Lechería | Las industrias deberán informar a tamberos precios y plazos de la pago
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/07/lecheria-las-industrias-deberan.html
Comenzará a regir a partir de agosto próximo.
A partir de agosto próximo las empresas lácteas deberán comenzar a informar a los tamberos los precios y plazos de pago de la leche recibida, según publica el sitio valorsoja.com.
La resolución 189/14 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca –publicada hoy jueves en el Boletín Oficial– indica que “antes del quinto día hábil del mes en curso de entrega de leche a liquidar” las empresas lácteas deberán informar tanto a la Subsecretaría de Lechería como a sus tamberos proveedores “el precio por kilogramo de grasa y proteínas con destino mercado interno y/o externo, respectivamente, como así también el porcentaje de proporción y/o participación de los mismos y la o las fechas de pago”.
La resolución indica que en caso de que al empresa láctea “tenga precios diferenciales por la compra de materia prima según zona o región geográfica, deberá ampliar la información indicando qué precios corresponden a cada provincia, departamento y/o localidad”.
La norma dispone además que los precios fijados por las empresas lácteas “serán referenciados al contenido de sólidos (grasa y proteína) y a la calidad higiénico-sanitaria que resulte de los análisis de la leche entregada en el período a liquidar”.
En junio pasado debería haber comenzado a regir una normativa (resolución 344/13) que disponía que el 95% del pago de la leche realizado por las industrias a los tamberos debe estar referenciado al contenido de sólidos (grasa y proteína) y a la calidad higiénico-sanitaria. Pero esa medida no se llegó a aplicar jamás. Por ese motivo fue dejada sin efecto por la resolución 189/14
La norma ratifica que se mantiene el estándar vigente del 80% del pago referenciado a contenido de sólidos y calidad higiénico-sanitaria. El 20% restante sigue correspondiendo a bonificaciones. Sin embargo, establece que a partir del 1 de enero de 2015 esa relación pasa al 85-15%, mientras que desde el 1 de julio de 2015 será del 90-10% para finalmente implementarse el 95-5% el 1 de enero de 2016.
La resolución 189/14 introduce una novedad al determinar que cada tambero “debe acceder al máximo de las bonificaciones que otorgue la empresa por este concepto”. Y aclara que las bonificaciones podrán ser establecidas por la propia empresa láctea “”en tanto y en cuanto accedan (a la misma) todos los proveedores de leche” de la usina.
La norma señala que el incumplimiento de las nuevas exigencias “será comunicado al Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria” (RUCA) “a efectos de la intervención en el marco de sus competencias”.
Infocampo
A partir de agosto próximo las empresas lácteas deberán comenzar a informar a los tamberos los precios y plazos de pago de la leche recibida, según publica el sitio valorsoja.com.
La resolución 189/14 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca –publicada hoy jueves en el Boletín Oficial– indica que “antes del quinto día hábil del mes en curso de entrega de leche a liquidar” las empresas lácteas deberán informar tanto a la Subsecretaría de Lechería como a sus tamberos proveedores “el precio por kilogramo de grasa y proteínas con destino mercado interno y/o externo, respectivamente, como así también el porcentaje de proporción y/o participación de los mismos y la o las fechas de pago”.
La resolución indica que en caso de que al empresa láctea “tenga precios diferenciales por la compra de materia prima según zona o región geográfica, deberá ampliar la información indicando qué precios corresponden a cada provincia, departamento y/o localidad”.
La norma dispone además que los precios fijados por las empresas lácteas “serán referenciados al contenido de sólidos (grasa y proteína) y a la calidad higiénico-sanitaria que resulte de los análisis de la leche entregada en el período a liquidar”.
En junio pasado debería haber comenzado a regir una normativa (resolución 344/13) que disponía que el 95% del pago de la leche realizado por las industrias a los tamberos debe estar referenciado al contenido de sólidos (grasa y proteína) y a la calidad higiénico-sanitaria. Pero esa medida no se llegó a aplicar jamás. Por ese motivo fue dejada sin efecto por la resolución 189/14
La norma ratifica que se mantiene el estándar vigente del 80% del pago referenciado a contenido de sólidos y calidad higiénico-sanitaria. El 20% restante sigue correspondiendo a bonificaciones. Sin embargo, establece que a partir del 1 de enero de 2015 esa relación pasa al 85-15%, mientras que desde el 1 de julio de 2015 será del 90-10% para finalmente implementarse el 95-5% el 1 de enero de 2016.
La resolución 189/14 introduce una novedad al determinar que cada tambero “debe acceder al máximo de las bonificaciones que otorgue la empresa por este concepto”. Y aclara que las bonificaciones podrán ser establecidas por la propia empresa láctea “”en tanto y en cuanto accedan (a la misma) todos los proveedores de leche” de la usina.
La norma señala que el incumplimiento de las nuevas exigencias “será comunicado al Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria” (RUCA) “a efectos de la intervención en el marco de sus competencias”.
Infocampo
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