La Asamblea General de la ONU aprobó los principios para limitar las acciones de los buitres

Avaló esta tarde por 136 votos a favor la resolución que limita el accionar de los fondos buitre a través de nueve principios que dan marco a un sistema legal global para los procesos de reestructuraciones de deuda soberanas. (Foto: Facebook Axel Kicillof)





La Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) aprobó este jueves la iniciativa impulsada por Argentina para frenar el accionar de los fondos buitres, que incluye una serie de nueve principios que tienen por objetivo dar viabilidad a los procesos de reestructuración de deuda soberana encarados por países en crisis.

En una votación en la que se superó de manera amplia la cantidad de votos necesarios para alcanzar la mayoría simple que requería el proceso, el proyecto contó con el apoyo de 136 países, mientras que 41 se abstuvieron y 6 se opusieron (Alemania, Canadá, Estados Unidos, Israel, Japón, Reino Unido).

Una vez conocido el resultado, que fue seguido y proyectado en dos grandes pantallas ubicadas a los costados del estado central de la amplia y renovada sala de la Asamblea General, comenzaron los aplausos de los presentes y los saludos a la delegación argentina encabezada por el canciller, Héctor Timerman, y el ministro de Economía, Axel Kicillof.

Entre ellos, se podían ver a la representante argentina ante la ONU, María Cristina Perceval, recibir el abrazo de su par de Bolivia, Sacha Llorenti, que estuvo a cargo de liderar el Comité especial sobre Procesos de Reestructuración de Deuda que desde comienzos de año llevó adelante los debates.

Al tomar la palabra ante una sala llena, Timerman afirmó que la resolución “es a favor de la estabilidad económica, de la paz social y de los derechos de los pueblos” y un freno a las acciones de los fondos buitre.

La deuda soberana “es un derecho que tenemos los países para reestructurar y es una forma de poner límite a los piratas del siglo XXI que son los fondos buitre que, amparándose en la falta de una legislación global, han aprovechado y usufructuado sobre la pobreza de muchos de los países aquí presentes”, dijo el canciller.

Por su parte, Kicillof afirmó que la aprobación de la propuesta “es un paso fundamental para que nadie sufra ataques como los que hoy Argentina y otros países están sufriendo por parte de los fondos buitre”.

Los principios que buscan limitar a los fondos especulativos, y que son un paso importante dado hacia el trabajo por la creación del marco global para reestructuraciones de deudas soberanas que continuará en la próxima sesión de la Asamblea General, son los de: soberanía, buena fe, transparencia, imparcialidad, tratamiento equitativo, inmunidad soberana, legitimidad, sostenibilidad y reestructuración de la mayoría.

La votación en la Asamblea General llegó un año después de que Argentina propusiera la creación de un Comité especial para desarrollar un marco jurídico global para las reestructuraciones de deuda, que recibió entonces el apoyo de 124 países, 11 votos en contra y 41 abstenciones.

Los 11 votos en contra que recibió en su momento hoy se redujeron a 6, un hecho destacado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner durante la cadena nacional que encaró esta noche, en la que resaltó la importancia de la votación en el seno de la ONU.

Lo ocurrido en esta reunión dejó ver que el trabajo realizado con el respaldo del G77 más China desde entonces y que cosechó el acompañamiento de una mayor cantidad de países, mientras que a su vez se redujeron la cantidad de votos en contra de la iniciativa.

Así, estuvieron los casos de países como Bulgaria o Hungría que antes habían optado por el No y en esta ocasión se abstuvieron; y el de Honduras o Islandia que tras abstenerse ahora apoyaron la resolución.

Uno de los votos llamativos de la jornada fue el de Colombia que si bien inicialmente, y como el resto de los países miembro del G-77 más China había acompañado la iniciativa Argentina, ahora decidió abstenerse.

Entre los motivos que llevaron a algunos Estados a oponerse a la resolución, estuvieron basados en que los principios se presentan “problemáticos” y en el hecho de que “la ONU no es el foro adecuado para tratar el tema”, según expresó una representante de la delegación estadounidense.

En ese sentido, el embajador de Bolivia, Sacha Llorente, a cargo del Comité especial, utilizó un ejemplo común a todos, como es el fútbol, para rebatir estos argumentos.

“Cuando se dice que no es este el foro para debatir estos temas, lo que se nos quiere decir es que hay que jugar este juego solamente cuando ellos controlan al árbitro, cuando ellos sean dueños de la pelota y cuando ellos controlan el tamaño de la cancha”, aseveró el diplomático boliviano.

“Esa no es democracia”, continuo ganando el aplauso de los presentes. “Eso está en contradicción a los principios de nuestra organización”, dijo para concluir el diplomático boliviano.

Los nueve principios del proyecto aprobado por la ONU para reestructurar las deudas de los países


La Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó los nueve principios impulsados por Argentina, y consensuados por el Grupo de los 77 + China, para la restructuración de la deuda de los países, entre los que se destaca que si una renegociación de deuda es aprobada por “una mayoría cualificada”, esta debe ser acatada por el resto de los tenedores de títulos.

Además, los Estados deberán hacer una reestructuración “como último recurso”, tendrán “la obligación de abstenerse de discriminar arbitrariamente a los acreedores”, y deberán incluir “cláusulas de acción colectiva” que destaquen la preeminencia de las mayorías “en sus emisiones de deuda”.

Los nueve principios son los siguientes

1

Un Estado soberano tiene derecho, en el ejercicio de su facultad discrecional, a elaborar sus políticas macroeconómicas, incluida la reestructuración de su deuda soberana, derecho que no debe verse frustrado ni obstaculizado por medidas abusivas. La reestructuración debe hacerse como último recurso, preservando desde el inicio los derechos de los acreedores.

2

El principio de que el deudor soberano y todos sus acreedores deben actuar de buena fe implica su participación en negociaciones constructivas de reestructuración de la deuda soberana y en otras etapas del proceso con el propósito de restablecer la sostenibilidad de la deuda y el servicio de la deuda de manera rápida y duradera y de obtener el apoyo de una masa crítica de acreedores mediante un diálogo constructivo acerca de las condiciones de la reestructuración.

3

El principio de la transparencia debe promoverse para aumentar la rendición de cuentas de los interesados, lo que puede lograrse compartiendo oportunamente tanto datos como procesos relacionados con la renegociación de la deuda soberana.

4

El principio de la imparcialidad exige que todas las instituciones y agentes involucrados en las reestructuraciones de la deuda soberana, incluso a nivel regional, de conformidad con sus mandatos respectivos, sean independientes y se abstengan de ejercer toda influencia indebida en el proceso y en otros interesados o de realizar actos que generen conflictos de interés o corrupción o ambos.

5

El principio del trato equitativo impone a los Estados la obligación de abstenerse de discriminar arbitrariamente a los acreedores, a menos que la diferencia de trato esté justificada conforme a derecho, sea razonable y se corresponda con las características del crédito, garantice la igualdad entre los acreedores y sea examinada por todos los acreedores. Los acreedores tienen derecho a recibir el mismo trato en proporción con su crédito y con las características de este. Ningún acreedor o grupo de acreedores debe ser excluido a priori del proceso de reestructuración de la deuda soberana.

6

El principio de la inmunidad soberana de jurisdicción y ejecución en materia de reestructuración de la deuda soberana es un derecho de los Estados ante los tribunales internos extranjeros, y las excepciones deberán interpretarse de manera restrictiva.

7

El principio de la legitimidad implica que al establecer instituciones y realizar operaciones relacionadas con la reestructuración de la deuda soberana se deben respetar, en todos los niveles, los requisitos de inclusión y el estado de derecho. Los términos y condiciones de los contratos originales seguirán siendo válidos hasta que sean modificados mediante un acuerdo de reestructuración.

8

El principio de la sostenibilidad significa que las reestructuraciones de la deuda soberana deben realizarse de manera oportuna y eficiente y crear una situación de endeudamiento estable en el Estado deudor, preservando desde el inicio los derechos de los acreedores y a la vez promoviendo el crecimiento económico sostenido e inclusivo y el desarrollo sostenible, minimizando los costos económicos y sociales, garantizando la estabilidad del sistema financiero internacional y respetando los derechos humanos.

9

La reestructuración por mayoría implica que los acuerdos de reestructuración de la deuda soberana que sean aprobados por una mayoría cualificada de los acreedores de un Estado no se verán afectados, perjudicados u obstaculizados de otro modo por otros Estados o por una minoría no representativa de acreedores, que deben respetar las decisiones adoptadas por la mayoría de los acreedores. Debe alentarse a los Estados a que incluyan cláusulas de acción colectiva en sus emisiones de deuda soberana.

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