Santa Rosa | Confirman condena por abuso sexual contra un padre

El Tribunal de Impugnación Penal, con los votos de los jueces Pablo Tomás Balaguer y Filinto Rebechi, confirmó la condena a tres años de prisión contra un padre por el delito de abuso sexual doblemente agravado por la calidad de ascendiente y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente. Esa sentencia había sido dictada por la Cámara en lo Criminal 1 el 24 de septiembre del año pasado.

El TIP ratificó la pena al no hacer lugar a un recurso de impugnación presentado por la defensora particular Amanda Antonio. Ella adujo que la Cámara había analizado únicamente las pruebas de cargo, sin tener en cuenta los descargos de la defensa y, especialmente, "los falaces argumentos orquestados por la madre política" del imputado, a raíz de que había sido sobreseído en una causa por amenazas promovida por ella. Antonio acotó que como consecuencia de esa resolución, la mujer arremetió contra su cliente con una denuncia aún más grave.

Otro cuestionamiento de la defensa fue hacia el testimonio de la propia víctima, aseverando que ofreció distintas versiones de los hechos a lo largo del proceso. Por ello solicitó que el padre sea absuelto.

Balaguer, al fundar su voto al que adhirió Rebechi, recordó que la causa se inició por una presentación de la abuela de la víctima, luego de que ésta le contara que su padre la había tocado en dos oportunidades en sus zonas íntimas durante la noche.

A renglón seguido, tras recordar los dichos de la víctima, Balaguer concluyó que "más allá de los intentos efectuados por la defensa de desmerecer" ese testimonio, "el relato le efectuara a su abuela, a una perito y durante el debate fue plenamente coincidente y permitió tener por acreditado, tal como lo hicieron los sentenciantes de manera fundada en el fallo ahora recurrido, que el hecho existió y que fue cometido por su padre".

Acotó que "los juzgadores realizaron el correspondiente análisis del relato efectuado por la víctima, llegando razonadamente a la conclusión que, analizados conjuntamente con otros indicios, se ha visto desvirtuada la presunción de inocencia de que goza el imputado por mandato constitucional".

"En definitiva –expresó Balaguer–, se aprecia en la sentencia ahora recurrida que, contrariamente a los postulados de la recurrente, los jueces intervinientes evaluaron de modo integral, aquellos indicios relevantes que surgieron de las declaraciones testimoniales producidas en el debate y los aportes científicos a lo que arribara la licenciada Virginia Carretero (integrante de la Oficina Forense). Estas conclusiones fueron analizadas en forma suficiente y racionalmente en su totalidad por los sentenciantes a la hora de fundar el arribo de su convicción incriminante, la que resulta compartida por esta alzada luego de agotar la capacidad revisora en el presente recurso interpuesto por la defensora del condenado".

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