Gral.Pico | Trabajadores de CORPICO deben usar gas pimienta por los ataques de perros
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2015/04/gralpico-trabajadores-de-corpico-deben.html
Desde la cooperativa piquense indicaron que los operarios encargados de realizar relevamientos a medidores han sufrido percances con animales agresivos que se encuentran sin ataduras o bozales. Advirtieron que los dueños deberán responder por los daños que causen sus mascotas. (Foto Ilustrativa)
Los Tomaestados de los servicios que presta Corpico deben utilizar gas pimienta para protegerse de los reiterados ataques de perros en los distintos barrios de la ciudad.
Los Tomaestados de los servicios que presta Corpico deben utilizar gas pimienta para protegerse de los reiterados ataques de perros en los distintos barrios de la ciudad.
Desde la entidad solidaria recordaron las sugerencias indicadas por el Ministerio de Salud de la Nación, y distintos organismos nacionales y provinciales, que propenden a una tenencia responsable de mascotas.
Además de los trabajadores, días atrás dos niños pequeños sufrieron ataques de canes, que de milagro no terminaron en tragedia.
Desde la cooperativa se informó que los tomaestados, encargados de realizar relevamientos a medidores, “han sufrido percances con perros agresivos que se encuentran fuera de la propiedad de sus dueños, sin ataduras o bozales, que ante la legítima defensa del trabajador han derivado en consecuencias indeseadas”.
Informaron que “los trabajadores del sector Tomaestados realizan su labor munidos de un elemento disuasivo (aerosol con gas pimienta) que les permite repeler un eventual ataque y desarrollar su tarea evitando incidentes con animales en situación de calle. Ese elemento no tiene ningún tipo de consecuencia física posterior para el animal agresivo, dado que los aerosoles no son tóxicos ni letales”.
Asimismo en su artículo 1124 establece que “el propietario de un animal, doméstico o feroz, es responsable del daño que causare. La misma responsabilidad pesa sobre la persona a la cual se hubiere mandado el animal para servirse de él, salvo su recurso contra el propietario”.
Por su parte el artículo 1126 dice que “la responsabilidad del dueño del animal tiene lugar aunque el animal, en el momento que ha causado el daño, hubiere estado bajo la guarda de los dependientes de aquel. No se salva tampoco la responsabilidad del dueño, porque el daño que hubiese causado el animal no estuviese en los hábitos generales de su especie”.
Agregaron desde Corpico que también “existe una responsabilidad penal por parte del dueño del perro que atacó, ya que puede ser denunciado por delito de daño, de acuerdo a los artículos 183 y 184 del Código Penal Argentino”.
El artículo 183 del Código Penal dice “será reprimido con prisión de 15 días a un año el que destruyere, inutilizare, hiciese desaparecer o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble o un animal total o parcialmente ajeno, siempre que el hecho no constituya un delito más severamente penado”, indicaron.
Por lo tanto, apelaron “a la buena voluntad de los propietarios de mascotas solicitando a nuestros asociados y usuarios que cumplan razonablemente con las sugerencias del Programa de Tenencia Responsable de Mascotas (http://www.protenencia.gov.ar/el-programa/)”.
Al notar lo ocurrido varios adultos se acercaron, lo que hizo que el animal se escapara y se escondiera en la vivienda de sus dueños. La pequeña fue trasladada al hospital Gobernador Centeno, donde la asistieron en el Servicio de Guardia. Por suerte las lesiones solo fueron de carácter leve y no hubo que lamentar consecuencias mayores.
En este caso intervino personal de la Comisaría Tercera, que investiga otro hecho ocurrido en diciembre del año pasado, cuando el mismo perro atacó a otro menor de corta edad, que vive en la misma cuadra.
Pese a los reclamos realizados por las madres de los dos menores, recién ayer personal del Sector Canino se acercó al lugar y dialogó con la propietaria del peligroso animal. La mujer se comprometió a evitar que el perro esté en la calle y así evitar nuevos incidentes.
El Diario LP
Desde la cooperativa se informó que los tomaestados, encargados de realizar relevamientos a medidores, “han sufrido percances con perros agresivos que se encuentran fuera de la propiedad de sus dueños, sin ataduras o bozales, que ante la legítima defensa del trabajador han derivado en consecuencias indeseadas”.
Informaron que “los trabajadores del sector Tomaestados realizan su labor munidos de un elemento disuasivo (aerosol con gas pimienta) que les permite repeler un eventual ataque y desarrollar su tarea evitando incidentes con animales en situación de calle. Ese elemento no tiene ningún tipo de consecuencia física posterior para el animal agresivo, dado que los aerosoles no son tóxicos ni letales”.
Legislaciones
Recordaron desde la cooperativa que “el dueño del perro siempre es responsable por los daños que ocasiona su animal. Esto está plasmado en el Código Civil Argentino. El mismo en su título IX De las Obligaciones que Nacen de los Hechos Ilícitos que no son Delitos, en su capítulo I dedica varios artículos a la responsabilidad del dueño del animal”.Asimismo en su artículo 1124 establece que “el propietario de un animal, doméstico o feroz, es responsable del daño que causare. La misma responsabilidad pesa sobre la persona a la cual se hubiere mandado el animal para servirse de él, salvo su recurso contra el propietario”.
Por su parte el artículo 1126 dice que “la responsabilidad del dueño del animal tiene lugar aunque el animal, en el momento que ha causado el daño, hubiere estado bajo la guarda de los dependientes de aquel. No se salva tampoco la responsabilidad del dueño, porque el daño que hubiese causado el animal no estuviese en los hábitos generales de su especie”.
Responsables
Lo mencionado “quiere decir que el dueño debe responder por los daños que cause su animal, pero si éste estaba en poder de otra persona, como ser un paseador, responde el dueño, o en algunos casos, en forma solidaria”.Agregaron desde Corpico que también “existe una responsabilidad penal por parte del dueño del perro que atacó, ya que puede ser denunciado por delito de daño, de acuerdo a los artículos 183 y 184 del Código Penal Argentino”.
El artículo 183 del Código Penal dice “será reprimido con prisión de 15 días a un año el que destruyere, inutilizare, hiciese desaparecer o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble o un animal total o parcialmente ajeno, siempre que el hecho no constituya un delito más severamente penado”, indicaron.
Por lo tanto, apelaron “a la buena voluntad de los propietarios de mascotas solicitando a nuestros asociados y usuarios que cumplan razonablemente con las sugerencias del Programa de Tenencia Responsable de Mascotas (http://www.protenencia.gov.ar/el-programa/)”.
Niños atacados
Días atrás se registró en el barrio José Ignacio Rucci V, sobre la calle 323, el ataque de un perro de mediano porte a una niña de un año y medio de edad. Al parecer la pequeña se encontraba en la vereda de su casa cuando la mascota de una vecina, un can de mediano porte, se le acercó y la atacó, mordiéndole el rostro.Al notar lo ocurrido varios adultos se acercaron, lo que hizo que el animal se escapara y se escondiera en la vivienda de sus dueños. La pequeña fue trasladada al hospital Gobernador Centeno, donde la asistieron en el Servicio de Guardia. Por suerte las lesiones solo fueron de carácter leve y no hubo que lamentar consecuencias mayores.
En este caso intervino personal de la Comisaría Tercera, que investiga otro hecho ocurrido en diciembre del año pasado, cuando el mismo perro atacó a otro menor de corta edad, que vive en la misma cuadra.
Pese a los reclamos realizados por las madres de los dos menores, recién ayer personal del Sector Canino se acercó al lugar y dialogó con la propietaria del peligroso animal. La mujer se comprometió a evitar que el perro esté en la calle y así evitar nuevos incidentes.
El Diario LP
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