Santa Rosa | Se han comenzado a aplicar penas accesorias a conductores reincidentes en casos de alcoholemia

Foto Archivo
La Jueza Municipal de Faltas de Santa Rosa, Abogada Ivana Cajigal Cánepa, brindó detalles sobre la manera en que se han comenzado a aplicar penas accesorias a los infractores de tránsito que reincidan en faltas graves, particularmente en casos de alcoholemia, con sanciones que incluyen la inhabilitación de licencia para conducir.

Previamente, aclaró que no se trata de una decisión reciente, sino que es una facultad que tiene el Juzgado de Faltas, de acuerdo a la Ley Nacional de Tránsito, y que de hecho, ya se habían aplicado antes inhabilitaciones para conducir en algunos casos durante los últimos años. No obstante, remarcó que tomando en cuenta que en los últimos meses, la cantidad de infractores reincidentes en casos positivos de alcoholemia es llamativamente mayor, se tomó la determinación de ser más severos en la aplicación de la normativa y hacer uso de la facultad de sancionar no solo con las penas económicas, sino también de aplicar la inhabilitación para conducir.

“Esta es una facultad que tiene el Juez de Faltas. Se trata de aplicar como pena accesoria a la pena de multa en casos de reincidencia de faltas graves, la inhabilitación para conducir. Y en este caso, considerando que la alcoholemia positiva es una de las faltas más graves dentro de las faltas de tránsito, ya que es una de las que en mayor riesgo pone tanto a la comunidad, como al conductor y a los eventuales acompañantes transportados, se ha tomado la determinación de hacer uso de dicha facultad, cuando el caso lo amerite. La finalidad de la imposición de las sanciones no persigue un objetivo recaudatorio, sino fundamentalmente preventivo”, explicó.

Por otro lado, la Jueza expresó su asombro y preocupación, por la manera en que se consignó en el soporte digital de un reconocido medio local este mediodía, la noticia de la aplicación de dichas penas accesorias, atribuyendo a su persona declaraciones textuales sobre la medida, que según afirmó, nunca hizo a dicho medio, ni tampoco se comunicó personalmente con la presidenta de la Fundación Estrellas Amarillas, Silvia González, a quien según la crónica del medio gráfico, se le confirmó oficialmente la determinación.

“Me preocupa que en la nota se consigne entrecomillado que yo dije algo, cuando en realidad no he sido consultada por ningún medio periodístico sobre el tema, como así tampoco he lo he hecho con la señora Silvia González”, acentuó la funcionaria.

Más allá de los trascendidos periodísticos, la Jueza confirmó que se  aplicarán penas accesorias ante casos de reincidencia en faltas grave, tomando como escala las detalladas en el Articulo 82, inciso b) de la Ley Nacional de Tránsito, que se transcriben a continuación:

Art. 82 B), la sanción de inhabilitación debe aplicarse accesoriamente solo en caso de faltas graves:

1)        Para la primera, hasta nueve meses, a criterio del Juez

2)        Para la segunda, hasta doce meses, a criterio del Juez.

3)        Para la tercera, hasta dieciocho meses, obligatoriamente.

4)        Para las siguientes, se irá duplicando sucesivamente el plazo establecido en el punto anterior.

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