Santa Rosa | Otro juicio abreviado en un caso de violencia de género
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Jokin Calvente, de 25 años, agredió a su exesposa y a la pareja de ésta, e incluso les disparó con una carabina. Pero recibió una pena de 3 años en suspenso con anuencia de las propias víctimas.
El juez de audiencia Andrés Olié condenó hoy a Jokin Ander Calvente a tres años de prisión en suspenso por ser autor de seis delitos: lesiones leves (artículo 89 del Código Penal), amenazas simples (149 bis primer supuesto del primer párrafo), abuso de armas (104 primer párrafo), portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal (189 bis inciso 2, tercer párrafo), daño (183) y resistencia a la autoridad (239), todos ellos en concurso real.
Además, por el mismo tiempo, le impuso el cumplimiento de reglas de conducta bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la sanción. Ello implica fijar domicilio, someterse al cuidado del Patronato de Liberados, continuar con un tratamiento psicológico y abstenerse de acercarse a menos de 200 metros del domicilio de su ex pareja, de ella y de su actual compañero.
¿Qué hizo Calvente? En agosto del año pasado, ingresó al domicilio de su exmujer donde esta estaba con su pareja actual y en principio los agredió. Pero luego regresó y comenzó a disparar con una carabina a través de una ventana, aunque no pudo asestar ningún disparo. En un principio estuvo imputado de tentativa de homicidio, pero ahora recibió una condena leve con la anuencia de las propias víctimas.
La resolución de Olié fue consecuencia de la admisión del pedido de juicio abreviado que le solicitaron el fiscal Máximo Paulucci, la defensora oficial Paula Arrigone y el propio imputado, quien aceptó la autoría de los hechos y la sanción a imponerle.
Sin embargo, poco después Calvente regresó al lugar en una camioneta Ford e intentó entrar nuevamente al domicilio. Como no pudo, se dirigió por el patio delantero hacia el sector de la habitación y desde afuera disparó dos veces con una carabina calibre 22. Como los tiros impactaron en la ventana, logró abrir la abertura, metió el arma por allí y efectuó “dos o tres detonaciones” hacia el compañero de su ex pareja, “sin lograr herirlo”. Ante ello, la pareja salió por un pasillo, fue hasta el patio de la casa y avisó a la policía.
Cuando ésta arribó, Calvente estaba a los gritos, dañando la ventana, portando el arma y gritando “váyanse de acá milicos de mierda porque los voy a cagar a ustedes y a estos hijos de puta” (sic), mientras le apuntaba a los efectivos.
Después de unos minutos, el imputado hizo otro disparo hacia el piso y arrojó la carabina. Ahí fue detenido.
La pareja, además, dijo que conoce a Calvente desde hace años y agregó que nunca habido mostrado esa conducta. Por eso expresaron que no querían ir a juicio y prestaron su conformidad para el juicio abreviado.
El Diario LP
El juez de audiencia Andrés Olié condenó hoy a Jokin Ander Calvente a tres años de prisión en suspenso por ser autor de seis delitos: lesiones leves (artículo 89 del Código Penal), amenazas simples (149 bis primer supuesto del primer párrafo), abuso de armas (104 primer párrafo), portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal (189 bis inciso 2, tercer párrafo), daño (183) y resistencia a la autoridad (239), todos ellos en concurso real.
Además, por el mismo tiempo, le impuso el cumplimiento de reglas de conducta bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la sanción. Ello implica fijar domicilio, someterse al cuidado del Patronato de Liberados, continuar con un tratamiento psicológico y abstenerse de acercarse a menos de 200 metros del domicilio de su ex pareja, de ella y de su actual compañero.
¿Qué hizo Calvente? En agosto del año pasado, ingresó al domicilio de su exmujer donde esta estaba con su pareja actual y en principio los agredió. Pero luego regresó y comenzó a disparar con una carabina a través de una ventana, aunque no pudo asestar ningún disparo. En un principio estuvo imputado de tentativa de homicidio, pero ahora recibió una condena leve con la anuencia de las propias víctimas.
La resolución de Olié fue consecuencia de la admisión del pedido de juicio abreviado que le solicitaron el fiscal Máximo Paulucci, la defensora oficial Paula Arrigone y el propio imputado, quien aceptó la autoría de los hechos y la sanción a imponerle.
El hecho
Calvente, un empleado de 25 años nacido, aceptó que el 31 de agosto del año pasado, a las seis de la madrugada, en Macachín, ingresó a la casa de su ex pareja “que estaba sin llave– y fue a la habitación donde ella estaba con su actual pareja. Allí empezó a pegarle al hombre, mientras le decía “te voy a cagar matando, te voy a reventar la cabeza de un tiro”; hasta que el agredido pudo sacarlo de la vivienda.Sin embargo, poco después Calvente regresó al lugar en una camioneta Ford e intentó entrar nuevamente al domicilio. Como no pudo, se dirigió por el patio delantero hacia el sector de la habitación y desde afuera disparó dos veces con una carabina calibre 22. Como los tiros impactaron en la ventana, logró abrir la abertura, metió el arma por allí y efectuó “dos o tres detonaciones” hacia el compañero de su ex pareja, “sin lograr herirlo”. Ante ello, la pareja salió por un pasillo, fue hasta el patio de la casa y avisó a la policía.
Cuando ésta arribó, Calvente estaba a los gritos, dañando la ventana, portando el arma y gritando “váyanse de acá milicos de mierda porque los voy a cagar a ustedes y a estos hijos de puta” (sic), mientras le apuntaba a los efectivos.
Después de unos minutos, el imputado hizo otro disparo hacia el piso y arrojó la carabina. Ahí fue detenido.
Acuerdo
En el acuerdo presentado al juez por la fiscalía y la defensa, las partes indicaron que si bien en un principio se acusó a Calvente de homicidio simple en grado de tentativa, con posterioridad se mantuvo una entrevista con las víctimas y de ella surgió que la conducta de aquél fue consecuencia de “los celos por la relación que había mantenido con la mujer”. También convinieron que el agresor estaba ebrio “y que su intención no era matarlos”, por lo cual “no se dio en el hecho el elemento de tipicidad subjetiva (dolo) requerido” para que se cometa ese delito.La pareja, además, dijo que conoce a Calvente desde hace años y agregó que nunca habido mostrado esa conducta. Por eso expresaron que no querían ir a juicio y prestaron su conformidad para el juicio abreviado.
El Diario LP
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