Macachin | Prohíben comercialización y el uso de la pirotecnia
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/12/macachin-prohiben-comercializacion-y-el.html
En la última sesión del Concejo Deliberante quedó aprobado por unanimidad un proyecto del PJ que abordó globalmente el tema de la incidencia de la contaminación sonora. (FoTO WEB)
El contenido abarca muchos aspectos de las acciones que producen ruidos molestos, entre ellas la prohibición de la comercialización y el uso de pirotecnia, una medida ambiental inédita en la zona. En tanto, el intendente Jorge Cabak promulgó la ordenanza, con lo cual ya está vigente.
La iniciativa afirma que el exceso de sonoridad atenta contra la relación de los vecinos, y que casi la totalidad de las quejas son por molestias en horas de descanso. "Más que un proyecto de ruidos molestos es una norma de convivencia, que todo pueblo debe tener", dijo el concejal López Alduncín, redactor de la norma.
El edil basa su propuesta en varias legislaciones que consideran a los ruidos como contaminante ambiental, cuya acción de amparo es avalada por el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional; contemplado además en el artículo 2618 de nuestro Código Civil. Sostiene que estos ruidos influyen en la buena convivencia de los vecinos, provocando malestar.
El concejal quiere que quede expresamente prohibido producir de cualquier manera y horario ruidos que "perturbe o pueda trastornar la tranquilidad o reposo de la población o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza".
Pretende controlar la sonoridad de vehículos a través de aceleradas, mal funcionamiento de los escapes y bocinazos. Otro detalle importante es que proyecta prohibir "durante las noches, desde las 22 y hasta las 7, y por la tarde, de 12 a 15 en período invernal, y de 12 a 16 en período estival, todo tipo de instalación, obra en construcción, trabajo en talleres, casas particulares en ámbitos públicos o privados, salvo en casos previamente autorizados por la autoridad municipal correspondiente".
En estos horarios también prevé la prohibición para lanzar fuegos de artificios, publicidad callejera comercial o política. También el uso de radios, televisores y demás reproductores a alto volumen en viviendas particulares, locales o establecimientos.
Asimismo alcanzaría la norma "la tenencia de animales domésticos en horario nocturno, en patios, galerías, entre otros lugares, cuando sus sonidos perturben el descanso y la tranquilidad de los vecinos".
Según explicó el edil a sus pares al defender su proyecto, "hay legislaciones y normativas a lo largo y ancho del país en relación al ruido. En primer lugar la legislación laboral, que limita los ruidos a valores seguros".
"Como el ruido también se considera contaminación sonora, la legislación ambiental también lo abarca, el artículo 41 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho de vivir en un ambiente sano y equilibrado. El Código Aeronáutico en su artículo 155, y el artículo 2618 del Código Civil, que no solo habla de ruidos sino también de vibraciones. El tema da para largo, lo más importante, quizás, es que la gente respete los horarios de descanso, ahí se encuentra el 99% de las quejas", concluyó López Alduncín.
La Arena
La iniciativa afirma que el exceso de sonoridad atenta contra la relación de los vecinos, y que casi la totalidad de las quejas son por molestias en horas de descanso. "Más que un proyecto de ruidos molestos es una norma de convivencia, que todo pueblo debe tener", dijo el concejal López Alduncín, redactor de la norma.
El proyecto.
El edil basa su propuesta en varias legislaciones que consideran a los ruidos como contaminante ambiental, cuya acción de amparo es avalada por el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional; contemplado además en el artículo 2618 de nuestro Código Civil. Sostiene que estos ruidos influyen en la buena convivencia de los vecinos, provocando malestar.
El concejal quiere que quede expresamente prohibido producir de cualquier manera y horario ruidos que "perturbe o pueda trastornar la tranquilidad o reposo de la población o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza".
Pretende controlar la sonoridad de vehículos a través de aceleradas, mal funcionamiento de los escapes y bocinazos. Otro detalle importante es que proyecta prohibir "durante las noches, desde las 22 y hasta las 7, y por la tarde, de 12 a 15 en período invernal, y de 12 a 16 en período estival, todo tipo de instalación, obra en construcción, trabajo en talleres, casas particulares en ámbitos públicos o privados, salvo en casos previamente autorizados por la autoridad municipal correspondiente".
En estos horarios también prevé la prohibición para lanzar fuegos de artificios, publicidad callejera comercial o política. También el uso de radios, televisores y demás reproductores a alto volumen en viviendas particulares, locales o establecimientos.
Asimismo alcanzaría la norma "la tenencia de animales domésticos en horario nocturno, en patios, galerías, entre otros lugares, cuando sus sonidos perturben el descanso y la tranquilidad de los vecinos".
Ruido.
Según explicó el edil a sus pares al defender su proyecto, "hay legislaciones y normativas a lo largo y ancho del país en relación al ruido. En primer lugar la legislación laboral, que limita los ruidos a valores seguros".
"Como el ruido también se considera contaminación sonora, la legislación ambiental también lo abarca, el artículo 41 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho de vivir en un ambiente sano y equilibrado. El Código Aeronáutico en su artículo 155, y el artículo 2618 del Código Civil, que no solo habla de ruidos sino también de vibraciones. El tema da para largo, lo más importante, quizás, es que la gente respete los horarios de descanso, ahí se encuentra el 99% de las quejas", concluyó López Alduncín.
La Arena
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