Santa Rosa | En sólo 22 días condenaron a un hombre que fue detenido in fraganti

Apenas 22 días después del hecho delictivo, un imputado fue condenado. Ello ocurrió ayer, cuando el juez de Audiencia, Andrés Olié, condenó a Jesús Ezequiel Fuentes a dos años de prisión en suspenso por el delito de robo calificado en grado de tentativa, en un proceso que se inició por el procedimiento de juicio directo. (Foto Archivo)


El juez de Audiencia, Andrés Olié, condenó este martes a Jesús Ezequiel Fuentes a dos años de prisión en suspenso por el delito de robo calificado en grado de tentativa (artículo 164, en relación con el artículo 167 inciso 4 del Código Penal, con remisión al artículo 163, inciso 6), en un proceso que se inició por el procedimiento de juicio directo, a 22 días después del hecho delictivo.

Fuentes, de 20 años, sustrajo el 23 de febrero pasado una motocicleta Honda Wave, color azul, que se encontraba estacionada en la vía pública, frente a una vivienda de la calle Tierno, casi esquina Schmidt. En esas circunstancias, el imputado "cortó los cables del tambor para lograr darle arranque" y se dio a la fuga por Schmidt hasta Fiorucci.

La dueña del vehículo avisó a la policía y un móvil comenzó a perseguir a Fuentes, mientras alertaba a otra patrulla. Cuando ésta última divisó la moto en avenida Santiago Marzo, luego que cruzara un semáforo en rojo y tomara por Ramona Pereyra, Fuentes arrojó el vehículo y huyó a pie, siendo apresado en Pereyra y Schmidt.

Como el joven fue detenido in fraganti, el fiscal Facundo Bon Dergham impulsó el juicio directo y luego, junto a la defensora oficial Mariel Annecchini acordaron -a través de un juicio abreviado- que el imputado diera voluntariamente su consentimiento para declararse autor del hecho y aceptar la pena impuesta.

Olié, tras declarar admisible el abreviado, dijo en la sentencia que el delito quedó acreditado "no solo por el propio reconocimiento" que hizo el condenado del intento de robo, " sino también por la denuncia efectuada por la damnificada, quien brindó un relato claro, preciso, descriptivo y coincidente con el aportado por el personal de la Seccional Primera; quienes iniciaron una persecución y lograron aprehender a Fuentes a pocas cuadras de donde se sucedió el hecho, aún con el rodado sustraído en su poder".

El juez dispuso, además, que Fuentes debe fijar residencia y presentarse mensualmente ante el Patronato de Liberados durante el plazo de dos años.

El juicio directo, según el artículo 386 del Código Procesal Penal, puede proceder cuando una persona es detenida en flagrancia, o acepte la autoría de un hecho, y en ambos supuestos el máximo punitivo aplicable no exceda de los 15 años. Si la flagrancia no es convalidada, a petición del fiscal igualmente puede procederse por juicio directo.

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