Santa Rosa | Confirmaron la pena a Rau a 20 años

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó este martes la pena contra Daniel Gustavo Rau, a 20 años de prisión, al no hacer lugar al recurso de impugnación que había interpuesto su abogado, Armando Agüero, el 20 de marzo pasado.
 


El fallo de los jueces Filinto Rebechi y Verónica Fantini ratificó en un todo la sentencia dictada el 6 de marzo por el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa, por la cual Rau recibió 20 años por haber sido autor material y penalmente responsable de delitos sexuales en perjuicio de tres menores.

Los delitos contra el imputado fueron los de suministro de material pornográfico a una menor de 14 años (artículo 128, tercer párrafo del Código Penal); abuso sexual con acceso carnal mediante el uso de violencia y amenaza, agravado por haber resultado un grave daño en la salud mental de la víctima y por haber sido el autor encargado de la guarda de una menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, en reiteradas oportunidades como delito continuado (119, tercer y cuarto párrafo, incos a, b y f); y abuso sexual con acceso carnal mediante el uso de amenazas agravado por haber sido el autor encargado de la guarda de una menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, en reiteradas oportunidades como delito continuado (119, tercer y cuarto párrafo, inciso b),

Rebechi, al fundar el fallo, dijo, entre otras cosas, ante el argumento defensivo de que no se explicó cómo se llegó a la pena impuesta, que “el sentenciante ha sido muy claro y preciso respecto a las consecuencias del daño, no solo físico sino también psíquico, ocasionado a las menores víctimas por el accionar de Rau, y por ende el monto a imponer como pena, se encuentra plenamente justificado ajustándose plenamente a derecho”.

Agüero también hizo referencia a diferentes fallos en los que el TIP intervino como alzada del Tribunal de Aduciendo, indicando que las penas que se aplicaron en ellos fueron –ante hechos de características similares– menores a la de Rau.

“Esta circunstancia no resulta factible de ser analizada toda vez que cada hecho juzgado posee su particularidad, no solamente en relación al perjuicio ocasionado a las víctimas; sino asimismo por las características de sus autores, lo que indudablemente se debe merituar a los fines de la aplicación de la pena a imponer”, respondió Rebechi.

Originalmente, el 8 de mayo de 2013, los jueces de audiencia Carlos Mattei, Carlos Besi y Laura Armagno habían condenado a Rau a 25 años. Luego el mismo tribunal, aunque con otra composición (Mauricio Piombi, Fernando Rivarola y Florencia Maza) le redujo la pena en cinco años, después de que el TIP confirmara la autoría de los hechos por parte del imputado, pero ordenara un nuevo juicio para fijar la pena por considerar que la merituación “no se encontraba debidamente fundada”.


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