Santa Rosa | Se extiende la emergencia sanitaria

Artículo 1°: “Declárese la Emergencia Sanitaria en la ciudad de Santa Rosa, comprendiendo el sistema de agua potable, desagües cloacales, pluviales y disposición de las aguas de lluvia y freáticas, con el objeto de proporcionar celeridad y ejecutividad a los procedimientos administrativos necesarios para implementar las medidas pertinentes a fin de resguardar la salud de la población”.
Artículo 2°: “Modifíquese el Artículo 2° de la Ordenanza N° 5322/15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la adquisición de bienes de capital, bienes de consumo, servicios y a contratar las obras necesarias y que correspondan con el fin de moderar y/o resolver la situación de emergencia sanitaria declarada en el Artículo 1º, precedente, en los términos del Artículo 34° inciso c), sub inciso 1 de la Ley Prov. N° 3 de Contabilidad y el Artículo 9°, Inciso c) de la Ley Prov N° 38 de Obras Públicas”.
Artículo 3°: Modificase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 5322/15, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4°: La Emergencia Sanitaria declarada en el Artículo 1° de la presente, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2017, pudiendo las contrataciones formalizadas hasta esa fecha prever plazos de cumplimiento superiores a la misma”.
Artículo 4°: Déjese sin efecto la Ordenanza N° 5355/16.
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