Santa Rosa | La Recova: inscriben nulidad de venta
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/07/santa-rosa-la-recova-inscriben-nulidad.html
Un capítulo más se produjo en el caso La Recova, la tradicional esquina de Avellaneda y 9 de Julio. Ahora se inscribió en el Registro de la Propiedad Inmueble la nulidad de la venta realizada en el año 1989 a uno de los actuales dueños, Antonio Corredera.
Relacionadas
- Santa Rosa | Piden por el cierre de La Recova
- Santa Rosa | La Recova: el STJ ratificó la anulación de la venta
- Santa Rosa | La Recova: la Corte Suprema convalidó la anulación de la escritura de venta
De esta manera, Liliana Ortiz avanzó a concretar el pedido de clausura del local donde funciona la confiteria La Recova. El origen de la controversia está en la venta realizada en el año 1989.
El 8 de julio la jueza civil Maria del Carmen García emitió un escrito comunicando al Registro de la Propiedad Inmueble (en los autos caratulados “Corredera, José Benito c/Ortiz Cereceda Angel Mauel y otros”) que “tome razón de la declaraión de nulidad de la operación de compraventa instrumentada en la escritura pública Nº 412 con relación al inmueble ejido 047, radio p, manzana 20, parcela 16 de esta ciudad de Santa Rosa”.
Alli menciona el fallo de l5 de noviembre de 2011 que declara la nulidad de la “operación de compraventa instrumentada en la escritura Nº 412”. Después de la presentación ante el Registro de la Propiedad Inmueble se elevó el oficio del juzgado a la Asesoria Letrada de la municipalidad de Santa Rosa. Con este documento se reforzó el pedido de clausura del local de La Recova ante la oficina de Control de Actividades Económicas.
Liliana Ortiz (apoderada de su padre Angel Ortiz) en su presentación ante la municvpalidad señala que “se encuentra sobradamente acreditado en las presentes actuaciones que el inmueble antes referenciado resultado de co-titularidad dominial indivisa en un cincuenta por ciento (50%) de la parte a quien suscribe representa en el restante cincuenta por ciento (50%) al sr. Abel Corredera (hoy sus herederos)”.
En ese carácter Ortiz se opone “al otorgamiento y/o renovación de la correspondiente habilitaci‘n comercial municipal para que en el referido inmueble desarrolle su actividad el citado comercio (La Recova), también por medio del presente formalmente vengo a peticionar se orden su inmediata clasura, toda vez que el titular de dicho comercio Antonio Corredera, carece por completo de instrumento legal alguna para la ocupaciòn del referido inmueble (requisito indispensable para que sea concedida la correspndiente hablitación municipal)”.
Liliana Ortiz dijo que “pedimos que intervenga la municipalidad. Además sabemos que hay locales habilitados que no tiene un pulmón”.
La historia
En el año 1984 el matrimonio de Angel Ortiz y Elba Lezcano compró (junto a los Corredera) la mitad indivisa del inmueble de la esquina de La Recova al adquirir los derechos sucesorios de Nazario Camarero. En el año 1989 el matrimonio se lo vendió a Antonio Corredera, por lo que ese 50% pasó a ser propiedad de Antonio y Abel Corredera.
El 5 de noviembre de 2011 el juzgado de Primera Instancia en la Civil Nº 2 (en la causa iniciada por José Benito Corredera quien fue perjudicado por la disolución de la sociedad de hecho que tenía con sus hermanos Abel y Antonio) declaró la “nulidad absoluta” de la venta realizada por Ángel Ortíz a Antonio Corredera, ya que este era el apoderado de la sucesión Camarero, la que vendió la propiedad a Ortíz.
Ese fallo ahora quedó firme al ser ratificado por la Cámara Civil de Apelaciones y ser rechazadas las presentaciones de Antonio Corredera ante el Superior Tribunal de Justicia (9 de mayo de 2013) y la Corte Suprema de Justicia (25 de febrero de 2014).
El caso tuvo un expediente principal inicial, cuando estalló el conflicto entre los hermanos Corrredera, cuando José “Pepe” Corredera reclamó su parte por la sociedad de hecho que integró con su hermano Abel. Cuando se pelearon en 1999, la sociedad entró en disolución.
Abel y “Pepe” Corredera integraron desde el año 1967 una sociedad de hecho con el objeto de la explotación del negocio de joyería y relojería. En 1977, la sociedad adquirió inmuebles para alquilar. Dos de ellos (Quintana 135 y Gil 201) fueron registrados en condominio de los integrantes de la sociedad y un tercero, la esquina de Avellaneda e Irigoyen (integrada por la esquina de La Recova y dos locales sobre Avellaneda y uno sobre Irigoyen), cuya propiedad figuraba a nombre de Abel Corredera y Antonio Corredera.
El conflicto se inició por la liquidación de los alquileres de los locales linderos con La Recova. Esto produjo, en abril de 1999, la ruptura de la sociedad entre Abel y “Pepe” Corredera, pero el devenir del juicio puso en litigio la propiedad del local de La Recova. Es que se descubrió que Antonio Corredera, en una escritura del año 1989, adquirió el 50% del local propiamente dicho de La Recova. El 50% de ese inmueble fue vendido por Ángel Ortiz. Pero en ese momento Antonio Corredera era apoderado de los sucesores de Nazario Camarero y el administrador judicial de la sucesión. Estaba inhibido expresamente para comprar esa parte.
El Diario LP
El 8 de julio la jueza civil Maria del Carmen García emitió un escrito comunicando al Registro de la Propiedad Inmueble (en los autos caratulados “Corredera, José Benito c/Ortiz Cereceda Angel Mauel y otros”) que “tome razón de la declaraión de nulidad de la operación de compraventa instrumentada en la escritura pública Nº 412 con relación al inmueble ejido 047, radio p, manzana 20, parcela 16 de esta ciudad de Santa Rosa”.
Alli menciona el fallo de l5 de noviembre de 2011 que declara la nulidad de la “operación de compraventa instrumentada en la escritura Nº 412”. Después de la presentación ante el Registro de la Propiedad Inmueble se elevó el oficio del juzgado a la Asesoria Letrada de la municipalidad de Santa Rosa. Con este documento se reforzó el pedido de clausura del local de La Recova ante la oficina de Control de Actividades Económicas.
Liliana Ortiz (apoderada de su padre Angel Ortiz) en su presentación ante la municvpalidad señala que “se encuentra sobradamente acreditado en las presentes actuaciones que el inmueble antes referenciado resultado de co-titularidad dominial indivisa en un cincuenta por ciento (50%) de la parte a quien suscribe representa en el restante cincuenta por ciento (50%) al sr. Abel Corredera (hoy sus herederos)”.
En ese carácter Ortiz se opone “al otorgamiento y/o renovación de la correspondiente habilitaci‘n comercial municipal para que en el referido inmueble desarrolle su actividad el citado comercio (La Recova), también por medio del presente formalmente vengo a peticionar se orden su inmediata clasura, toda vez que el titular de dicho comercio Antonio Corredera, carece por completo de instrumento legal alguna para la ocupaciòn del referido inmueble (requisito indispensable para que sea concedida la correspndiente hablitación municipal)”.
Liliana Ortiz dijo que “pedimos que intervenga la municipalidad. Además sabemos que hay locales habilitados que no tiene un pulmón”.
La historia
En el año 1984 el matrimonio de Angel Ortiz y Elba Lezcano compró (junto a los Corredera) la mitad indivisa del inmueble de la esquina de La Recova al adquirir los derechos sucesorios de Nazario Camarero. En el año 1989 el matrimonio se lo vendió a Antonio Corredera, por lo que ese 50% pasó a ser propiedad de Antonio y Abel Corredera.
El 5 de noviembre de 2011 el juzgado de Primera Instancia en la Civil Nº 2 (en la causa iniciada por José Benito Corredera quien fue perjudicado por la disolución de la sociedad de hecho que tenía con sus hermanos Abel y Antonio) declaró la “nulidad absoluta” de la venta realizada por Ángel Ortíz a Antonio Corredera, ya que este era el apoderado de la sucesión Camarero, la que vendió la propiedad a Ortíz.
Ese fallo ahora quedó firme al ser ratificado por la Cámara Civil de Apelaciones y ser rechazadas las presentaciones de Antonio Corredera ante el Superior Tribunal de Justicia (9 de mayo de 2013) y la Corte Suprema de Justicia (25 de febrero de 2014).
El caso tuvo un expediente principal inicial, cuando estalló el conflicto entre los hermanos Corrredera, cuando José “Pepe” Corredera reclamó su parte por la sociedad de hecho que integró con su hermano Abel. Cuando se pelearon en 1999, la sociedad entró en disolución.
Abel y “Pepe” Corredera integraron desde el año 1967 una sociedad de hecho con el objeto de la explotación del negocio de joyería y relojería. En 1977, la sociedad adquirió inmuebles para alquilar. Dos de ellos (Quintana 135 y Gil 201) fueron registrados en condominio de los integrantes de la sociedad y un tercero, la esquina de Avellaneda e Irigoyen (integrada por la esquina de La Recova y dos locales sobre Avellaneda y uno sobre Irigoyen), cuya propiedad figuraba a nombre de Abel Corredera y Antonio Corredera.
El conflicto se inició por la liquidación de los alquileres de los locales linderos con La Recova. Esto produjo, en abril de 1999, la ruptura de la sociedad entre Abel y “Pepe” Corredera, pero el devenir del juicio puso en litigio la propiedad del local de La Recova. Es que se descubrió que Antonio Corredera, en una escritura del año 1989, adquirió el 50% del local propiamente dicho de La Recova. El 50% de ese inmueble fue vendido por Ángel Ortiz. Pero en ese momento Antonio Corredera era apoderado de los sucesores de Nazario Camarero y el administrador judicial de la sucesión. Estaba inhibido expresamente para comprar esa parte.
El Diario LP
Publicar un comentarioDefault CommentsFacebook Comments