Reconocen nuevas enfermedades laborales
Se publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto 49 publicado, donde se determina que un empleado que sea diagnosticado con hernia inguinal directa, mixta o dentro del grupo de las crurales y desarrolle por lo menos durante 3 años, en jornada completa, tareas habituales en las se requiera carga física, dinámica o estática, con aumento de la presión intraabdominal al levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados, deberá ser considerada esa hernia como una lesión a causa del trabajo que desempeña.
Lo mismo se considerará para las várices primitivas bilaterales -si el trabajador realiza tareas diarias en cuyo desarrollo habitual se requiera la permanencia prolongada en posición de pie, estática y/o con movilidad reducida- y para el personal con hernia discal Lumbo-Sacra con o sin compromiso radicular que afecte a un solo segmento columnario.
Para que sean consideradas como enfermedades laborales deberán detectarse y mantenerse cuando al menos hayan pasado “tres años cumplidos en forma continua o discontinua mediante el desempeño en jornada habitual completa definida legal o convencionalmente2.
El período en cuestión, se aclara, “será proporcionalmente ajustado a las circunstancias del caso cuando el trabajador preste servicios con arreglo a regímenes de jornada reducida o a tiempo parcial2.
El órgano encargado de la determinación de la incapacidad “deberá establecer científicamente si las lesiones fueron provocadas por causa directa e inmediata de la ejecución del trabajo, excluyendo la influencia de los factores atribuibles al trabajador o ajenos al trabajo”. Y se precisa que sólo se indemnizarán los factores causales atribuibles al trabajo.
Al respecto, la medida incorpora también un inciso en el artículo 2 del decreto 590, publicado en junio de 1996, referido al costo de las prestaciones otorgadas para las nuevas dolencias: “En un 100% el primer año y un 50% el segundo año, a contar desde su inclusión en el Listado de Enfermedades Profesionales. A partir del tercer año, las prestaciones estarán íntegramente a cargo de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo”.
La modificación al listado se efectiviza un año y dos meses después de que “la comisión médica central emitiera un dictamen favorable” del Comité consultivo permanente, integrado por representantes de las organizaciones de trabajadores y empleadores, que “se pronunció de forma unánime respecto de la inclusión de las enfermedades” citadas en el decreto publicado hoy.
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