Telecomunicaciones | La CNC multó a Movistar por los cambios en los planes de telefonía móvil
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2015/04/telecomunicaciones-la-cnc-multo.html
MIRÁ EL VIDEO La Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) impuso este jueves una multa a Movistar debido a que incurrió en una modificación irregular de las condiciones de contratación del servicio de telefonía móvil, así como la obligación de retrotraer los planes a la situación anterior y efectuar el reintegro correspondiente a sus usuarios. (Foto: CNC)
La decisión se concretó en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría de Comunicaciones para proceder ante los inconvenientes sufridos por usuarios del servicio de comunicaciones móviles de la empresa Movistar -del Grupo Telefónica- en relación al consumo de sus planes de datos.
La multa es la máxima prevista en la normativa vigente que consiste en 12,5 millones de unidades de tasación que se traducen en un monto de 586.250 pesos, según comunicó esta tarde la CNC en ocasión de la reunión de rutina que el organismo mantiene cada dos semanas con asociaciones de usuarios de todo el país.
El subinterventor de la CNC, Nicolás Karavaski, tras encabezar el encuentro con las asociaciones de usuarios, explicó que “transcurridos los días que tiene la compañía para hacer su descargo y hechas las averiguaciones y constataciones técnicas, desde la CNC se le ha impuesto la máxima sanción vigente posible a la empresa Movistar”.
Como autoridad de aplicación, el organismo también le impuso “la obligación de retrotraer todos los planes a los 1,7 millones de usuarios (afectados por el cambio de planes) a su situación previa vigente y a quienes se les va a tener que devolver el importe si corresponde por la modificación de manera errónea de estos planes”.
La prestadora del servicio de telefonía móvil “en el plazo máximo de 10 días hábiles debe comunicar cómo va a informar y notificar fechacientemente a los usuarios de las sanciones y tienen la obligación en cuanto a la presentación de sus estados contables para que separen de manera real los conceptos que perciben por los planes pospagos y este tipo de cambios que no estaban del todo claro para los usuarios”, agregó Karavaski en declaraciones a Télam.
El alcance posible de las sanciones ya había sido anticipado la semana pasada por el secretario de Comunicaciones, Norberto Berner, -que integra en estos momentos la delegación que acompaña a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en Rusia-, al dar a conocer la actuación de oficio de la CNC sobre el caso Movistar.
La CNC notificó ayer a la empresa Movistar el acto administrativo en el que dispuso la sanción, la que podrá ser recurrida por la compañía, aunque las asociaciones de consumidores presentes en el encuentro aseguraban que a pesar del derecho de apelación, la empresa debe hacer efectivo de inmediato el pago de la multa.
En este sentido, Karavaski explicó que “las sanciones tienen que transitar administrativamente distintas instancias y si las empresas así lo creen conveniente pueden apelar una instancia superior que es la Secretaria de Comunicaciones y luego el Ministerio de Planificación, pero esta sanción es una instrucción concretar para defender los derechos de los usuarios”.
En particular, el subinterventor de la CNC aseguró que “en el próximo ciclo de facturación tienen que estar impactándose los cambios” dispuestos en la sanciones difundidas ayer.
Para la CNC, en los considerandos de su resolución, entendió que la empresa incumplió el artículo 10.3 b del Decreto 764/2000, que establece que las empresas tienen que garantizar el acceso a la información sobre las condiciones de contratación que hacen los usuarios del servicio, así como también debe ser clara la publicidad de los precios de los servicios que prestan.
“La empresa cambió las condiciones contractuales de un 1,7 millones de usuarios que debió haber comunicado de manera veraz y eficiente, es decir que la empresa para hacer un cambio de esa magnitud tiene que ser informado a sus clientes de manera detallada y les tiene que dar la posibilidad de optar por este nuevo servicio o de dar de baja el contrato sin costo alguno, incluso si elige cambiarse de empresa”, enfatizó el funcionario.
En el encuentro con las asociaciones de usuarios, los funcionarios de la CNC aseguraron que en el mismo caso están trabajando otras dependencias del Estado nacional para evaluar si se han violado otras normativas vigentes, en particular a las referidas a las que están contempladas en las leyes de defensa del consumidor y defensa de la competencia, ya en órbita de la Secretaría de Comercio.
También se informó que la CNC está “actuando de oficio y evaluando distintas actividades que han sucedido con usuarios de las empresas Claro y Personal”, para determinar si se han incurrido en irregularidades similares a las que le valieron la sanción a Movistar.
Télam
La decisión se concretó en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría de Comunicaciones para proceder ante los inconvenientes sufridos por usuarios del servicio de comunicaciones móviles de la empresa Movistar -del Grupo Telefónica- en relación al consumo de sus planes de datos.
La multa es la máxima prevista en la normativa vigente que consiste en 12,5 millones de unidades de tasación que se traducen en un monto de 586.250 pesos, según comunicó esta tarde la CNC en ocasión de la reunión de rutina que el organismo mantiene cada dos semanas con asociaciones de usuarios de todo el país.
El subinterventor de la CNC, Nicolás Karavaski, tras encabezar el encuentro con las asociaciones de usuarios, explicó que “transcurridos los días que tiene la compañía para hacer su descargo y hechas las averiguaciones y constataciones técnicas, desde la CNC se le ha impuesto la máxima sanción vigente posible a la empresa Movistar”.
Como autoridad de aplicación, el organismo también le impuso “la obligación de retrotraer todos los planes a los 1,7 millones de usuarios (afectados por el cambio de planes) a su situación previa vigente y a quienes se les va a tener que devolver el importe si corresponde por la modificación de manera errónea de estos planes”.
La prestadora del servicio de telefonía móvil “en el plazo máximo de 10 días hábiles debe comunicar cómo va a informar y notificar fechacientemente a los usuarios de las sanciones y tienen la obligación en cuanto a la presentación de sus estados contables para que separen de manera real los conceptos que perciben por los planes pospagos y este tipo de cambios que no estaban del todo claro para los usuarios”, agregó Karavaski en declaraciones a Télam.
El alcance posible de las sanciones ya había sido anticipado la semana pasada por el secretario de Comunicaciones, Norberto Berner, -que integra en estos momentos la delegación que acompaña a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en Rusia-, al dar a conocer la actuación de oficio de la CNC sobre el caso Movistar.
La multa es la máxima prevista en la normativa vigente que consiste en 12,5 millones de unidades de tasación que se traducen en un monto de 586.250 pesos
La CNC notificó ayer a la empresa Movistar el acto administrativo en el que dispuso la sanción, la que podrá ser recurrida por la compañía, aunque las asociaciones de consumidores presentes en el encuentro aseguraban que a pesar del derecho de apelación, la empresa debe hacer efectivo de inmediato el pago de la multa.
En este sentido, Karavaski explicó que “las sanciones tienen que transitar administrativamente distintas instancias y si las empresas así lo creen conveniente pueden apelar una instancia superior que es la Secretaria de Comunicaciones y luego el Ministerio de Planificación, pero esta sanción es una instrucción concretar para defender los derechos de los usuarios”.
En particular, el subinterventor de la CNC aseguró que “en el próximo ciclo de facturación tienen que estar impactándose los cambios” dispuestos en la sanciones difundidas ayer.
Para la CNC, en los considerandos de su resolución, entendió que la empresa incumplió el artículo 10.3 b del Decreto 764/2000, que establece que las empresas tienen que garantizar el acceso a la información sobre las condiciones de contratación que hacen los usuarios del servicio, así como también debe ser clara la publicidad de los precios de los servicios que prestan.
“La empresa cambió las condiciones contractuales de un 1,7 millones de usuarios que debió haber comunicado de manera veraz y eficiente, es decir que la empresa para hacer un cambio de esa magnitud tiene que ser informado a sus clientes de manera detallada y les tiene que dar la posibilidad de optar por este nuevo servicio o de dar de baja el contrato sin costo alguno, incluso si elige cambiarse de empresa”, enfatizó el funcionario.
En el encuentro con las asociaciones de usuarios, los funcionarios de la CNC aseguraron que en el mismo caso están trabajando otras dependencias del Estado nacional para evaluar si se han violado otras normativas vigentes, en particular a las referidas a las que están contempladas en las leyes de defensa del consumidor y defensa de la competencia, ya en órbita de la Secretaría de Comercio.
También se informó que la CNC está “actuando de oficio y evaluando distintas actividades que han sucedido con usuarios de las empresas Claro y Personal”, para determinar si se han incurrido en irregularidades similares a las que le valieron la sanción a Movistar.
Télam
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