Caso Río Tercero | Señalan que no había prueba directa para condenar a Menem
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/02/caso-rio-tercero-senalan-que-no-habia.html
Escuchá el audio | Lo indicó a Cadena 3 el presidente de la Cámara Federal de Córdoba, Ignacio Vélez Funes, que ayer sobreseyó al ex presidente en la causa por las explosiones en Río Tercero.
El presidente de la Cámara Federal de Córdoba, quien ayer dictó el sobreseimiento de Carlos Menem en la causa por las explosiones en la Fábrica Militar de Río Tercero, explicó que nunca hubo una “prueba directa, concreta y contundente” para condenar al ex presidente.
“El juez de Río Cuarto dictó el procesamiento en base a un indicio, y ¿Cuáles es ese indicio? La conferencia de prensa del presidente Menem del 3 de noviembre del 95’, después de la explosión donde dice que esto es un accidente y así se debe entender y no otra cosa”, señaló Ignacio Vélez Funes a Cadena 3.
Y prosiguió: “La sentencia condenatoria de la Cámara de Casación Penal de marzo de 2013, es la causa armas donde se lo condena por el contrabando de armamentos a Croacia y Ecuador”.
“Entonces, infiere el juez que la voladura fue con la intención de borrar rastros o disimular el contrabando, porque los armamentos fueron embarcados a partir de la Fábrica Militar de Río Tercero; y el faltante de armas comprobado es de más de 35 mil proyectiles”, precisó.
Entonces, el magistrado completó: “No es suficiente una simple conjetura, tiene que ser grave, preciso y concordar con otras pruebas y otras presunciones, nosotros no advertimos que con estas cuestiones se pueda procesar a Menem. (…) Hasta ahora, ni el fiscal ni la querella han aportado prueba directa, concreta y contundente para enrostrar tan grave delito a este ciudadano”.
“Entendemos que el procesamiento no puede subsistir y así lo hemos decidido. (…) No se puede tener indefinidamente a cualquier ciudadano bajo proceso o sospecha”, consideró.
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Y prosiguió: “La sentencia condenatoria de la Cámara de Casación Penal de marzo de 2013, es la causa armas donde se lo condena por el contrabando de armamentos a Croacia y Ecuador”.
“Entonces, infiere el juez que la voladura fue con la intención de borrar rastros o disimular el contrabando, porque los armamentos fueron embarcados a partir de la Fábrica Militar de Río Tercero; y el faltante de armas comprobado es de más de 35 mil proyectiles”, precisó.
Entonces, el magistrado completó: “No es suficiente una simple conjetura, tiene que ser grave, preciso y concordar con otras pruebas y otras presunciones, nosotros no advertimos que con estas cuestiones se pueda procesar a Menem. (…) Hasta ahora, ni el fiscal ni la querella han aportado prueba directa, concreta y contundente para enrostrar tan grave delito a este ciudadano”.
“Entendemos que el procesamiento no puede subsistir y así lo hemos decidido. (…) No se puede tener indefinidamente a cualquier ciudadano bajo proceso o sospecha”, consideró.
Cadena3
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