Dólar futuro | El juez Bonadio rechazó la recusación planteada por Cristina
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"Las razones expuestas no presentan el mínimo sostén jurídico requerido para el apartamiento del Juez natural de la causa y por ello habrán de ser rechazadas por el suscripto", planteó Bonadio en su resolución. (Foto Arch.: Perfil)
El juez federal Claudio Bonadio rechazó la recusación planteada por Cristina Fernández de Kirchner en el marco de la causa por las operatorias de venta de dólar a futuro, en la que la ex mandataria prestó declaración indagatoria el pasado 13 abril.
"Las razones expuestas no presentan el mínimo sostén jurídico requerido para el apartamiento del juez natural de la causa y, por ello, habrán de ser rechazadas por el suscripto", planteó Bonadio en su resolución, oficializada este jueves.
En su resolución, sobre la que ahora deberá expedirse la Cámara Federal porteña, el juez Bonadio fue respondiendo uno a uno los argumentos de la recusación planteada por la defensa de la ex mandataria, representada por el abogado Carlos Beraldi.
En este sentido, en lo que respecta a la “enemistad manifiesta” alegada en el planteo de recusación por la ex presidenta Bonadio afirmó que no hizo “ninguna manifestación fuera de lugar, ni siquiera irrespetuosa y mucho menos con contenido de odio o que encierre animadversión” contra la ex mandataria.
“Muy por el contrario, este magistrado se abstiene justamente de realizar apreciaciones a su respecto”, aseveró en la resolución oficializada este mediodía.
En este marco, sostuvo que, “en pocas palabras, que el interesado sienta enemistad respecto del juez, no justifica la separación de éste, en tanto ese estado de ánimo no provoque o concluya en reciprocidad, al no afectar su imparcialidad”.
Incluso, para graficar su argumentación en relación a que para apartarse del caso tendría que existir una enemistad “manifiesta”, Bonadio trajo a colación un ejemplo que involucra a la propia ex mandataria.
“Si luego de algunas de las referidas manifestaciones de Cristina Fernández, calificando a este magistrado de ‘juez pistolero y extorsionador’, el suscripto hubiese interpuesto algún tipo de acción penal o civil contra la nombrada”, explicó Bonadio, ése hubiese constituido un caso de ese tipo.
“Esto sin embargo, no ha existido como no ha existido ningún otro tipo de aversión por parte del suscripto hacia quien pretende por esta vía mi apartamiento de la presente investigación”, alegó.
En ese contexto, remarcó que se trata de “un argumento débil o carente de la solidez y seriedad que requiere todo acto por el cual se pretende el apartamiento del juez natural”.
“Asombran sobremanera al suscripto las razones expresadas por el letrado, que quiero pensar se deben más a una imperiosa necesidad por buscar motivos –inexistentes- para el apartamiento, más que a un total desconocimiento del régimen procesal penal”, planteó Bonadio en su resolución.
También, frente a otro de los argumentos esgrimidos por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner en el planteo de recusación en su contra, Bonadio postuló que “la simple denuncia de un juez ante el Consejo de la Magistratura no puede constituir por sí sola causal de recusación”.
“Ello implicaría otorgarles a las partes un mecanismo para separar a los jueces naturales de la causa con su sola presentación, aunque carezca de todo fundamento”, explicó el magistrado.
“En virtud de las razones que han sido expuestas, y con fundamento en la jurisprudencia imperante habré de rechazar la recusación impetrada, procediendo a elevar la incidencia al superior, conforme lo prevé el artículo 61 del Código Procesal Penal”, sostuvo.
De esta forma, de acuerdo con el trámite de rigor, será ahora la Sala II la que deberá expedirse sobre el planteo recusatorio, previa convocatoria a una audiencia en la que sean fundamentadas las posiciones.
El juez federal Claudio Bonadio rechazó la recusación planteada por Cristina Fernández de Kirchner en el marco de la causa por las operatorias de venta de dólar a futuro, en la que la ex mandataria prestó declaración indagatoria el pasado 13 abril.
"Las razones expuestas no presentan el mínimo sostén jurídico requerido para el apartamiento del juez natural de la causa y, por ello, habrán de ser rechazadas por el suscripto", planteó Bonadio en su resolución, oficializada este jueves.
En su resolución, sobre la que ahora deberá expedirse la Cámara Federal porteña, el juez Bonadio fue respondiendo uno a uno los argumentos de la recusación planteada por la defensa de la ex mandataria, representada por el abogado Carlos Beraldi.
En este sentido, en lo que respecta a la “enemistad manifiesta” alegada en el planteo de recusación por la ex presidenta Bonadio afirmó que no hizo “ninguna manifestación fuera de lugar, ni siquiera irrespetuosa y mucho menos con contenido de odio o que encierre animadversión” contra la ex mandataria.
“Muy por el contrario, este magistrado se abstiene justamente de realizar apreciaciones a su respecto”, aseveró en la resolución oficializada este mediodía.
En este marco, sostuvo que, “en pocas palabras, que el interesado sienta enemistad respecto del juez, no justifica la separación de éste, en tanto ese estado de ánimo no provoque o concluya en reciprocidad, al no afectar su imparcialidad”.
Incluso, para graficar su argumentación en relación a que para apartarse del caso tendría que existir una enemistad “manifiesta”, Bonadio trajo a colación un ejemplo que involucra a la propia ex mandataria.
“Si luego de algunas de las referidas manifestaciones de Cristina Fernández, calificando a este magistrado de ‘juez pistolero y extorsionador’, el suscripto hubiese interpuesto algún tipo de acción penal o civil contra la nombrada”, explicó Bonadio, ése hubiese constituido un caso de ese tipo.
“Esto sin embargo, no ha existido como no ha existido ningún otro tipo de aversión por parte del suscripto hacia quien pretende por esta vía mi apartamiento de la presente investigación”, alegó.
En ese contexto, remarcó que se trata de “un argumento débil o carente de la solidez y seriedad que requiere todo acto por el cual se pretende el apartamiento del juez natural”.
“Asombran sobremanera al suscripto las razones expresadas por el letrado, que quiero pensar se deben más a una imperiosa necesidad por buscar motivos –inexistentes- para el apartamiento, más que a un total desconocimiento del régimen procesal penal”, planteó Bonadio en su resolución.
También, frente a otro de los argumentos esgrimidos por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner en el planteo de recusación en su contra, Bonadio postuló que “la simple denuncia de un juez ante el Consejo de la Magistratura no puede constituir por sí sola causal de recusación”.
“Ello implicaría otorgarles a las partes un mecanismo para separar a los jueces naturales de la causa con su sola presentación, aunque carezca de todo fundamento”, explicó el magistrado.
“En virtud de las razones que han sido expuestas, y con fundamento en la jurisprudencia imperante habré de rechazar la recusación impetrada, procediendo a elevar la incidencia al superior, conforme lo prevé el artículo 61 del Código Procesal Penal”, sostuvo.
De esta forma, de acuerdo con el trámite de rigor, será ahora la Sala II la que deberá expedirse sobre el planteo recusatorio, previa convocatoria a una audiencia en la que sean fundamentadas las posiciones.
Télam
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