art. 119, 1er. párrafo y 4to. párrafo, inc. b) del C.P.) -Legajo Nº 6155-; Abuso sexual simple (Art. 119, 1er. párrafo C.P.), Lesiones leves (Art. 89 C.P.) y Privación ilegítima de la libertad (Art. 141 C.P.), en Concurso Real (Art. 55 C.P.) -Legajo Nº 7097-; concurriendo todos los hechos en forma material (Art. 55 C.P.); a la pena de Prisión Perpetua, accesorias legales y costas (Art. 355, 474 y 475 C.P.P.). Con expresa declaración de Reincidencia (art.50 C.P.)”.

Además falló “Revocando la libertad asistida que el imputado Juan José Janssen, se encontraba gozando a la fecha, en el legajo Nº 2567”.

El condenado fue retirado de forma inmediata al concluir la lectura del fallo por personal del Grupo Especial de Operaciones de la Unidad Regional II. Se desconoce aún cuál será el destino, aunque por la gravedad de los hechos cometidos debe ser ubicado en un penal de máxima seguridad, aunque ya varias cárceles notificaron que no están dispuestas a tener a Janssen entre sus internos, para evitar futuros problemas.
 
Con respecto a Dupuy, el Tribunal Colegiado resolvió “No haciendo lugar al pedido del Querellante Particular de declaración de inconstitucionalidad de la norma prevista en el art. 277, inciso cuarto, del Código Penal (Arts. 18, 19 Constitución Nacional; 9 Convención Americana sobre Derechos Humanos, 15 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)”.

Por ende falló “Absolviendo a María de los Ángeles Dupuy, D.N.I. Nº 26.237.257, argentina, nacida el 7 de enero de 1978, en General Pico (Provincia de La Pampa), hija de Julio Esteban Dupuy y de Zulma Susana Peralta, domiciliada en calle 29 Nº 2055, de esta ciudad; por los delitos de Homicidio calificado (art. 80 inc. 7º C.P.), por no haber participado en el hecho y de Encubrimiento agravado (art. 277, cuarto párrafo, C.P.), por mediar una excusa absolutoria en virtud del vínculo matrimonial, disponiendo su inmediata libertad”.
 
Al no estar presente, la absuelta Dupuy será notificada en Sana Rosa, dónde está alojada, y quedará inmediatamente en libertad. Se desconoce fehacientemente cual será su destino una vez en libertad, aunque su propio abogado le aconsejó que se marche de la provincia, ante la posibilidad de represalias por parte de familiares o allegados de las víctimas, o de otros integrantes de la sociedad.

El querellante Armando Agüero anticipó que presentará a la brevedad un recurso impugnatorio ante el Tribunal de Impugnación Penal, con el fin de que, en esa instancia superior, se logre una condena para la mujer del asesino. Tiene desde hoy 10 días hábiles para presentar el escrito.

Bronca y reclamo

El único momento de tención que se vivió dentro de la sala de audiencia fue cuando se concluyó con la lectura del fallo. Noemí Ampudia, mamá de Sofía, le recriminó a la fiscal Hernández que hubiera pedido la absolución de Dupuy por “la exención de participación criminal”, prevista en el CP. 
 
Noemí Ampudia, mamá de Sofía, le recriminó a la fiscal Hernández el pedido de absolución para Dupuy (Foto: El Diario LP)

La madre de la víctima, envuelta en una crisis de nervios y llanto, insultó a la investigadora, le pidió que se callara la boca y le preguntó “¿qué tenés acá (golpeándose el pecho a la altura del corazón), como vas a pedir la absolución?”.

Ahora sale la mina y va a hacer lo mismo, va a buscar un tipo igual y va a pasar otras vez querida, a fiscales como vos es mejor perderlos que encontrarlos”, disparó antes de ser abrazada por su esposo quien intentó contenerla, pero ella se retiró enojada hacia fuera del recinto.

Tal cual lo hicieron el día de los alegatos y en muchos momentos desde la desaparición de la niña, integrantes de la Tamboras del Viento y del Movimiento por los Derechos de las Mujeres de General Pico dijeron presentes. Antes, durante y después de la lectura de sentencia hicieron sonar sus tambores detrás del vallado dispuesto en calle 20 y 5. Además realizaron canticos con una temática común, justicia por Sofía.
 
Al finalizar la audiencia esperaron a los padres de la niña, quienes se fundieron en abrazos interminables con las militantes feministas, que reiteraron su apoyo incondicional a la familia Viale. Les anticiparon que las seguirán en el camino que aún les resta transitar, para intentar conseguir una condena para Dupuy y para los fiscales que enfrentan Jurys por su defectuosa labor en la investigación de la desaparición.

También hubo este medio día otro grupo de personas, posiblemente familiares de alguna de las otras víctimas, que se manifestaron detrás de las vallas colocadas en calles 22 y 7. En este caso los pedidos de justicia se mezclaron con insultos e indignación por la absolución de Dupuy.

iTextual | El Diario LP

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