Santa Rosa | Otro capítulo en el Caso La Recova: ni la Municipalidad ni el juez quieren la clausura
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Mediante un “proveído simple”, sin definir la cuestión de fondo, el juez civil Guillermo Salas prorrogó por tiempo indeterminado la medida cautelar que presentó Antonio Corredera para evitar la clausura de la reconocida confitería santarroseña. Cuestionan la conformidad que prestó la abogada de la comuna, Florencia Rabario. (Foto: EL Diario LP)
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“Lo hace de esta manera porque si dicta sentencia lo tiene que hacer conforme a derecho y no tiene que dar la razón como ya lo hizo la jueza García... En el mostrador, cuando nos notificamos, nos dijeron que era una cuestión política”, lamentó la abogada Amanda Antonio, patrocinante de Liliana Ortiz.
El próximo 19 de mayo vence el actual amparo que permite a la confitería seguir funcionando. La clausura preventiva del lugar la ordenó, en diciembre del año pasado, la propia Municipalidad de Santa Rosa.
En los primeros días del mes de mayo, durante una audiencia de conciliación realizada en el Juzgado Civil Nº 3 de esta ciudad, la Municipalidad había anticipado que no otorgaría la habilitación a los actuales administradores de la confitería porque existe un informe del Registro de la Propiedad Inmueble que establece la inscripción de otro propietario. El lugar tampoco cuenta actualmente con habilitación comercial.
Sin embargo, según contaron en diálogo con El Diario la abogada Amanda Antonio y su patrocinada, Liliana Ortiz, el pasado 7 de mayo, el juez Salas -mediante un proveído simple, sin dictar sentencia- prorrogó por tiempo indeterminado el amparo presentado por Corredera para evitar la clausura.
Antonio y Ortiz también revelaron otro dato llamativo: dijeron que ahora -sorpresivamente- se enteraron de que la abogada de la comuna, Florencia Rabario, prestó conformidad a las presentaciones judiciales que hizo Corredera.
En aquella audiencia, el juez Salas también había tenido una actitud diferente: les pidió a los participantes de la audiencia que se enfocaran en la resolución del amparo y, además, que alcancen un acuerdo.
Mostrador
“Nosotros no entendemos cómo es que la abogada (de la comuna) se pone a opinar sobre la decisión de la jueza. Por supuesto que acá hay algo cuanto menos llamativo... además, si el juez Salas viera lo que resolvió la jueza García no debería haber resuelto esto. Estamos frente a un argumento que es meramente dilatorio, y lo más escandaloso es que la Municipalidad preste conformidad a esto cuando no le corresponde hacerlo. Y más cuando una jueza ya dijo que el título de propiedad está bien inscripto”.
- ¿Les dieron alguna explicación de esto?
- No, la verdad que no... estamos muy desconcertados, no podemos creer lo que ocurrió. Lo hace de esta manera porque si dicta sentencia lo tiene que hacer conforme a derecho y no tiene que dar la razón como ya lo hizo la jueza García... En el mostrador (del juzgado), cuando nos notificamos, nos dijeron que era una cuestión política. El proveído desnaturaliza el amparo porque se trata de una medida de carácter excepcional. Nos dijeron que esto es una cuestión, que no creen que alguien se anime a cerrar “La Recova”. Además, nosotros creemos que la abogada Rabario se pone a opinar porque no quiere poner la faja de clausura.
- ¿Y qué pasaría si se hubiese resuelto la cuestión de fondo?
- Hay un pedido diciendo que el título está mal escrito... La jueza García ya no dio lugar y ellos ni apelaron. Y si se resolviera la cuestión del amparo, la Justicia lo que tiene que hacer es sacar del lugar a Corredera porque él no tiene título ni habilitación comercial... con esto, lo que están haciendo es dilatar las cosas. Salas argumentó que no le llegó el expediente del fallo que dictó la jueza García; ahora vemos que tampoco lo pidió. Está resolviendo sin las pruebas en la mano... entonces hace eso: dilata hasta que, supuestamente, le llegue la información cuando, en realidad, podría pedirla, y además sabemos que ya está que se va (Salas) a la Cámara porque lo ascendieron.
El caso
En el año 1984, el matrimonio de Ángel Ortiz y Elba Lezcano compró (junto a los Corredera) la mitad indivisa del inmueble de la esquina de “La Recova” al adquirir los derechos sucesorios de Nazario Camarero. En el año 1989, el matrimonio se lo vendió a Antonio Corredera, por lo que ese 50% pasó a ser propiedad de Antonio y Abel Corredera.
El 5 de noviembre de 2011, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Nº 2 (en la causa iniciada por José Benito Corredera, quien fue perjudicado por la disolución de la sociedad de hecho que tenía con sus hermanos Abel y Antonio) declaró la “nulidad absoluta” de la venta realizada por Ángel Ortiz a Antonio Corredera, ya que éste era el apoderado de la sucesión Camarero, la que vendió la propiedad a Ortiz.
Ese fallo quedó firme al ser ratificado por la Cámara Civil de Apelaciones y ser rechazadas las presentaciones de Antonio Corredera ante el Superior Tribunal de Justicia (9 de mayo de 2013) y la Corte Suprema de Justicia (25 de febrero de 2014).
El caso tuvo un expediente principal inicial cuando estalló el conflicto entre los hermanos Corredera, cuando José “Pepe” Corredera reclamó su parte por la sociedad de hecho que integró con su hermano Abel. Cuando se pelearon, en 1999, la sociedad entró en disolución. En ese juicio apareció la situación de Antonio Corredera, es decir, la incompatibilidad que le impedía comprar.
Las partes
Luego de un largo tiempo de la existencia del conflicto, Antonio Corredera concurrió a la Redacción de este diario y dio su opinión de los hechos. El actual administrador de “La Recova” aseguró que la versión que sostiene Liliana Ortiz (hija de Ángel Ortiz) sobre el conflicto por el inmueble de la tradicional esquina de la ciudad de Santa Rosa “es totalmente incorrecta”.
Además, junto a su abogada, Rosa Arosteguichar, afirmó que la declaración de nulidad que hizo el Poder Judicial sobre la escritura del inmueble “no dice que la propiedad vuelve a Ángel Ortiz (padre de Liliana)”. “No hay ninguna resolución judicial que, por la nulidad, la propiedad vuelve a Ortiz”, comentó Arosteguichar. Aclaró que la decisión de quién o quiénes son los propietarios se resolverá, también, en otra instancia judicial.
Luego de esa primera incursión pública, Liliana Ortiz -junto a su abogada Amanda Antonio- salió a contestarle a Corredera. “El título de propiedad es la sentencia que declara la nulidad absoluta de la escritura 412 y ordena la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble del 50% de ‘La Recova’ a nombre de Ángel Manuel Ortiz Cereceda”, dijo.
Y mostró el informe de dominio donde consta que Ángel Manuel Ortiz Cereceda es titular del 50% del inmueble “La Recova”. También una copia del oficio número 742 de la jueza María del Carmen García que ordena al Registro de la Propiedad Inmueble registrar la nulidad de la operación de la compraventa, por lo que el 50% del inmueble vuelve a ser propiedad de Ángel Ortiz, padre de Liliana Ortiz.
“Cuando hay un litigio como este, la sentencia judicial pasa a ser el título de propiedad. El título de propiedad es la sentencia firme que declara la nulidad absoluta de la escritura 412”, insistió Ortiz.
Antonio Corredera sostiene que, en su momento, Ángel Ortiz cobró por la venta del inmueble donde está “La Recova” y que ahora, para volver a ser propietario, tendría que comprarle la mitad. “Si me devuelve el dinero que cobró, le doy ‘La Recova’”, comentó Corredera.
Liliana Ortiz respondió diciendo que “por el artículo 791, inciso 3, del Código Civil, no se puede repetir lo que se hubiere pagado cuando se hubiere pagado una deuda cuyo título era nulo. El origen del acto fue ilícito. Corredera estaba impedido de comprar y vender por ser apoderado de la sucesión Camarero”. Además, dijo que “de todas maneras, acá no hubo pago sino una disolución de sociedad”.
Ortiz también reveló que le hicieron una propuesta de venta del 50% del edificio a Antonio Corredera. “Él (por Corredera) dice que no le hice propuesta y esto no es así. Le hicimos por escrito una propuesta en el juzgado de Salas”, afirmó.
El Diario LP
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