Provinciales | Mañana entra en vigencia la ley de Mediación
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/10/provinciales-manana-entra-en-vigencia.html
Este 1 de noviembre comenzará a regir en La Pampa la Ley de Mediación Integral, un método no adversarial de resolución de conflictos en los ámbitos extrajudicial, escolar y judicial. Su implementación implica un cambio procedimental, el más importante desde que el 1 de marzo de 2011 se puso en marcha el nuevo Código Procesal Penal, informó el Superior Tribunal de Justicia.
La norma fue aprobada a fines de 2012 y apunta a solucionar cuestiones controversiales de común acuerdo y en forma relativamente rápida, ya que los procesos no duran más de 60 días hábiles.
La ley ha fijado dos instancias de mediación voluntaria, la extrajudicial y la escolar; y una obligatoria, la judicial. Esta última es la que opera el Poder Judicial y abarca los conflictos patrimoniales de los fueros civil, comercial y de minería, y de familia, aunque con algunas temáticas exceptuadas por la ley. Así, previo a la instancia judicial, el reclamo tramitará la etapa de mediación.
En la práctica, a partir de ahora, los mediadores y co-mediadores matriculados intervendrán necesariamente en el proceso de mediación junto con las partes y sus letrados, quienes podrán decidir sobre los temas propuestos: incidentes de visitas, alimentos y tenencia de hijos, división de cosas comunes, daños y perjuicios, cumplimientos de contratos, etc.
La norma prevé que el proceso le asegure a los litigantes neutralidad, igualdad, imparcialidad, oralidad, confidencialidad de las actuaciones, comunicación directa entre las partes, celeridad, economía procesal y, fundamentalmente, una composición satisfactoria de intereses, explicó el organismo judicial de La Pampa.
La apertura del procedimiento se producirá a instancia de cualquier persona que lo solicite ante los centros habilitados y que acredite la existencia de un conflicto mediable. Los acuerdos que las partes logren tendrán el valor de una sentencia, aunque los casos en que se involucren intereses de menores deberán ser homologados por un juez.
La autoridad de aplicación es el Superior Tribunal de Justicia. El Centro Público de Mediación y Resolución Alternativa de Conflictos Judiciales, con jurisdicción en toda la provincia, funciona en General Pico y está a cargo de Lidia Pechín; hay dos Oficinas de Mediación Judicial, en Santa Rosa y General Pico y esta última dirigida por María del Carmen García Fava.
Pechín y García Fava comentaron que se realizaron un centenar de mediaciones que arrojaron resultados favorables en el 88 por ciento de las causas abordadas, en el marco de una prueba piloto impulsada por el Superior Tribunal de Justicia, entre los meses de agosto y octubre pasados.
"¿Qué beneficios traerá la mediación? Que una persona podrá resolver un conflicto por sí, obviamente con la asistencia de un abogado, y no lo delegará en un tercero, en este caso un juez", indicó García Fava. "Es un servicio más que ofrece la Justicia para habilitar un mejor acceso a ella", agregó.
Pechín detalló que en esta etapa inicial el nuevo procedimiento se implementará en las Circunscripciones I y II, con asiento en Santa Rosa y General Pico, respectivamente. "La mediación no llega para sustituir los procesos judiciales, sino para enriquecer el servicio de justicia con una nueva alternativa. Y a juzgar por los resultados que conseguimos en la prueba piloto pensamos que será muy satisfactoria", remarcó.
"En aquellas provincias donde la mediación es una tradición de larga data sirvió para modificar pautas culturales y permitir que la sociedad solucione sus conflictos de forma más pacífica", concluyó García Fava.
El Centro Público de Mediación Judicial y la Oficina de Mediación de General Pico funcionan en calle 18 Nº 978 (teléfonos 02302-427536/425058); la Oficina de Santa Rosa está ubicada en Avenida Uruguay 1097 (Centro Judicial, Fuero Penal, primer piso, teléfonos 02954-452031/452032/452036).
iTextual
La norma fue aprobada a fines de 2012 y apunta a solucionar cuestiones controversiales de común acuerdo y en forma relativamente rápida, ya que los procesos no duran más de 60 días hábiles.
La ley ha fijado dos instancias de mediación voluntaria, la extrajudicial y la escolar; y una obligatoria, la judicial. Esta última es la que opera el Poder Judicial y abarca los conflictos patrimoniales de los fueros civil, comercial y de minería, y de familia, aunque con algunas temáticas exceptuadas por la ley. Así, previo a la instancia judicial, el reclamo tramitará la etapa de mediación.
En la práctica, a partir de ahora, los mediadores y co-mediadores matriculados intervendrán necesariamente en el proceso de mediación junto con las partes y sus letrados, quienes podrán decidir sobre los temas propuestos: incidentes de visitas, alimentos y tenencia de hijos, división de cosas comunes, daños y perjuicios, cumplimientos de contratos, etc.
La norma prevé que el proceso le asegure a los litigantes neutralidad, igualdad, imparcialidad, oralidad, confidencialidad de las actuaciones, comunicación directa entre las partes, celeridad, economía procesal y, fundamentalmente, una composición satisfactoria de intereses, explicó el organismo judicial de La Pampa.
La apertura del procedimiento se producirá a instancia de cualquier persona que lo solicite ante los centros habilitados y que acredite la existencia de un conflicto mediable. Los acuerdos que las partes logren tendrán el valor de una sentencia, aunque los casos en que se involucren intereses de menores deberán ser homologados por un juez.
La autoridad de aplicación es el Superior Tribunal de Justicia. El Centro Público de Mediación y Resolución Alternativa de Conflictos Judiciales, con jurisdicción en toda la provincia, funciona en General Pico y está a cargo de Lidia Pechín; hay dos Oficinas de Mediación Judicial, en Santa Rosa y General Pico y esta última dirigida por María del Carmen García Fava.
Resultados favorables
Pechín y García Fava comentaron que se realizaron un centenar de mediaciones que arrojaron resultados favorables en el 88 por ciento de las causas abordadas, en el marco de una prueba piloto impulsada por el Superior Tribunal de Justicia, entre los meses de agosto y octubre pasados.
"¿Qué beneficios traerá la mediación? Que una persona podrá resolver un conflicto por sí, obviamente con la asistencia de un abogado, y no lo delegará en un tercero, en este caso un juez", indicó García Fava. "Es un servicio más que ofrece la Justicia para habilitar un mejor acceso a ella", agregó.
Pechín detalló que en esta etapa inicial el nuevo procedimiento se implementará en las Circunscripciones I y II, con asiento en Santa Rosa y General Pico, respectivamente. "La mediación no llega para sustituir los procesos judiciales, sino para enriquecer el servicio de justicia con una nueva alternativa. Y a juzgar por los resultados que conseguimos en la prueba piloto pensamos que será muy satisfactoria", remarcó.
"En aquellas provincias donde la mediación es una tradición de larga data sirvió para modificar pautas culturales y permitir que la sociedad solucione sus conflictos de forma más pacífica", concluyó García Fava.
El Centro Público de Mediación Judicial y la Oficina de Mediación de General Pico funcionan en calle 18 Nº 978 (teléfonos 02302-427536/425058); la Oficina de Santa Rosa está ubicada en Avenida Uruguay 1097 (Centro Judicial, Fuero Penal, primer piso, teléfonos 02954-452031/452032/452036).
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