Elecciones 2015 | La Justicia electoral pidió a encuestadores que le informen sus mediciones
https://www.lapampadiaxdia.com.ar/2015/07/elecciones-2015-la-justicia-electoral.html
Lo hizo mediante una acordada dictada este jueves en la que puso de manifiesto el “exiguo número” de informes técnicos presentados ante el tribunal, en contraste con los que se difunden por los medios. (Foto Ilust.Arch.: Télam)
La Cámara adujo que de esa forma “se priva a la ciudadanía de la información sobre la metodología utilizada en la elaboración de las encuestas ya publicadas”.
Del total de 35 empresas inscriptas en el Registro de Encuestas y Sondeos de Opinión de la Cámara, solo ocho presentaron las fichas técnicas correspondientes a las encuestas realizadas con motivo del proceso electoral del corriente año.
Se trata de Julio Aurelio ARESCO, Ricardo Rouvier & Asociados, Radio Bahía Blanca S.A., Hugo Haime & Asociados, Fundación para la Dignificación del Hombre en el Trabajo (Observatorio de Política y Democracia), OPINAIA S.A., Observatorio Económico y Social de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad de la Cuenca del Plata y Carlos Fara & Asociados.
El tribunal citó la vigencia del artículo 44 ter de la ley 26.215 y acordadas de la propia Cámara Electoral, que estableció el procedimiento para la inscripción, presentación y publicación de la información requerida en el Registro de Encuestas y Sondeos de Opinión que se difunde en su sitio web.
Télam
La Cámara adujo que de esa forma “se priva a la ciudadanía de la información sobre la metodología utilizada en la elaboración de las encuestas ya publicadas”.
Del total de 35 empresas inscriptas en el Registro de Encuestas y Sondeos de Opinión de la Cámara, solo ocho presentaron las fichas técnicas correspondientes a las encuestas realizadas con motivo del proceso electoral del corriente año.
Se trata de Julio Aurelio ARESCO, Ricardo Rouvier & Asociados, Radio Bahía Blanca S.A., Hugo Haime & Asociados, Fundación para la Dignificación del Hombre en el Trabajo (Observatorio de Política y Democracia), OPINAIA S.A., Observatorio Económico y Social de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad de la Cuenca del Plata y Carlos Fara & Asociados.
El tribunal citó la vigencia del artículo 44 ter de la ley 26.215 y acordadas de la propia Cámara Electoral, que estableció el procedimiento para la inscripción, presentación y publicación de la información requerida en el Registro de Encuestas y Sondeos de Opinión que se difunde en su sitio web.
Télam
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