En dos cuotas, aumentan 30% a empleadas domésticas
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/10/en-dos-cuotas-aumentan-30-empleadas.html
El Gobierno nacional fijó hoy un aumento de 20% a partir del 1º de septiembre de 2014 (a pagarse desde este mes) y otro de 10% a partir del 1º de enero. Texto completo de la resolución.
Resolución del Ministerio de Trabajo con nueva escala salarial. | DESCARGAR
Resolución del Ministerio de Trabajo con nueva escala salarial. | DESCARGAR
A través del Boletín Oficial, el Gobierno nacional fijó hoy un aumento de 20 por ciento a partir del 1 de septiembre de 2014 (a pagarse este mes con el salario de setiembre) y otro de 10 por ciento a partir del 1 de enero de 2015.
El incremento fue fijado de manera unilateral por el Ministerio de Trabajo de la Nación debido a que aún no está conformada la comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares prevista por la Ley 26.844 para que se lleven a cabo ese tipo de negociaciones.
La resolución que lleva la firma del ministro Carlos Tomada establece además que los aumentos "serán de aplicación en todo el territorio de la Nación" sin excepción de ningún tipo.
Los aumentos se suman además a que a partir de noviembre habrá que pagar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) para todo el servicio doméstico.
El costo irá de los $130 mensuales, fijados para aquellas personas que trabajen menos de 12 horas semanales a los $230 para aquellas que sean empleadas más de 16 horas semanales. Para quienes trabajen entre 12 y 16 horas por semana habrá que abonar $165.
Actualmente hay cinco categorías
En la primera, se incluye el servicio doméstico que tiene personal a cargo; en la segundad, aquellos empleados que cumplen tareas específicas que necesiten personas idóneas; en la tercera, caseros o trabajadores para el cuidado general de la vivienda; en la cuarta, todos aquellos que asistan o cuiden personas, desde ancianos hasta enfermos o niños; y en la quinta, la más común, las tareas de limpieza general.
Horarios. A diferencia de las resoluciones anteriores, en estas categorías no se incluye la cantidad de horas diarias de trabajo por día, ni tampoco por semana. Aunque no está especificado, se puede entender que los valores mensuales son por 8 horas diarias, o 48 horas semanales
Tampoco se incluye un monto mensual en caso de que el trabajo sea por menos horas (en las resoluciones anteriores se mencionaba el valor por 4 horas).
Salarios desde el 1 de setiembre de 2013 al 30 de agosto de 2014
-48 horas semanales (5º categoría). $ 3.220.
-36 horas semanales (5º categoría). $ 3.220.
-24 horas semanales (5º categoría). $ 1.610 ($ 3.220 / 48 hs. 24 hs.).
-16 horas semanales (5º categoría). $ 1.073,33 ($ 3.220 / 48 hs. 16 hs.
A estos montos ahora se le debe sumar un 20 por ciento más con el salario de setiembre y que se abona en los próximos días y un diez por ciento más a partir del 1 de enero de 2015
Cadena3
El incremento fue fijado de manera unilateral por el Ministerio de Trabajo de la Nación debido a que aún no está conformada la comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares prevista por la Ley 26.844 para que se lleven a cabo ese tipo de negociaciones.
La resolución que lleva la firma del ministro Carlos Tomada establece además que los aumentos "serán de aplicación en todo el territorio de la Nación" sin excepción de ningún tipo.
Los aumentos se suman además a que a partir de noviembre habrá que pagar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) para todo el servicio doméstico.
El costo irá de los $130 mensuales, fijados para aquellas personas que trabajen menos de 12 horas semanales a los $230 para aquellas que sean empleadas más de 16 horas semanales. Para quienes trabajen entre 12 y 16 horas por semana habrá que abonar $165.
Actualmente hay cinco categorías
En la primera, se incluye el servicio doméstico que tiene personal a cargo; en la segundad, aquellos empleados que cumplen tareas específicas que necesiten personas idóneas; en la tercera, caseros o trabajadores para el cuidado general de la vivienda; en la cuarta, todos aquellos que asistan o cuiden personas, desde ancianos hasta enfermos o niños; y en la quinta, la más común, las tareas de limpieza general.
Horarios. A diferencia de las resoluciones anteriores, en estas categorías no se incluye la cantidad de horas diarias de trabajo por día, ni tampoco por semana. Aunque no está especificado, se puede entender que los valores mensuales son por 8 horas diarias, o 48 horas semanales
Tampoco se incluye un monto mensual en caso de que el trabajo sea por menos horas (en las resoluciones anteriores se mencionaba el valor por 4 horas).
Salarios desde el 1 de setiembre de 2013 al 30 de agosto de 2014
-48 horas semanales (5º categoría). $ 3.220.
-36 horas semanales (5º categoría). $ 3.220.
-24 horas semanales (5º categoría). $ 1.610 ($ 3.220 / 48 hs. 24 hs.).
-16 horas semanales (5º categoría). $ 1.073,33 ($ 3.220 / 48 hs. 16 hs.
A estos montos ahora se le debe sumar un 20 por ciento más con el salario de setiembre y que se abona en los próximos días y un diez por ciento más a partir del 1 de enero de 2015
Cadena3
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