Ataliva Roca | Polideportivo: dos ingenieros, condenados
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/09/ataliva-roca-polideportivo-dos.html
Se concretó este viernes la sentencia a Juan Armando Velázquez y Raúl Horacio Lechner. Les dieron dos años de prisión en suspenso. (Foto Archivo)
Este viernes al mediodía se formalizó la sentencia en la causa que imputa a "VELAZQUEZ, Juan Armando y a LECHNER, Raúl Horacio s/ Fraude en Perjuicio de la Administración Pública".
Este viernes al mediodía se formalizó la sentencia en la causa que imputa a "VELAZQUEZ, Juan Armando y a LECHNER, Raúl Horacio s/ Fraude en Perjuicio de la Administración Pública".
Se trata de la obra del polideportivo de Ataliva Roca, por la que se gestó un acuerdo que evitó la realización del juicio oral y público.
Por medio de ese arreglo, respaldado por el Tribunal de Impugnación Penal, los acusados zafan de ir a prisión.
El TIP revocó la decisión de la Cámara en lo Criminal Nº 1 de Santa Rosa y dijo que podrá realizarse el arreglo de juicio abreviado al que habían llegado los acusados con el fiscal Jorge Marcelo Amado para zafar de la cárcel por su responsabilidad en la voladura del Polideportivo de Ataliva Roca.
En noviembre del año pasado, los acusados, un inspector del Ministerio de Obras Públicas, Juan Armando Velázquez, y el director técnico de la constructora Sol Obras, Raúl Horacio Lechner, habían presentado un arreglo de juicio abreviado. En el acuerdo admitían su culpabilidad por el delito de fraude al Estado, pero zafaban de la cárcel porque se los condenaba a dos años de prisión en suspenso.
Sin embargo, el tribunal declaró inadmisible el abreviado porque Lechner tiene antecedentes, una condena a tres años de prisión en suspenso en septiembre de 2009 por un fraude al municipio de Puan cuando era funcionario. Los jueces Elvira Rossetti, Miguel Gavazza y Miguel Vagge le bajaron el pulgar al arreglo.
El abogado defensor de los acusados, Sebastián Bernardi, apeló la decisión de los camaristas y ahora el TIP le dio la razón. En los argumentos, los jueces del TIP sostienen que técnicamente no hay ningún impedimento para hacer un juicio abreviado, ya que el derrumbe del Polideportivo (enero de 2009) es anterior a la condena que recibió Lechner (septiembre de 2009).
Por medio de ese arreglo, respaldado por el Tribunal de Impugnación Penal, los acusados zafan de ir a prisión.
El TIP revocó la decisión de la Cámara en lo Criminal Nº 1 de Santa Rosa y dijo que podrá realizarse el arreglo de juicio abreviado al que habían llegado los acusados con el fiscal Jorge Marcelo Amado para zafar de la cárcel por su responsabilidad en la voladura del Polideportivo de Ataliva Roca.
En noviembre del año pasado, los acusados, un inspector del Ministerio de Obras Públicas, Juan Armando Velázquez, y el director técnico de la constructora Sol Obras, Raúl Horacio Lechner, habían presentado un arreglo de juicio abreviado. En el acuerdo admitían su culpabilidad por el delito de fraude al Estado, pero zafaban de la cárcel porque se los condenaba a dos años de prisión en suspenso.
Sin embargo, el tribunal declaró inadmisible el abreviado porque Lechner tiene antecedentes, una condena a tres años de prisión en suspenso en septiembre de 2009 por un fraude al municipio de Puan cuando era funcionario. Los jueces Elvira Rossetti, Miguel Gavazza y Miguel Vagge le bajaron el pulgar al arreglo.
El abogado defensor de los acusados, Sebastián Bernardi, apeló la decisión de los camaristas y ahora el TIP le dio la razón. En los argumentos, los jueces del TIP sostienen que técnicamente no hay ningún impedimento para hacer un juicio abreviado, ya que el derrumbe del Polideportivo (enero de 2009) es anterior a la condena que recibió Lechner (septiembre de 2009).
Los peritos no dudaron en decir que hubo fallas en la construcción, que son responsabilidad de los dos imputados.
Uno de los datos más importantes de las pericias de la obra apuntó a las
columnas: se colocaron sin fijarse fuertemente al suelo. Además no
hicieron las tribunas, pero sí las cobraron.
La ingeniera civil Patricia Roson y el arquitecto Tobías Garzarón establecieron que el colapso estructural de la obra se debió a una serie de irregularidades en cuanto a falencias estructurales, deficiencias graves en su construcción/ejecución, e irregularidades en cuanto a materiales, diseño y documentación de obra, planos y cálculos de estructura incompletos. También, a una "discrepancia total entre la hipótesis de cálculo y la real ejecución" de la estructura.
Las mismas irregularidades fueron constatadas por el arquitecto Juan Ghiano y el ingeniero civil Roberto Lorda. Por otra parte el idóneo en albañilería Jorge Raúl Cruzate dijo que cuando observó el trabajo de las bases de las columnas, antes y después del llenado, le comunicó a Velázquez, a Lechner y a otros que esas bases "no iban a aguantar" porque estaban mal diseñadas.
"Si bien el fenómeno meteorológico actuó como disparador para la producción de ese derrumbe, el mismo en definitiva se produjo por las irregularidades que existieron en el transcurso de la ejecución de la obra. Tanto el Ingeniero Velazquez, como el Arquitecto Viol, eran los responsables directos de esa obra", dijeron los jueces en su fallo.
Velázquez era un inspector del Ministerio de Obras Públicas, es decir, un funcionario público. En tanto, Lechner era el director de la obra de la empresa Sol.
Los jueces dijeron que "Velázquez, con pleno conocimiento de la función que cumplía y violando los deberes a su cargo, omitió a sabiendas, ejercer el debido control del desarrollo de la obra, llegando incluso a certificar trabajos que fueron abonados por el Estado y nunca se ejecutaron por la empresa contratista, con el consiguiente perjuicio económico que le acarreó al Estado Provincial, en beneficio de la empresa adjudicataria de la obra".
"El accionar perjudicial del Ing. Velázquez, fue voluntario y consciente y causó daño al patrimonio administrativo, tratándose de un Abuso de Confianza, por el cual el autor defrauda abusando de la situación que tiene frente a los bienes ajenos que se le han confiado; por un lado se trasluce una infidelidad, ya que viola el deber de cuidado del patrimonio ajeno y perjudica el interés confiado y por otro lado en un abuso al comprometer los intereses confiados, permitiendo a sabiendas, que se causa un daño al patrimonio, violando así los deberes que en razón de su función y cargo le habían concedido", sostuvieron.
"Se observa en el accionar de Velázquez un absoluto desinterés en el apego a la legislación vigente en el ejercicio de sus funciones y falta de control de las tareas que posibilitó la comisión de las irregularidades, que quedaron plasmadas en las conclusiones de los peritos de autos; o sea que violó el mandato que imponía la realización de una conducta de control; permitió que la contratista continuara ejecutando los trabajos de construcción sin observar lo estipulado en los pliegos y especificaciones técnicas y que se violaran las reglas del "buen arte de construir".
Por su parte, el arquitecto Raúl Horacio Lechner era el representante técnico de la empresa Sol Obras. "Con la activa participación del co-imputado Velázquez, mediante el despliegue de medios engañosos y ardidosos, indujo a la Administración Pública para que abonara cada uno de los certificados emitidos y de esa manera cobrar la totalidad de la obra contratada, la que distaba mucho de lo pretendido por el Estado y acordado con la empresa contratista, lo que acarreó un perjuicio económico al Estado Provincial, que se vio perjudicado en su patrimonio al pagar por una obra que claramente no se ajustaba a la contratada".
"El accionar llevado a cabo por Velázquez resultó vital para que las maniobras ardidosas desplegadas por Lechner, tuvieron el resultado por ellos esperado. Ambos imputados son profesionales, Velázquez es ingeniero y Lechner arquitecto, lo que evidencia el pleno conocimiento de las irregularidades que a la postre produjeron el derrumbe total de la construcción del Polideportivo de Ataliva Roca, habida cuenta de las falsedades encontradas y señaladas por todos los expertos que declararon e intervinieron en autos, que demuestra claramente, que independientemente de factores externos, la estructura colapsaría de todas formas dado que la materialización del conjunto de vigas, columnas y bases era hipostático -condición de equilibrio inestable-, habiendo presentado la empresa a la Administración Pública justamente un cálculo muy diferente basándose justamente en una estructura hiperestática, la cual nunca se realizó".
Las mismas irregularidades fueron constatadas por el arquitecto Juan Ghiano y el ingeniero civil Roberto Lorda. Por otra parte el idóneo en albañilería Jorge Raúl Cruzate dijo que cuando observó el trabajo de las bases de las columnas, antes y después del llenado, le comunicó a Velázquez, a Lechner y a otros que esas bases "no iban a aguantar" porque estaban mal diseñadas.
"Si bien el fenómeno meteorológico actuó como disparador para la producción de ese derrumbe, el mismo en definitiva se produjo por las irregularidades que existieron en el transcurso de la ejecución de la obra. Tanto el Ingeniero Velazquez, como el Arquitecto Viol, eran los responsables directos de esa obra", dijeron los jueces en su fallo.
Velázquez era un inspector del Ministerio de Obras Públicas, es decir, un funcionario público. En tanto, Lechner era el director de la obra de la empresa Sol.
Los jueces dijeron que "Velázquez, con pleno conocimiento de la función que cumplía y violando los deberes a su cargo, omitió a sabiendas, ejercer el debido control del desarrollo de la obra, llegando incluso a certificar trabajos que fueron abonados por el Estado y nunca se ejecutaron por la empresa contratista, con el consiguiente perjuicio económico que le acarreó al Estado Provincial, en beneficio de la empresa adjudicataria de la obra".
"El accionar perjudicial del Ing. Velázquez, fue voluntario y consciente y causó daño al patrimonio administrativo, tratándose de un Abuso de Confianza, por el cual el autor defrauda abusando de la situación que tiene frente a los bienes ajenos que se le han confiado; por un lado se trasluce una infidelidad, ya que viola el deber de cuidado del patrimonio ajeno y perjudica el interés confiado y por otro lado en un abuso al comprometer los intereses confiados, permitiendo a sabiendas, que se causa un daño al patrimonio, violando así los deberes que en razón de su función y cargo le habían concedido", sostuvieron.
"Se observa en el accionar de Velázquez un absoluto desinterés en el apego a la legislación vigente en el ejercicio de sus funciones y falta de control de las tareas que posibilitó la comisión de las irregularidades, que quedaron plasmadas en las conclusiones de los peritos de autos; o sea que violó el mandato que imponía la realización de una conducta de control; permitió que la contratista continuara ejecutando los trabajos de construcción sin observar lo estipulado en los pliegos y especificaciones técnicas y que se violaran las reglas del "buen arte de construir".
Por su parte, el arquitecto Raúl Horacio Lechner era el representante técnico de la empresa Sol Obras. "Con la activa participación del co-imputado Velázquez, mediante el despliegue de medios engañosos y ardidosos, indujo a la Administración Pública para que abonara cada uno de los certificados emitidos y de esa manera cobrar la totalidad de la obra contratada, la que distaba mucho de lo pretendido por el Estado y acordado con la empresa contratista, lo que acarreó un perjuicio económico al Estado Provincial, que se vio perjudicado en su patrimonio al pagar por una obra que claramente no se ajustaba a la contratada".
"El accionar llevado a cabo por Velázquez resultó vital para que las maniobras ardidosas desplegadas por Lechner, tuvieron el resultado por ellos esperado. Ambos imputados son profesionales, Velázquez es ingeniero y Lechner arquitecto, lo que evidencia el pleno conocimiento de las irregularidades que a la postre produjeron el derrumbe total de la construcción del Polideportivo de Ataliva Roca, habida cuenta de las falsedades encontradas y señaladas por todos los expertos que declararon e intervinieron en autos, que demuestra claramente, que independientemente de factores externos, la estructura colapsaría de todas formas dado que la materialización del conjunto de vigas, columnas y bases era hipostático -condición de equilibrio inestable-, habiendo presentado la empresa a la Administración Pública justamente un cálculo muy diferente basándose justamente en una estructura hiperestática, la cual nunca se realizó".
El gimnasio de Ataliva Roca se derrumbó el 30 de enero de 2009 por el paso de un fuerte viento. Su caída dejó en evidencia las graves fallas de construcción. Los trabajos estuvieron a cargo de Sol Obras, una firma que se radicó en La Pampa apenas los cuatro años que duró la gestión del actual senador Carlos Verna. Cuando se marchó dejó una gran deuda, abandonó trece obras que tenía adjudicadas por 23 millones de pesos y pidió el concurso de acreedores en la Justicia porteña.
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