Santa Rosa | La Cámara de Comercio aclara que el uso del “posnet” no es obligatorio para monotributistas
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/11/santa-rosa-la-camara-de-comercio-aclara.html
La cámara que agrupa a los comerciantes santarroseños aseguró que realiza gestiones ante la AFIP para “evitar que los monotributistas resulten obligados a la incorporación de la terminal de transferencia electrónica, conocida como POS por los costos que ello implica”.
La Cámara de Comercio, Industria y Producción de La Pampa emitió un comunicado para aclarar que la instalación de POS no es obligatoria para monotributistas. Además, dijeron que según un decreto del año 2001 quedan exceptuados de utilizar “posnet” los comerciantes que siendo “responsables inscriptos” realicen operaciones “fuera del local o establecimiento; la actividad se desarrolle en localidades cuya población resulte menor a 5.000 habitantes; el importe de la operación sea inferior a diez pesos ($10)”.
“Por lo expuesto, atento a tal obligación resulta aplicable a los responsables inscriptos que realicen operaciones en su local o establecimiento en localidades que superen los 5.000 habitantes, resulta ser que la mayoría de los sujetos que fueron notificados y, que se les dijo que eran infractores al decreto 1387/2001 en realidad no infringen dicha norma y no resultan pasibles de sanción al respecto, sino que se trata de un “error” de la AFIP”, aseguraron.
Hace unas semanas atrás la Administración Federal de Ingresos Públicos empezó a visitar negocios para ver si se cumple con un decreto del año 2001 (De la Rúa-Cavallo) en el que se exige el funcionamiento de terminales de transferencia electrónica para operaciones con tarjeta de débito. La Cámara advirtió que se perjudica a pequeños y medianos comerciantes en beneficio de firmas monopólicas y del sistema financiero.
Los comerciantes de Santa Rosa no disimularon su inquietud ante la ofensiva que en las últimas horas encabezó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con la idea de aplicar una normativa que obliga a los negocios a la utilización del “Posnet”.
La normativa cuya aplicación ahora se reclama es parte de un decreto de necesidad y urgencia que se dictó en el año 2001, durante el gobierno de Fernando de la Rúa y con la firma del entonces ministro de Economía Domingo Cavallo.
Este sábado, la Cámara de Comercio anunció que “continúa con diversas gestiones ante la AFIP – Agencia Santa Rosa y por intermedio de nuestras Organizaciones de grado superior, ante el titular de la AFIP en el país, con el objetivo de evitar que los empresarios, comerciantes, prestadores de servicios o productores PYMES monotributistas, resulten obligados a la incorporación de la terminal de transferencia electrónica, conocida como P.O.S. por los costos que ello implica”.
A pesar de esto, aclaró que “no obstante estas acciones que llevamos adelante, recomendamos a nuestros asociados y empresarios en general mantenerse informado a través de su Contador o comunicándose con nuestra institución”.
“Transcribimos a continuación un extracto simplificado de una nota de Patricia A.Valeri en la publicación especializada “ERREPAR”, que resulta interesante para utilizar como argumento válido en defensa de esta situación y, que textualmente expresa: La AFIP ha omitido mencionar el decreto n° 1548/2001, que modifica a los mencionados en las actas de inspección (1387/2001 y 1402/2001) y que expresamente en su art. 9°, dispone:
“los responsables inscriptos” en el impuesto al valor agregado que realicen operaciones con consumidores finales, deberán aceptar todas las tarjetas de débito de las administradoras que hubieran adherido, excepto en alguna de las siguientes situaciones:
a) Fuera del local o establecimiento
b) La actividad se desarrolle en localidades cuya población resulte menor a 5.000 habitantes
c) El importe de la operación sea inferior a diez pesos ($10,oo)”.
El Diario LP
La Cámara de Comercio, Industria y Producción de La Pampa emitió un comunicado para aclarar que la instalación de POS no es obligatoria para monotributistas. Además, dijeron que según un decreto del año 2001 quedan exceptuados de utilizar “posnet” los comerciantes que siendo “responsables inscriptos” realicen operaciones “fuera del local o establecimiento; la actividad se desarrolle en localidades cuya población resulte menor a 5.000 habitantes; el importe de la operación sea inferior a diez pesos ($10)”.
“Por lo expuesto, atento a tal obligación resulta aplicable a los responsables inscriptos que realicen operaciones en su local o establecimiento en localidades que superen los 5.000 habitantes, resulta ser que la mayoría de los sujetos que fueron notificados y, que se les dijo que eran infractores al decreto 1387/2001 en realidad no infringen dicha norma y no resultan pasibles de sanción al respecto, sino que se trata de un “error” de la AFIP”, aseguraron.
Hace unas semanas atrás la Administración Federal de Ingresos Públicos empezó a visitar negocios para ver si se cumple con un decreto del año 2001 (De la Rúa-Cavallo) en el que se exige el funcionamiento de terminales de transferencia electrónica para operaciones con tarjeta de débito. La Cámara advirtió que se perjudica a pequeños y medianos comerciantes en beneficio de firmas monopólicas y del sistema financiero.
Los comerciantes de Santa Rosa no disimularon su inquietud ante la ofensiva que en las últimas horas encabezó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con la idea de aplicar una normativa que obliga a los negocios a la utilización del “Posnet”.
La normativa cuya aplicación ahora se reclama es parte de un decreto de necesidad y urgencia que se dictó en el año 2001, durante el gobierno de Fernando de la Rúa y con la firma del entonces ministro de Economía Domingo Cavallo.
Este sábado, la Cámara de Comercio anunció que “continúa con diversas gestiones ante la AFIP – Agencia Santa Rosa y por intermedio de nuestras Organizaciones de grado superior, ante el titular de la AFIP en el país, con el objetivo de evitar que los empresarios, comerciantes, prestadores de servicios o productores PYMES monotributistas, resulten obligados a la incorporación de la terminal de transferencia electrónica, conocida como P.O.S. por los costos que ello implica”.
A pesar de esto, aclaró que “no obstante estas acciones que llevamos adelante, recomendamos a nuestros asociados y empresarios en general mantenerse informado a través de su Contador o comunicándose con nuestra institución”.
“Transcribimos a continuación un extracto simplificado de una nota de Patricia A.Valeri en la publicación especializada “ERREPAR”, que resulta interesante para utilizar como argumento válido en defensa de esta situación y, que textualmente expresa: La AFIP ha omitido mencionar el decreto n° 1548/2001, que modifica a los mencionados en las actas de inspección (1387/2001 y 1402/2001) y que expresamente en su art. 9°, dispone:
“los responsables inscriptos” en el impuesto al valor agregado que realicen operaciones con consumidores finales, deberán aceptar todas las tarjetas de débito de las administradoras que hubieran adherido, excepto en alguna de las siguientes situaciones:
a) Fuera del local o establecimiento
b) La actividad se desarrolle en localidades cuya población resulte menor a 5.000 habitantes
c) El importe de la operación sea inferior a diez pesos ($10,oo)”.
El Diario LP
Publicar un comentarioDefault CommentsFacebook Comments