Santa Rosa | Polémica en el CD: Larrañaga quiere derogar ordenanza impulsada por concejala del PJ

Un nuevo foco de conflicto se desató en el seno del oficialismo santarroseño a partir de la intención del intendente Luis Larrañaga (PJ) de derogar la ordenanza 4705/12 cuya autoría le pertenece a una concejala de su partido. (Foto Archivo)
 
La norma establece la obligatoriedad de presentar un Certificado de Servicios Cloacales y Agua como paso previo a la presentación inicial de cualquier proyecto de obras y loteos.

El tema se instaló la semana pasada en el concejo deliberante y el viernes estaba pautada una reunión entre concejales y el director de Agua y Saneamiento, Nicolás Echevarría, pero el funcionario no concurrió. Posiblemente lo haga este lunes.

¿Cuál es el nudo de la discusión? El Ejecutivo quiere derogar una ordenanza -autoría de Mariela Cabreros (PJ)- que obliga a que en cada obra nueva se pida la factibilidad técnica para obras complementarias de agua y cloacas. Esto incluye tanto a las zonas servidas (con servicios) como también los nuevos loteos. La intención del intendente es exceptuar de esa obligación a los loteos y nuevos emprendimientos.

La polémica se da en un contexto de fuerte demanda de terrenos en la capital provincial por parte de adjudicatarios de programas sociales como el Procrear, que no consiguen lugar para levantar su vivienda por el excesivo valor inmobiliario.

Pero también se produce en momentos en que la Caja Forense intenta avanzar nuevamente con la construcción del barrio Villa Pampa, en inmediaciones del viejo autódromo.

Tal como informó Diario Textual, el proyecto había quedado en stand by por el fuerte rechazo de sectores ambientalistas, pero ahora fue reflotado por la entidad que paga las jubilaciones de abogados y procuradores.

La Caja Forense pretende subdividir en inmediaciones del viejo autódromo una superficie en 250 lotes de entre 1200 y 1500 metros cuadrados cada uno, para construir allí un barrio.

El proyecto contempla además espacios para ubicar un centro comercial y un hotel cinco estrellas. Para avanzar con este complejo urbanístico necesita una excepción al Código Urbanístico de la ciudad porque en esa zona, considerada área rural, no está permitida la radicación de agrupamientos residenciales y la provisión de servicios. Además, el proyecto está ubicado sobre la zona de reserva del acuífero Anguil-Santa Rosa.

Sesión extraordinaria

El presidente del bloque del PJ, Juan Mecca, pretende convocar a una sesión extraordinaria para tratar la derogación de la ordenanza 4705/12. Pero no será fácil habida cuenta que las posiciones están divididas en el oficialismo: Cabreros cuenta con el respaldo de la presidenta del CD, Liliana Robledo (PJ, NEP); del otro lado están Mecca, Giglione, Taboada, Rodríguez y Baraybar, del PJ, que sí apoyan a Larrañaga. El Frepam, en tanto, apoyaría la ordenanza sancionada oportunamente, por lo que no prosperaría el pedido del intendente santarroseño.

Qué dice la ordenanza

El concejo deliberante aprobó en 2012 la ordenanza Nº 4705, que en su artículo 1 establece la obligatoriedad de tramitación del Certificado de Servicios Cloacales y Agua.

El artículo 2 señala que el CSCA es la documentación emitida por la autoridad de aplicación que determinará si corresponde la realización de obras complementarias para asegurar la provisión del servicio de agua y cloacas a cargo de los particulares, emprendedores, instituciones oficiales, sean éstas dependientes del Estado Nacional, Provincial o Municipal, o consorcio que se constituya al efecto, a los fines de asegurar una efectiva provisión de estos servicios tanto a los nuevos usuarios como a los vecinos residentes en la zona.

Están obligados a tramitar el CSCA los particulares, profesionales, emprendedores, instituciones oficiales, sean éstas dependientes del Estado Nacional, Provincial o Municipal, responsables de edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal, industrias, loteos y todo otro emprendimiento que requiera del uso de agua potable y evacuación de efluentes cloacales como paso previo a la presentación inicial de cualquier proyecto de obras y loteos.

La ordenanza, en el artículo 6, faculta a la autoridad de aplicación, la Dirección de Agua y Saneamiento, a exigir la realización de "Obras Complementarias" que garanticen el aprovisionamiento de servicios de agua y cloacas en concordancia con la futura demanda. En el caso de loteos sin redes prexistentes, o cuando se trate de edificaciones bajo el régimen de propiedad horizontal, que se encuentren emplazadas dentro del radio servido y que demanden ampliación o mejoras, las mismas quedarán a cargo del interesado o el consorcio que conforme al efecto.
 
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