25 de Mayo | Presentan proyecto de loteo social
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La concejal del Movimiento Popular Veinticinqueño, Liliana Retamales, presentó un proyecto de loteo social y adjudicación para solucionar el déficit habitacional en la localidad. (Imagen: iTextual)
La propuesta se dio debido a la situación planteada por los pobladores de 25 de Mayo que están en calidad de ocupantes de tierras en la zona de avenida San Martín Sur, fracción de parcela 52, tomado como loteo social.
La propuesta se dio debido a la situación planteada por los pobladores de 25 de Mayo que están en calidad de ocupantes de tierras en la zona de avenida San Martín Sur, fracción de parcela 52, tomado como loteo social.
El tema será tratado en la sesión ordinaria de este martes a las 18 en el recinto Jorge Thomas del concejo deliberante.
"El proyecto impulsado por el bloque del M.P.V. pretende buscar una solución para los vecinos, desde propuestas y proyectos viables. Contar con un marco normativo adecuado y que los vecinos tengan acceso a la vivienda propia que esto representa un beneficio social, seguridad, arraigo", explicó Retamales.
Los puntos más importantes del proyecto de ordenanza son los siguientes:
"El proyecto impulsado por el bloque del M.P.V. pretende buscar una solución para los vecinos, desde propuestas y proyectos viables. Contar con un marco normativo adecuado y que los vecinos tengan acceso a la vivienda propia que esto representa un beneficio social, seguridad, arraigo", explicó Retamales.
Los puntos más importantes del proyecto de ordenanza son los siguientes:
- Superficie máxima 1000 m2.
- Se fija el valor de la tierra la suma de 35 pesos por m2.
- El pago será financiado en hasta 48 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, contadas a partir del mes siguiente a la fecha de la resolución del Departamento ejecutivo, mediante la cual se adjudique el inmueble.
- El índice de la cuota se actualizará con el índice del Indec.
- Prohibición de toda transferencia o cesión a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos de pre adjudicación por el término de 15 años. (inciso E)
- Así mismo se prohíbe la subdivisión y/o posterior venta de fracción del lote/terreno.
- El atraso en el pago de tres cuotas y la violación de inciso "E, determinarán la inmediata desadjudicación del inmueble.
- La escritura traslativa de dominio se realizará al momento de la cancelación total del plan de pago del predio.
- Constituirse en grupo familiar (no excluyente).
- Ser argentino. En caso de ser extranjero, tener 5 años comprobables de residencia ininterrumpida en el país.
- Ser mayor de 18 años y tener 5 años de residencia comprobable en la localidad.
- No tener el titular, ni ninguno de los miembros del grupo familiar declarado, derecho de dominio o condominio sobre inmueble alguna, en al provincia de La Pampa.
- No haber sido beneficiario de programas habitacionales de instancia nacional, provincial y/o municipal.
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