Ordenan al IPAV que entregue información
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2014/12/ordenan-al-ipav-que-entregue-informacion.html
Una jueza aceptó un amparo y mandó a transparentar datos de las adjudicaciones de viviendas, luego de que el organismo se negara ante un pedido de los diputados Duperou y Berhongaray.
La jueza civil María del Carmen García ordenó al Instituto Provincial de la Vivienda que brinde información acerca de las últimas adjudicaciones a dos diputados del Frepam, Lilia Duperou y Martín Berhongaray, que la habían requerido en el marco de una investigación que llevan adelante sobre presuntas irregularidades en la selección de los inscriptos.
Los legisladores habían tramitado adminstrativamente en dos oportunidades el pedido de información. Pero los funcionarios del Ipav se negaron alegando cuestiones de reserva e intimidad de los inscriptos y adjudicatarios. En el fallo, la jueza descartó esos argumentos oficiales y subrayó la necesidad de un acceso irrestricto a la información pública para poder ejercer un control adecuado a la gestión.
“Resulta innegable el deber de brindar y permitir el acceso por parte del Ipav”, planteó en la sentencia. “La publicidad debe atravesar todas las etapas del accionar público. Solo así es posible prevenir en forma efectiva la configuración de nichos de impunidad”, subrayó la magistrada.
La presentación de los diputados se hizo luego de que surgieran impugnaciones y denuncias de irregularidades durante la entrega de viviendas, el año pasado. Situaciones similares se repitieron este año, en la adjudicación de abril. El fallo le da un plazo de diez días al Ipav para entregar la información, aunque si el organismo tiene la posibilidad de presentar una apelación y suspender los plazos. "Es un fallo importante. Un antecedente imperdible. Y una decisión muy valiente porque sabemos de las presiones del gobierno en las causas que lo comprometen. En La Pampa la lógica es el secretismo y el ocultamiento. Con esta jueza no han podido", celebró Berhongaray.
El Ipav le había entregado a los diputados el listado de inscriptos de 2014 y el puntaje asignado a cada uno según el sistema que utiliza para la ajdudicación. Sin embargo, se negó a responder tres puntos: el puntaje de los últimos adjudicatarios del mes de abril, el listado de impugnaciones presentadas, y los informes sociombientales que se realizaron a cada uno de los inscriptos.
La jueza García rechazó las razones de privacidad y respeto a la intmidad que esgrimió el gobierno para ocultar esa información. “Los datos solicitados, más allá de ser datos personales, son de contenido público en tanto y en cuanto los titulares de los mismos en la oportunidad de anotarse tienen o deberían tener presente, que sus inscripciones y datos son suceptibles de conocimiento público”, indicó García.
Además, la jueza remarcó que “resulta innegable el deber de brindar y permitir el acceso por parte de Ipav a la información pública solicitada”. “Es indiscutible que una solicitud de esta naturaleza no busca indagar indiscretamente en la esfera privada que define el artículo 19 de la Constitución Nacional sobre la situación particular de las personas físicas que recibieron tales subsidios sino, antes bien, persigue un interés público de particular trascendencia: el obtener la información necesaria para poder contorlar que la decisión de los funcionarios competentes al asignarlos, se ajuste exclusivamente a los criterios establecidos en los diversos programas de ayuda social que emplean fondos públicos a tal efecto”.
En consecuencia, “no puede admitirse -resaltó- la negativa fundada en la necesidad de resguardar la privacidad de los beneficiarios ya que esta mera referencia desatiende el interés público que constituye el aspecto fundamental de la solicitud de la información efectuada que no parece dirigida a satisfacer la curiosidad respecto de la vida privada de quienes lo reciben sin oa controlar eficazmente el modo en que los funcionarios ejecutan una política social”.
La jueza manifestó que el fundamento en el cual pretende ampararse el Ipav “resulta improcedente, encontrándose asi reunidos los requisitos de arbitrariedad e ilegitimidad manifiestas requeridas” en la reglamentación de los amparos. “Debe prevalecer el principio de máxima divulgación de la información pública”, resumió.
Duperou y Berhongaray recordaron que el año pasado hubo manifestacinones de inscriptos y presentación de impugnaciones cuando se conocieron los adjudicatarios. También dijeron que han recibido a inscriptos que se organizaron bajo el rótulo de "indignados" con el Ipav, que denuncian "injusticias" en la selección. "Con la información del Ipav, podremos realizar el análisis completo para determinar si existieron irregularidades", dijeron. "El Ipav intentó desmerecer nuestra legitimidad. Pero está claro que los datos deberían estar al alcance de todos", apuntó.
El Diario LP
La jueza civil María del Carmen García ordenó al Instituto Provincial de la Vivienda que brinde información acerca de las últimas adjudicaciones a dos diputados del Frepam, Lilia Duperou y Martín Berhongaray, que la habían requerido en el marco de una investigación que llevan adelante sobre presuntas irregularidades en la selección de los inscriptos.
Los legisladores habían tramitado adminstrativamente en dos oportunidades el pedido de información. Pero los funcionarios del Ipav se negaron alegando cuestiones de reserva e intimidad de los inscriptos y adjudicatarios. En el fallo, la jueza descartó esos argumentos oficiales y subrayó la necesidad de un acceso irrestricto a la información pública para poder ejercer un control adecuado a la gestión.
“Resulta innegable el deber de brindar y permitir el acceso por parte del Ipav”, planteó en la sentencia. “La publicidad debe atravesar todas las etapas del accionar público. Solo así es posible prevenir en forma efectiva la configuración de nichos de impunidad”, subrayó la magistrada.
La presentación de los diputados se hizo luego de que surgieran impugnaciones y denuncias de irregularidades durante la entrega de viviendas, el año pasado. Situaciones similares se repitieron este año, en la adjudicación de abril. El fallo le da un plazo de diez días al Ipav para entregar la información, aunque si el organismo tiene la posibilidad de presentar una apelación y suspender los plazos. "Es un fallo importante. Un antecedente imperdible. Y una decisión muy valiente porque sabemos de las presiones del gobierno en las causas que lo comprometen. En La Pampa la lógica es el secretismo y el ocultamiento. Con esta jueza no han podido", celebró Berhongaray.
Interés público
El Ipav le había entregado a los diputados el listado de inscriptos de 2014 y el puntaje asignado a cada uno según el sistema que utiliza para la ajdudicación. Sin embargo, se negó a responder tres puntos: el puntaje de los últimos adjudicatarios del mes de abril, el listado de impugnaciones presentadas, y los informes sociombientales que se realizaron a cada uno de los inscriptos.
La jueza García rechazó las razones de privacidad y respeto a la intmidad que esgrimió el gobierno para ocultar esa información. “Los datos solicitados, más allá de ser datos personales, son de contenido público en tanto y en cuanto los titulares de los mismos en la oportunidad de anotarse tienen o deberían tener presente, que sus inscripciones y datos son suceptibles de conocimiento público”, indicó García.
Además, la jueza remarcó que “resulta innegable el deber de brindar y permitir el acceso por parte de Ipav a la información pública solicitada”. “Es indiscutible que una solicitud de esta naturaleza no busca indagar indiscretamente en la esfera privada que define el artículo 19 de la Constitución Nacional sobre la situación particular de las personas físicas que recibieron tales subsidios sino, antes bien, persigue un interés público de particular trascendencia: el obtener la información necesaria para poder contorlar que la decisión de los funcionarios competentes al asignarlos, se ajuste exclusivamente a los criterios establecidos en los diversos programas de ayuda social que emplean fondos públicos a tal efecto”.
En consecuencia, “no puede admitirse -resaltó- la negativa fundada en la necesidad de resguardar la privacidad de los beneficiarios ya que esta mera referencia desatiende el interés público que constituye el aspecto fundamental de la solicitud de la información efectuada que no parece dirigida a satisfacer la curiosidad respecto de la vida privada de quienes lo reciben sin oa controlar eficazmente el modo en que los funcionarios ejecutan una política social”.
La jueza manifestó que el fundamento en el cual pretende ampararse el Ipav “resulta improcedente, encontrándose asi reunidos los requisitos de arbitrariedad e ilegitimidad manifiestas requeridas” en la reglamentación de los amparos. “Debe prevalecer el principio de máxima divulgación de la información pública”, resumió.
Denuncias e investigación
Duperou y Berhongaray recordaron que el año pasado hubo manifestacinones de inscriptos y presentación de impugnaciones cuando se conocieron los adjudicatarios. También dijeron que han recibido a inscriptos que se organizaron bajo el rótulo de "indignados" con el Ipav, que denuncian "injusticias" en la selección. "Con la información del Ipav, podremos realizar el análisis completo para determinar si existieron irregularidades", dijeron. "El Ipav intentó desmerecer nuestra legitimidad. Pero está claro que los datos deberían estar al alcance de todos", apuntó.
El Diario LP
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