Los presos que trabajan cobrarán aguinaldo y vacaciones
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/12/los-presos-que-trabajan-cobraran.html
Lo dispuso la Justicia, al igualar los derechos laborales de los reclusos con los de cualquier otro trabajador. También podrán disponer de licencia por enfermedad y descanso en días feriados. (Foto: @lanacioncom)
La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un hábeas corpus colectivo y equiparó los derechos laborales de los presos a los de los trabajadores en libertad, y de esta manera las personas privadas de su libertad podrán disponer de aguinaldo, vacaciones, licencia por enfermedad y descanso en días feriados, entre otras reivindicaciones.
Así lo resolvió la Sala II del máximo tribunal penal, al hacer lugar a una presentación de la Defensa Pública Oficial y la Procuración Penitenciaria de la Nación en un caso por el trabajo de los presos, sobre quienes regirá la ley de Contrato de Trabajo.
El Centro de Información Judicial (CIJ) publicó el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David, quienes fundamentaron su decisión en 34 fojas con "profusas citas y referencias doctrinarias".
El tribunal dictó la sentencia tras el hábeas corpus colectivo presentado el 29 de abril de 2013 por el preso Képych Yúriy Tibériyevich, a favor de detenidos que están con contratos de trabajo intramuros.
Los jueces invocaron el principio de "igual remuneración por igual tarea", establecido en la Constitución Nacional, la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
En el voto del juez Slokar, que llevó la voz en la sentencia, se estableció que "para cualquier preso que trabaje no pueden dejar de gobernar como estándares -entre otros- el derecho a la remuneración y la regla de asimilación al trabajo libre, con todos sus alcances (asignaciones familiares, obra social, cobertura frente a accidentes de trabajo, capacitación laboral, agremiación), por imperio del principio de progresividad".
El director del Servicio Penitenciario Nacional, Francisco Mugnolo, indicó que los presos que trabajan tienen derecho al pago de aguinaldo y a un período de vacaciones.
“Si una persona tiene una relación de trabajo estable, y cumple sus obligaciones, tiene derecho a percibir un sueldo y todos los beneficios laborales”, dijo a Cadena 3.
“El preso que trabaja debe tener todas las garantías de un trabajador en blanco y también realizar los aportes y las retenciones”, afirmó.
Mugnolo explico que, en el caso de los presos, “el empleador es el Estado y debe cumplir con las obligaciones que le demanda el derecho laboral”. “Si uno piensa que porque está preso gana más que el que no está preso, lo que está mal es el que gana menos, no el preso”, afirmó.
El funcionario reconoció que controlar al empleador que toma trabajadores en negro es tarea del Estado. “No podemos reducir el debate a que porque el Estado es ineficaz con estos controles se deba excluir a los presos”, remarcó.
“Es una paradoja, pero por lo menos el Estado intenta cumplir con una responsabilidad que tiene”.
Respecto al pedido de vacaciones de los reclusos, otro punto de su reclamo laboral, Mugnolo dijo: “Si uno piensa en una relación de trabajo normal, toda persona que trabaja durante un año completo debe tener un periodo de descanso. Esto no significa que van a poder salir, pero si que van a dejar de prestar la tarea por los días que corresponda”, aclaró.
Finalmente, Mugnolo remarcó que “las personas privadas de la libertad tienen todos los derechos de las demás personas, excepto el de la movilidad que le implique la sentencia”.
“Hay que pedir que todos accedan a los derechos, no que no los tengan los presos”, concluyó, al tiempo que afirmó que, hoy, “los presos que perciben salario son muy pocos”.
“La mayoría desarrollan tareas no remuneradas, como la limpieza, al interior del penal. Ojalá esto sirva para promover el trabajo en las cárceles”, finalizó.
Cadena3
La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un hábeas corpus colectivo y equiparó los derechos laborales de los presos a los de los trabajadores en libertad, y de esta manera las personas privadas de su libertad podrán disponer de aguinaldo, vacaciones, licencia por enfermedad y descanso en días feriados, entre otras reivindicaciones.
Así lo resolvió la Sala II del máximo tribunal penal, al hacer lugar a una presentación de la Defensa Pública Oficial y la Procuración Penitenciaria de la Nación en un caso por el trabajo de los presos, sobre quienes regirá la ley de Contrato de Trabajo.
El Centro de Información Judicial (CIJ) publicó el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David, quienes fundamentaron su decisión en 34 fojas con "profusas citas y referencias doctrinarias".
El tribunal dictó la sentencia tras el hábeas corpus colectivo presentado el 29 de abril de 2013 por el preso Képych Yúriy Tibériyevich, a favor de detenidos que están con contratos de trabajo intramuros.
Los jueces invocaron el principio de "igual remuneración por igual tarea", establecido en la Constitución Nacional, la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
En el voto del juez Slokar, que llevó la voz en la sentencia, se estableció que "para cualquier preso que trabaje no pueden dejar de gobernar como estándares -entre otros- el derecho a la remuneración y la regla de asimilación al trabajo libre, con todos sus alcances (asignaciones familiares, obra social, cobertura frente a accidentes de trabajo, capacitación laboral, agremiación), por imperio del principio de progresividad".
El director del Servicio Penitenciario Nacional, Francisco Mugnolo, indicó que los presos que trabajan tienen derecho al pago de aguinaldo y a un período de vacaciones.
“Si una persona tiene una relación de trabajo estable, y cumple sus obligaciones, tiene derecho a percibir un sueldo y todos los beneficios laborales”, dijo a Cadena 3.
“El preso que trabaja debe tener todas las garantías de un trabajador en blanco y también realizar los aportes y las retenciones”, afirmó.
Mugnolo explico que, en el caso de los presos, “el empleador es el Estado y debe cumplir con las obligaciones que le demanda el derecho laboral”. “Si uno piensa que porque está preso gana más que el que no está preso, lo que está mal es el que gana menos, no el preso”, afirmó.
El funcionario reconoció que controlar al empleador que toma trabajadores en negro es tarea del Estado. “No podemos reducir el debate a que porque el Estado es ineficaz con estos controles se deba excluir a los presos”, remarcó.
“Es una paradoja, pero por lo menos el Estado intenta cumplir con una responsabilidad que tiene”.
Respecto al pedido de vacaciones de los reclusos, otro punto de su reclamo laboral, Mugnolo dijo: “Si uno piensa en una relación de trabajo normal, toda persona que trabaja durante un año completo debe tener un periodo de descanso. Esto no significa que van a poder salir, pero si que van a dejar de prestar la tarea por los días que corresponda”, aclaró.
Finalmente, Mugnolo remarcó que “las personas privadas de la libertad tienen todos los derechos de las demás personas, excepto el de la movilidad que le implique la sentencia”.
“Hay que pedir que todos accedan a los derechos, no que no los tengan los presos”, concluyó, al tiempo que afirmó que, hoy, “los presos que perciben salario son muy pocos”.
“La mayoría desarrollan tareas no remuneradas, como la limpieza, al interior del penal. Ojalá esto sirva para promover el trabajo en las cárceles”, finalizó.
Cadena3
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