General Pico | Tomaselli fue condenado a 9 años

El Tribunal integrado por los jueces Jimena Cardozo (jueza de control), Oscar Buteler y Pablo Durigón, sentenció ayer a la mañana a la pena de 9 nueve años de prisión, a Marcelo Javier Tomaselli, por ser el autor del delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma", en perjuicio de Carla Figueroa. (Foto: Infopico)
 
El hecho ocurrió durante mayo de 2011, meses antes que la matara de 15 puñaladas en la vivienda en la que convivían en el sector del barrio Ranqueles de esta ciudad. 
 
El fallo se dio a conocer ayer en una audiencia a puertas cerradas que tuvo lugar a partir de las 8, en la sala 1 de los tribunales locales, a la cual asistió el acusado.

De esta manera los magistrados hicieron lugar al pedido planteado por la fiscal Ivana Hernández durante los alegatos de clausura, instancia en la cual el abogado querellante Raúl Quiroga, adhirió a este pedido, y el defensor Walter Vaccaro, pidió que se le impusiera la pena de ocho años de prisión al acusado.

En este juicio en el que se aplicó la figura de la "cesura", la sentencia se desarrolló en dos etapas. La primera culminó el 4 de diciembre cuando el tribunal determinó que Tomaselli fue el autor del mencionado delito, en contra de Figueroa. La segunda se concretó ayer con la imposición de la pena.

Alejamiento del mínimo.


El hecho que se investigó en este juicio ocurrió el 13 de mayo de 2011, en ocasión en la cual el acusado sorprendió a su pareja a la salida de su lugar de trabajo, y tras subirse a la motocicleta de ella, la obligó a dirigirse por la calle 13 hacia las afueras de la ciudad en dirección al este, mientras la amenazaba con un arma blanca. El acusado la obligó a detenerse en cercanías a la avenida Circunvalación, donde comenzó a realizarle una serie de reproches y la agredió en más de una ocasión con golpes de puño en el rostro. Después el imputado se dirigió con Figueroa hacia la desembocadura de un canal de desagües pluviales, donde a punta de cuchillo, la obligó a desvestirse y luego la sometió sexualmente.

La fiscal alegó que correspondía que se le aplicara al acusado la "pena más justa" atendiendo a las particularidades del caso, y entendió que la misma resultaría ser una "pena simbólica", puesto que no agregaría ni quitaría nada a la prisión perpetua a la cual se lo condenó a través del fallo 80. Según señala la resolución judicial, Hernández explicó que este alejamiento del mínimo de la escala penal, previsto para este delito, queda fundamentado en la relación de pareja que mantenían, que hizo que el hecho tuviera una consideración mayor.

El defensor discrepó con el alejamiento del mínimo legal solicitado por la fiscalía, al indicar que en casos similares se aplicó el mínimo. También se remitió a los fundamentos de distintos fallos que citó en el debate, y entendió que además se debía tener en cuenta la "carencia de antecedentes", la juventud de su defendido y el avenimiento que hizo Figueroa en su momento. En base a ello, pidió que se la aplicara el mínimo de ocho años de prisión.

Argumentos.


El tribunal consideró que se trató de un delito contra la integridad sexual, cuyo menoscabo quedó acreditado, además de los daños en la esfera psicológica de la víctima, a los que se refirió la perito psicológica. En el fallo se explica que se consideró que el "uso de la fuerza mediante la aplicación de golpes de puños en el rostro de Figueroa y el modo en que utilizó el arma como medio para doblegar su voluntad", aumentaron el peligro que corrió la mujer. También los jueces tuvieron a consideración las circunstancias en las cuales se consumó el abuso, y el vínculo que los unía, puesto que fruto de esa relación de pareja, tuvieron un niño que al momento del hecho que se juzgó, tenía un año.

El tribunal explicó que el balance de las circunstancias, justifica un alejamiento del mínimo de la pena prevista por la escala penal, y estimó "justo" aplicarle una pena de nueve años de prisión, la cual deberá unificarse con la prisión perpetua impuesta por la Justicia piquense en 2012.

Por el caso que se investigó en este debate, Tomaselli quedó detenido y en octubre de 2011, recuperó la libertad beneficiado por la figura del "Avenimiento". El acusado se casó con Carla Figueroa, y el 10 de diciembre de ese año la mató de 15 puñaladas en una vivienda del barrio Ranqueles de esta ciudad.

La Arena

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