Macachín | Atacó con un hacha y ahora fue condenado por intento de homicidio

Un joven que actualmente tiene 19 años, pero que al momento del hecho tenía 17 y era menor de edad, fue declarado hoy autor y responsable penal en orden a los delitos de homicidio simple, en grado de tentativa. ¿Qué había hecho? Había atacado en Macachín a hachazos a Bruno Quaranta, quien salía con su exnovia. 

La resolución del juez de control Fernando Rivarola fue consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Facundo Bon Dergham, la defensora particular Vanesa Ranocchia Ongaro, el propio imputado y la querellante Marcela Tejeda –en representación de la madre de la menor– y admitido por el juez de control Mauricio Piombi.

Así, quedó probado durante la investigación fiscal preparatoria que el 20 de abril del año pasado, a las 5.30, el imputado ingresó al domicilio de avenida Colectora Norte N°66, en Macachín, a través de una ventana de un cambiador (de 45 centímetros de ancho por un metro de alto), e irrumpió en un dormitorio luego de "dañar a hachazos la puerta de acceso".

Allí se encontraba la chica –exnovia del agresor– con su pareja Quaranta. La luz estaba apagada. "Así los quería agarrar", les dijo el imputado y, aunque aquellos "asustados se pusieron contra la pared, el encartado intentó quitarle la vida a Quaranta arrojándole hachazos, impactando algunos de esos golpes en la cabeza y en otras partes en el cuerpo; provocándole lesiones que fueron certificadas".

Cuando la chica "intentó intervenir para que cesara en su accionar, también fue golpeada" por el victimario, quien "hasta le arrojó un hachazo". Si la joven "no hubiera abierto una banqueta para protegerse hubiese resultado cortada, impactando ese hachazo en la banqueta y quedando de ello un tajo", puede leerse en el fallo.

Inmediatamente Quaranta "salió corriendo, ensangrentado, luego de forcejear" con el imputado; mientras éste "tomó a la joven del cuello y la golpeó contra el piso, provocándole golpes en la cabeza y varias lesiones que también fueron certificadas".

"Así las cosas, debiendo analizar la conducta desplegada por los encartados, estimo que la misma ha sido típica y antijurídica, mereciendo reproche penal en atención a lo que reflejan los hechos probados, por lo que corresponde declarar la autoría y responsabilidad (del menor) por el delito de homicidio simple en grado de tentativa en perjuicio de Bruno Quaranta, en concurso real con el delito de lesiones leves agravadas por haber mantenido una relación de pareja con al damnificada", señaló Rivarola.

"Ello así –agregó– toda vez que de la prueba reunida surgen las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que ocurrió el hecho investigando y la responsabilidad (del imputado) en el mismo, surgiendo de la colecta probatoria la acreditación del mismo, habiendo sido acreditadas mediante certificado e informe médico las lesiones sufridas" por las víctimas.

"En cuanto a la conducta desplegada por el encausado respecto de (la menor) no surge la intención de matar, siendo dirigida la misma hacia Quaranta, circunstancia que se refleja en los dichos de los damnificados", acotó el juez.
 
 
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