Disponen la detención del expolicía condenado por la violación de su hijastra

El TIP dispuso la prisión preventiva. No se hace efectiva aun porque el acusado recurre en Casación al Superior Tribunal de Justicia: una vez que esté firme, quedaría preso. (Foto El DiarioLP)



El Tribunal de Impugnación Penal ordenó este miércoles la prisión preventiva de José Luis Ortiz, el expolicía que fue condenado a 14 años de prisión por violar a su hijastra desde los 8 años hasta los 11, cuando quedó embarazada. Ortíz no quedó preso una vez conocida la medida, que se hará efectiva recién cuando quede firme. La defensa ya adelantó que apelará la medida a través de un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia.

Ortiz


Se realizó ayer una audiencia sobre el pedido del expolicía de reducción de la pena y el TIP leerá dictará sentencia el 16 de octubre a las 11 horas. El expolicía había sido condenado por el Tribunal de Juicio a 14 años de prisión, pero sigue en libertad con una prohibición de acercamiento a la víctima ya que, en esa instancia, no se ordenó la prisión preventiva. El fiscal Gastón Boulenaz apeló esa medida y, ahora, le dio la razón la resolución de los jueces Filinto Rebechi y Pablo Balaguer.

Erica Vanesa Busto no fue a la audiencia en el TIP. El policía la presenció junto a sus abogadas y se retiró del edificio rápidamente, intentando esquivar las fotografías. Sus abogadas, Mirta Brown y Magalí Tarditti, a la salida de la audiencia adelantaron a El Diario que apelarán la prisión preventiva en el STJ. Dijeron desconocer el plazo con el que cuentan para tomar una determinación firme.

Prisión preventiva


El tribunal que condenó a Ortiz lo había dejado en libertad porque consideró que no había peligro de fuga ni es una persona peligrosa. Pero el TIP dio vuelta la medida. Argumentó que el peligro de fuga se analiza en casos de que el imputado aguarda una sentencia pero, en este caso, eso dejó de ser una hipótesis porque ya fue condenado a 14 años de prisión.

Aun si prosperara el recurso para reducir la pena que presentaron las defensas, “es indudable que Ortiz por lo menos deberá cumplir con el mínimo de seis años de prisión de cumplimiento efectivo, lo que justifica desde ya la aplicación de la prisión preventiva”, señalaron los jueces. Además, destacaron que el hecho es un caso de violencia doméstica y de género y recordaron que la legislación argentina adhire a la convención de Belem do Para, que promueve medidas de protección para las víctimas.

Reducción de pena


Los jueces del TIP, Carlos Flores y Filinto Rebecchi, resolverán el 16 de octubre a las 11 horas la apelación de las abogadas Mirta Brown y Magalí Tarditti, que pidieron una rebaja en la pena. Ayer, en la audiencia, plantearon que la pena es excesiva porque la víctima realizó la denuncia once años después del hecho e intentaron relativizar el daño que ocasionó el expolicía.

Las defensoras remarcaron que Ortíz se hizo cargo económicamente de su hijo a pesar de que recién se habría enterado que era suyo cuando se hizo la prueba de ADN, en el marco de la investigación judicial. También mencionaron que la víctima se casó a los 15 años y que tiene dos hijos más de esa relación. “No se puede endilgar que haya dejado consecuencia sicológicas”, manifestaron.

Por otro lado, las abogadas sostuvieron que la condena da por probado abusos anteriores a la violación que produjo el embarazo, con el relato de la víctima como única prueba, ignorando el beneficio de la duda a favor del imputado.

Tambien esgrimieron que los jueces “no ponderaron” la falta de antecedentes de Ortiz y el cumplimiento de las restricciones que se le impusieron. “La pena es irrazonable”, acotaron.

El fiscal Boulenaz, en cambio, consideró que debe mantenerse la pena y rechazar el pedido de la defensa. “No descubrí un solo argumento valedero y sólido para atacar la sentencia”, dijo. En ese sentido, rescató el relato de la víctima y la pericia que estableció que no fabuló ni tiene patologías siquiátricas que puedan invalidarlo.

Finalmente, destacó que la sentencia valoró con “prolijidad” los atenuantes y agravantes del caso. Entre estos últimos, mencionó que el expolicía le provocó a su hijastra un daño crónico, irreparable, en el desarrollo personal, y que esto se efectuó en una situación de clandestinidad y falta de apoyo hacía la víctima del resto de la familia.

Por su parte, el abogado querellante, Roberto Zácara, consideró “proporcionada” a la pena y recordó que Ortíz reconoció en el certificado de nacimiento del niño su paternidad, dando por tierra con el argumento defensivo que recién se enteró con la prueba del ADN, once años después. Agregó que el relato de la mujer fue “contundente” y que el propio imputado admitió la convivencia y la relación de autoridad que mantenía con la víctima.

El caso


Ortiz fue condenado el pasado 6 de agosto de este año por la violación de su hija, Erica Busto (26), ocurrida cuando ella tenía 11 años. Como resultado de esa violación, ella tiene un hijo, que en la actualidad tiene 14 años. Ortiz, padrastro de Erica, convivió con la madre desde que ella tenía un año. “Me abusaba desde que tengo recuerdos”, dijo Erica a El Diario. La mujer contó el tormento que sufrió desde que era niña.

Hasta ahora, el condenado sólo tiene una restricción de 200 metros, impuesta por el tribunal de juicio integrado por los jueces Carlos Mattei, Carlos Besi y Daniel Sáez Zamora. No puede acercarse a la casa de Erica Verónica Busto, quien vive con su esposo y sus dos hijos de 6 y 9 años.

El fiscal Gastón Boulenaz había pedido en el juicio la detención de Ortiz, pero no le fue concedida. Después, cuando se conoció la sentencia, apeló el fallo reclamando la prisión preventiva de Ortiz.

El Diario LP

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