Santa Rosa | Según el municipio, hay 475 manzanas que se pueden lotear
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/04/santa-rosa-segun-el-municipio-hay-475.html
El intendente Luis Larrañaga y sus funcionarios afirmaron que hay 475 manzanas que podrían lotearse para construir viviendas en Santa Rosa.
Ese fue uno de los argumentos que planteó el municipio para vetar la ordenanza que se había aprobado en el Concejo Deliberante para ampliar el radio urbano de la ciudad y favorecer el acceso de los beneficiario del Plan Procrear a terrenos más baratos.
El jefe comunal vetó la ordenanza que habían sancionado los concejales del Frepam y las justicialistas Liliana Robledo y Mariela Cabreros. La ampliación del radio urbano permitía que un grupo de beneficiarios del Procrear pudiera concretar la compra de 90 terrenos ubicados en las afueras de la ciudad, en Robustelli y Frank, que el propietario les dejaba a un precio acorde a los valores que prevé el crédito para la compra de terreno, 100 mil pesos.
Los beneficiarios del Procrear consideraron que el veto de Larrañaga, que bloquea el arreglo que tenían con el dueño del preido, direcamente los “expulsa” de la ciudad. Afirmaron que los 120 terrenos que cedería el gobierno nacional en la Colonia Penal y los 80 que el municipio anunció que subastará entre Barrio Escondido y Los Fresnos no son una alternativa real. Dijeron que los tiempos que insumirá el proceso son muy largos y que una subasta abierta no garantizará precios razonables y permitirá la participación de especuladores inmobiliarios.
En el texto de la fundamentación del veto, el intendente Larrañaga y los secretarios de Hacienda, Miguel De Elorriaga, y de Obras y Servicios Públicos, Daniel Ucciardello, plantearon que dentro del radio urbano y las áreas de expansión que prevé el Código Urbanístico vigente hay 475 hectáreas susceptibles de ser parceladas.
Los beneficiarios del Procrear sostienen que hay más de 200 casos de adjudicatarios de los créditos que no consiguen terreno por el elevado valor que tienen. Esta semana, la municipalidad anunció un llamado a licitación para la presentación de ofertas d terrenos aptos para loteso de uso residencia, con el objetivo de tentar a los propietarios. La idea es generar suelo urbano para atender la demanda de los beneficiarios de alguno de los sorteos del Procrear para la construcción de su vivienda.
Ampliación “extremadamente” extensa
El jefe comunal y sus colaboradores atacaron la ordenanza porque “no hace determinación alguna respecto a la red circulatoria, ni clasificación del tipo de vías, que posibilite mayor movilidad y mejor conexión de los flujos circulatorios, siendo una cuestión esencial que debe encontrarse expresamente prevista, para mantener una fluida comunicación en forma permanente con todas las zonas del ejido municipal”.
Por otra parte, advirtieron que “actualmente el Código Urbanístico de la ciudad define dos zonas de crecimiento como áreas de urbanización futuras, hacia el sur el distrito R3 V y hacia el este el distrito r3 IV y en la ordenanza se desestima la localización sur y se amplia el distrito ubicado al este”. “Se ha de tener presente que en el año 2013 se sancionó por unanimidda la ordenanza Nº 997 que prevé el ensache de las calles Ricardo Balbín e impone el ancho a las calles Tita Merello, México y Telén, tendientes a calificar la trama circulatoria que enmarca el sector sur con el objetivo de consolidar el tejido hacia la ciudad de Toay, como consecuencia de un estudio de planificación urbana calificada”, apuntaron.
Además, rechazaron la ampliación proyectada porque “es extremadamente extensa para ser definido como Área de Urbanización Prioritaria (AUP). El perfil actual predominantmente rural se contrapone y torna poco probable su transformación a corto plazo”.
“La no generacion de zonas de trancisión entre el ámbito rural y el urbano que amortigüen las diferencias de estructura y la diferencias funcionales, incrementa la posibilidad de conflictos vecinales, por fumigaciones en el área rural o secado de cereal en planta de silos”, añadieron.
En otro sentido, argumentaron que “la ordenanza sancionada desestima absolutamente lo previsto en el artículo 2.2.1 del Codigo Urbanístico Vigente. Dicha norma no hablita nuevas subdivisiones, hasta tanto no se consolide el Área Urbana Prioritaria (AUP) en más del 70% y con más del 50% de obras ejecutadas, para distritos de carácter similar, en este caso residenciales”.
El problema de los servicios
“El diseño previsto para la ciudad consiste en una distribución de la población y de los usos en forma de pirámide, con una mayor concentracion de actividades económicas, densidad y altura en el centro, y disminuyendo las mismas hacia la periferia, hasta transformarse en área rural, a fin de poder concentrar todos los servicios de manera que resulten efectivos, económicos y fáciles de mantener”, indicaron.
Alertaron entonces que “una ampliación desmedida del perímetro urbano aleja la posibilidad de contar con un plan director de saneamiento y su proyección en el tiempo en virtud de requerir un estudio planialtimétrico para los desagües pluviales, la provisión de redes de agua y cloacas, incorporar la regulación de la explotación de los acuíferos naturales, junto a los tendidos eléctricos y sus plantas de transformación, que se torna más costosos e inaccesible con el proyecto de la ordenanza sancionada por su extensión”.
En la fundamentación figura que, según informa la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, dentro del perímetro urbano prioriatario (AUP) y las áreas de expansión futura (AUF), “los inmuebles suceptibles de ser parcelados en la actualidad alcanzan una superficie aproximada de 475 hectáreas”.
“La ordenanza no debe prosperar por cuanto la habilitación de áreas urbanas de baja densidad con parcelamiento destinados solo a una vivienda única en perímetros muy extensos, atentará contra la calidad de vida pretendida por la normativa actualmente vigente y no permitirá una relación costo-beneficio óptima de los servicios, haciendo poco probable su provisión en el transcurso del tiempo, con un alto costo inicial y mínima amortización de las obras, producto de una baja densidad poblacional, que terminan siendo subsidiadas por el resto de los vecinos”, concluyeron.
El jefe comunal vetó la ordenanza que habían sancionado los concejales del Frepam y las justicialistas Liliana Robledo y Mariela Cabreros. La ampliación del radio urbano permitía que un grupo de beneficiarios del Procrear pudiera concretar la compra de 90 terrenos ubicados en las afueras de la ciudad, en Robustelli y Frank, que el propietario les dejaba a un precio acorde a los valores que prevé el crédito para la compra de terreno, 100 mil pesos.
Los beneficiarios del Procrear consideraron que el veto de Larrañaga, que bloquea el arreglo que tenían con el dueño del preido, direcamente los “expulsa” de la ciudad. Afirmaron que los 120 terrenos que cedería el gobierno nacional en la Colonia Penal y los 80 que el municipio anunció que subastará entre Barrio Escondido y Los Fresnos no son una alternativa real. Dijeron que los tiempos que insumirá el proceso son muy largos y que una subasta abierta no garantizará precios razonables y permitirá la participación de especuladores inmobiliarios.
En el texto de la fundamentación del veto, el intendente Larrañaga y los secretarios de Hacienda, Miguel De Elorriaga, y de Obras y Servicios Públicos, Daniel Ucciardello, plantearon que dentro del radio urbano y las áreas de expansión que prevé el Código Urbanístico vigente hay 475 hectáreas susceptibles de ser parceladas.
Los beneficiarios del Procrear sostienen que hay más de 200 casos de adjudicatarios de los créditos que no consiguen terreno por el elevado valor que tienen. Esta semana, la municipalidad anunció un llamado a licitación para la presentación de ofertas d terrenos aptos para loteso de uso residencia, con el objetivo de tentar a los propietarios. La idea es generar suelo urbano para atender la demanda de los beneficiarios de alguno de los sorteos del Procrear para la construcción de su vivienda.
Ampliación “extremadamente” extensa
El jefe comunal y sus colaboradores atacaron la ordenanza porque “no hace determinación alguna respecto a la red circulatoria, ni clasificación del tipo de vías, que posibilite mayor movilidad y mejor conexión de los flujos circulatorios, siendo una cuestión esencial que debe encontrarse expresamente prevista, para mantener una fluida comunicación en forma permanente con todas las zonas del ejido municipal”.
Por otra parte, advirtieron que “actualmente el Código Urbanístico de la ciudad define dos zonas de crecimiento como áreas de urbanización futuras, hacia el sur el distrito R3 V y hacia el este el distrito r3 IV y en la ordenanza se desestima la localización sur y se amplia el distrito ubicado al este”. “Se ha de tener presente que en el año 2013 se sancionó por unanimidda la ordenanza Nº 997 que prevé el ensache de las calles Ricardo Balbín e impone el ancho a las calles Tita Merello, México y Telén, tendientes a calificar la trama circulatoria que enmarca el sector sur con el objetivo de consolidar el tejido hacia la ciudad de Toay, como consecuencia de un estudio de planificación urbana calificada”, apuntaron.
Además, rechazaron la ampliación proyectada porque “es extremadamente extensa para ser definido como Área de Urbanización Prioritaria (AUP). El perfil actual predominantmente rural se contrapone y torna poco probable su transformación a corto plazo”.
“La no generacion de zonas de trancisión entre el ámbito rural y el urbano que amortigüen las diferencias de estructura y la diferencias funcionales, incrementa la posibilidad de conflictos vecinales, por fumigaciones en el área rural o secado de cereal en planta de silos”, añadieron.
En otro sentido, argumentaron que “la ordenanza sancionada desestima absolutamente lo previsto en el artículo 2.2.1 del Codigo Urbanístico Vigente. Dicha norma no hablita nuevas subdivisiones, hasta tanto no se consolide el Área Urbana Prioritaria (AUP) en más del 70% y con más del 50% de obras ejecutadas, para distritos de carácter similar, en este caso residenciales”.
El problema de los servicios
“El diseño previsto para la ciudad consiste en una distribución de la población y de los usos en forma de pirámide, con una mayor concentracion de actividades económicas, densidad y altura en el centro, y disminuyendo las mismas hacia la periferia, hasta transformarse en área rural, a fin de poder concentrar todos los servicios de manera que resulten efectivos, económicos y fáciles de mantener”, indicaron.
Alertaron entonces que “una ampliación desmedida del perímetro urbano aleja la posibilidad de contar con un plan director de saneamiento y su proyección en el tiempo en virtud de requerir un estudio planialtimétrico para los desagües pluviales, la provisión de redes de agua y cloacas, incorporar la regulación de la explotación de los acuíferos naturales, junto a los tendidos eléctricos y sus plantas de transformación, que se torna más costosos e inaccesible con el proyecto de la ordenanza sancionada por su extensión”.
En la fundamentación figura que, según informa la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, dentro del perímetro urbano prioriatario (AUP) y las áreas de expansión futura (AUF), “los inmuebles suceptibles de ser parcelados en la actualidad alcanzan una superficie aproximada de 475 hectáreas”.
“La ordenanza no debe prosperar por cuanto la habilitación de áreas urbanas de baja densidad con parcelamiento destinados solo a una vivienda única en perímetros muy extensos, atentará contra la calidad de vida pretendida por la normativa actualmente vigente y no permitirá una relación costo-beneficio óptima de los servicios, haciendo poco probable su provisión en el transcurso del tiempo, con un alto costo inicial y mínima amortización de las obras, producto de una baja densidad poblacional, que terminan siendo subsidiadas por el resto de los vecinos”, concluyeron.
El Diario LP
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