Santa Rosa | Tres meses de cárcel para el “Orejón” Bustos

A través del procedimiento de juicio abreviado, el juez de control Mauricio Piombi, condenó hoy a Carlos Julián Bustos a tres meses de prisión de efectivo cumplimiento, declarándolo reincidente, por ser autor de los delitos de robo simple en grado de tentativa, daño calificado por ser ejecutado para impedir el libre ejercicio de la autoridad y resistencia a la autoridad. Además ordenó mantenerle la prisión preventiva hasta que el fallo quede firme y lo sobreseyó en otras dos causas.

En otro punto de la parte resolutiva, Piombi condenó a Alexis José Omar Alvarez a tres meses de ejecución condicional por ser coautor del delito de robo simple en grado de tentativa.

El abreviado que admitió el juez fue acordado entre el fiscal Facundo Bon Dergham, la defensora oficial Cristina Albornoz, el defensor particular Gastón Gómez y los propios imputados, quienes aceptaron la autoría del hecho y la sanción a imponerles.

De la investigación fiscal surgió que Bustos, alias "Orejón", de 24 años, y a Alvarez, de 21, ambos lavacoches, el martes 4 de agosto a la madrugada, ingresaron a una vivienda ubicada en Giachino y Oses y, tras dañar la puerta de ingreso, sustrajeron un televisor de 42 pulgadas. Luego escaparon en un Renault Megane oscuro y fueron perseguidos por el dueño de la casa y por la policía. Finalmente fueron detenidos en Pasaje Cuba entre Civit y Alberdi, en el barrio Fonavi 42.

Durante la persecución el móvil policial resultó "con daños en el lateral derecho a la altura del guardabarros, la puerta del acompañante, los paragolpes y ambas ópticas a raíz de las embestidas que le efectuó el Megane" conducido por Bustos.

Aunque en un primer momento la calificación legal había sido más gravosa –fueron formalizados por robo en poblado y en banda–, "lo cierto es que como asevera el fiscal, en el devenir de la investigación no existieron elementos para acreditar la participación" de dos mujeres, una de ellas menor de edad, en el hecho "ni de ninguna otra persona, razones que hacen necesario acreditar la participación solo de Bustos y Alvarez", expresó Piombi.

"Por último –agregó el magistrado– las partes expusieron que lo dicho los lleva a concluir que están ante un acuerdo formulado por escrito, con una clara enunciación de cómo acontecieron los hechos, con referencia de la prueba que se dispuso y de la precisa calificación legal, y con el expreso reconocimiento de su participación por parte de los imputados; lo que conlleva a calificar al acuerdo como verdaderamente serio en los términos aludidos por reiterada jurisprudencia del Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa; a la vez que han sido debidamente resguardados los intereses de la víctimas".

El acuerdo entre la fiscalía y las defensas también incluyó el dictado del sobreseimiento de Bustos en un legajo donde estaba imputado de haberle sustraído una cartera a una mujer, cuando circulaba en una moto de su propiedad, y de haber entrado a una casa –luego de apoderarse del control remoto de un portón que estaba en un auto– y sustraer del living cuando sus moradores estaban durmiendo de un televisor de 46 pulgadas y un equipo de música.

Con relación al primer hecho, y a partir del pedido conjunto de Bon Dergham, Albornoz y Gómez, el juez Piombi aceptó que durante la investigación preparatoria que no se reunieron "elementos de convicción suficientes para sostener" que Bustos fue el autor del robo simple, solo porque los autores circulaban en su vehículo. Además durante un allanamiento no se hallaron objetos relacionados con el hecho y la propia damnificada no pudo identificarlo en una rueda de reconocimiento.

Con relación al robo a la casa, la fiscalía indicó que no se encontraron huellas de Bustos en el lugar como para vincularlo directamente, y acotó: "La sola circunstancia de conducirse por el lugar no resulta suficiente a fin de poder otorgarle a ello características últimas y decisivas de involucramiento en un hecho delictivo, atento a que el único testigo no fue concluyente para sustentar una sospecha respecto de Bustos".
 
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