Los canales deberán incluir la fecha y el lugar de las imágenes informativas

La medida fue resuelta por la AFSCA para "garantizar el derecho de los televidentes a informarse claramente de lo que pasa”, afirmó Sabatella.

Las señales de televisión nacional que difundan imágenes informativas deberán sobreimprimir en la pantalla el lugar y la fecha en la que fueron registradas, según lo dispuesto por unanimidad en la última reunión del directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca).

“La imprecisión sobre dónde ocurre determinado hecho y si ya pasó o si está pasando en el momento en que es trasmitido resulta especialmente grave en el tratamiento de hechos de violencia, manifestaciones, tragedias o problemas en el espacio público, porque afecta el derecho a la información e impacta directamente en la vida de los usuarios y usuarias de esos medios”, explicó el presidente AFSCA, Martín Sabbatella.

Asimismo, consideró que “incluyendo la mención del lugar y la fecha de la información que se difunde buscamos garantizar el derecho a la libertad de expresión y, al mismo tiempo, el derecho de los y las televidentes a informarse claramente de lo que pasa”.

“La imprecisión sobre dónde ocurre determinado hecho y si ya pasó o si está pasando en el momento en que es trasmitido resulta especialmente grave en el tratamiento de hechos de violencia, manifestaciones, tragedias o problemas en el espacio público"

La resolución fue firmada en un encuentro realizado el jueves último, del que participaron Martín Sabbatella, Marcelo Stubrin, Ignacio Saavedra, Gerardo Milman, Claudio Schifer y Néstor Avalle, mientras que Eduardo Seminara estuvo ausente, ya que se encontraba representando al organismo en un foro de Derechos Humanos en Brasilia.

La resolución aprobada por todos los directores del AFSCA señala:

“ARTÍCULO 1°.- Los servicios de comunicación audiovisual y las señales nacionales deben incluir de modo claro y legible un mensaje consignando la fecha y el lugar de los hechos, y la expresión “ARCHIVO”, cuando se trate de noticias o imágenes registradas con anterioridad al día de su emisión. No quedan comprendidos los programas de ficción.

“ARTÍCULO 2°.- Cuando se trate de noticias o imágenes que sean transmitidas desde el lugar y en el momento de los hechos, deberán consignar de modo claro y legible el lugar donde acaecen los mismos y la expresión “EN VIVO” o “VIVO”, la que no podrá de ninguna manera, hallarse incluida en las imágenes que no reúnan los requisitos previstos en el presente artículo.

“ARTÍCULO 3°.- Cuando se trate de noticias o imágenes registradas el mismo día de su emisión pero que no fueran emitidas en vivo deberán consignar la expresión “HOY”, la hora y el lugar en que acontecieron”.
 
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