General Pico | Tragamonedas: diferencias entre ediles del PJ

El pedido de instalación de 200 máquinas tragamonedas en la ciudad de General Pico, disparó un fuerte enfrentamiento entre concejales del justicialismo, quienes son los que tienen que analizar el proyecto que ingresó al Concejo Deliberante.  (Foto Sólo Ilustrativa)

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El pedido solicitado por una empresa bonaerense al concejo deliberante de General Pico, para la instalación de esta sala comenzará a ser tratada la semana próxima."
 
La Ley Provincial 1239 prohíbe la instalación de este tipo de emprendimientos en cualquier lugar de La Pampa", sostuvo.

Mientras el edil Lucas Picazzo adelantó que no habrá definiciones “personales ni de conjunto” hasta después que el tema sea debatido en el bloque, la concejal Estela Aguirre se cortó sola y adelantó que, a su criterio, sería positiva la radicación de una sala de juegos. Tras las declaraciones hubo duros cruces puertas adentro de la bancada oficialista.

Más allá de las posturas personales y políticas sobre el tema, la instalación de algo similar a un casino en Pico choca con la legislación provincial vigente. La Ley Provincial 1239 prohíbe la radicación de este tipo de emprendimientos en todo el territorio pampeano, aunque deja abierta la puerta a una posible excepción.

"Debemos remitirnos a lo que marca la Ley Provincial 1239, mediante la cual se prohíbe -en todo el territorio de la provincia de La Pampa- la instalación de casinos, salas de juegos de azar, tragamonedas y todo tipo de juego que involucre apuestas a través de dinero", dijo el edil del Partido Justicialista a MaracoDigital.net.

"Esta ley existe desde el año 1990 y así está pautado, mediante los correspondientes dictámenes legales. A partir de esto, creo que la presentación hecha por la empresa no amerita una evaluación mayor y estudio del tema, teniendo en cuenta que existe una ley provincial que lo prohíbe", agregó.

En cuanto al funcionamiento del Casino Club en la capital provincial, se sabe que fue puesto en marcha antes de la elaboración de la mencionada ley y por tal motivo puede seguir funcionando. "Por aquellos años, el Casino Club tomó posesión en toda la ciudad de Santa Rosa de explotar el juego en la provincia", recordó Picazo.

"A su vez, el Instituto de Seguridad Social es quien establece los requisitos que debe cumplir en este momento y podemos decir que se le dio la exclusividad para la explotación de este tipo de emprendimientos", expresó el concejal.

"Por eso, más allá de las posturas personales que cada concejal o vecino pueda tener al respecto, es imposible que en General Pico o cualquier otra localidad de La Pampa pueda instalarse un emprendimiento de estas características", finalizó.

A favor


Pero al mismo tiempo que Picazzo expresaba esto en distintos medios de comunicación, su compañera de bloque Estela Aguirre en diálogo con Radio 37 daba a conocer su mirada positiva sobre la eventual radicación.

Concretamente Aguirre señaló que “sinceramente no me molestaría que la ciudad tenga un casino, porque Pico está en crecimiento y sería una atracción más para la ciudad”. Y observó también las bondades de contar con una sala de juegos, al aventurar que “además vendría gente de otras localidades y esto crearía puestos de trabajo”. Para luego justificar la timba oficial en Pico al recordar que “sabemos que hay gente que va a jugar a otros lugares y otras provincia, por eso no lo veo mal”. Tras los dichos de Aguirre en la AM piquense, se originaron duros cuestionamientos puertas adentro del bloque justicialista, que algunos de los involucrados ni siquiera ocultaron cuando fueron consultados por este medio.

La Ley


En el año 1990 la Cámara de Diputados aprobó la Ley 1239 de “autorización y reglamentación de juegos de azar”. La normativa, que parece hecha a medida del casino radicado en la capital provincial, en su artículo 1º “autoriza la apertura” de dicho emprendimiento y, en el artículo 5º, “prohíbe la apertura y/o funcionamiento” de otros similares, aunque deja abierta la puerta a una “excepción”.

El artículo 1º de la Ley 1239 dice “Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a la apertura de un casino con juegos de ruleta, carteados, dados o cualquier otro juego de azar”. Mientras que el artículo 2º designa al Instituto de Seguiridad Social de la provincia como “autoridad de aplicación”.

Mientras que el artículo 5º establece que “a partir de la fecha de vigencia de esta Ley, prohíbase en todo el territorio provincial, la apertura y/o funcionamiento de casinos, salas y locales de juegos de azar, salvo que la Cámara de Diputados de la Provincia, por Ley especial conceda la autorización que, previo informe del Instituto de Seguridad Social, eleve a su consideración el Poder Ejecutivo Provincial. Queda exceptuada de la disposición de este artículo, la autorización conferida al Poder Ejecutivo Provincial, por el artículo 1º de la presente Ley”.

Más allá que dicha normativa provincial impide que los concejales de Pico aprueben la instalación de las 200 máquinas tragamonedas, se hace imprescindible conocer la posición política de los representantes de la comunidad piquense al respecto, para evitar que quienes pretenden radicar este tipo de negocio en la ciudad logren, quizás, la excepción en la Cámara de Diputados de la Provincia, sin conocer qué piensan al respecto los políticos y vecinos de General Pico.

iTextual | El Diario LP

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