Como lo "afectaba moralmente" se quitó el apellido paterno
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Se trata de un joven de 20 años, que había formulado una presentación al respecto en la Justicia de Córdoba. Un hermano ya había obtenido un fallo en el mismo sentido. (Imagen: Cadena3)
La jueza en lo Civil y Comercial de 38º Nominación de la ciudad de Córdoba, María del Pilar Elbersci, ordenó al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Córdoba que arbitre los medios necesarios para que se suprima del DNI de un joven de 20 años, el apellido de su padre y conserve sólo el de la madre.
El demandante, de 20 años, en su requerimiento a la Justicia señaló que llevar el apellido paterno, le causaba “agravio moral y espiritual” y con el que no se identificaba teniendo en cuenta que su progenitor había abandonado el hogar cuando él era pequeño y se había desentendido de sus obligaciones paternales.
La abogada que patrocinó al joven, Eloísa del Valle Sacco, en diálogo con Cadena 3 contó que su cliente, "a los 16 años cuando tuvo que renovar el DNI no quiso hacerlo porque no se sentía parte de la familia de su padre y quería llevar el apellido de la madre".
Sacco explicó que para que la Justicia dicte una resolución de esta magnitud indicó que debe "haber justos motivos".
"Porque la ley del nombre 18.242 es inmodificable", indicó la abogada.
El joven que logró este fallo favorable, señaló también que se sentía "agredido de llevar un apellido que consideraba que lo perjudicaba"
"Además de la actitud de burla y de humillación hacia la familia materna", agregó Sacco.
"Como el padre de Leandro tiene vinculación con el ambiente del deporte, pero él no tiene inclinaciones hacia lo deportivo, su padre lo descalificaba por esta situación", agregó.
Sacco explicó que dejar de llevar el apellido del padre "no implica desvincularlo como hijo, es decir que tiene derechos y obligaciones".
"El puede heredar o el padre puede heredarlo. No queda desvinculado como hijo", indicó.
La jueza en lo Civil y Comercial de 38º Nominación de la ciudad de Córdoba, María del Pilar Elbersci, ordenó al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Córdoba que arbitre los medios necesarios para que se suprima del DNI de un joven de 20 años, el apellido de su padre y conserve sólo el de la madre.
El demandante, de 20 años, en su requerimiento a la Justicia señaló que llevar el apellido paterno, le causaba “agravio moral y espiritual” y con el que no se identificaba teniendo en cuenta que su progenitor había abandonado el hogar cuando él era pequeño y se había desentendido de sus obligaciones paternales.
La abogada que patrocinó al joven, Eloísa del Valle Sacco, en diálogo con Cadena 3 contó que su cliente, "a los 16 años cuando tuvo que renovar el DNI no quiso hacerlo porque no se sentía parte de la familia de su padre y quería llevar el apellido de la madre".
Sacco explicó que para que la Justicia dicte una resolución de esta magnitud indicó que debe "haber justos motivos".
"Porque la ley del nombre 18.242 es inmodificable", indicó la abogada.
El joven que logró este fallo favorable, señaló también que se sentía "agredido de llevar un apellido que consideraba que lo perjudicaba"
"Además de la actitud de burla y de humillación hacia la familia materna", agregó Sacco.
"Como el padre de Leandro tiene vinculación con el ambiente del deporte, pero él no tiene inclinaciones hacia lo deportivo, su padre lo descalificaba por esta situación", agregó.
Sacco explicó que dejar de llevar el apellido del padre "no implica desvincularlo como hijo, es decir que tiene derechos y obligaciones".
"El puede heredar o el padre puede heredarlo. No queda desvinculado como hijo", indicó.
Cadena3
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