La ANMAT prohibió la comercialización de un producto mal rotulado como libre de gluten

Foto: WEB
Las medidas se publicaron este lunes en el Boletín Oficial y alcanzan también a productos super congelados comercializados por conocidas cadenas de supermercados. 


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de productos alimenticios y médicos. 

A través de la disposición 473/2018, que se publicó este lunes en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la venta del "Tomate Triturado" de la marca Don Francisco. 

"El producto se halla en infracción a la Resolución GMC N° 26/03 y a los artículos 6 bis, 155, 948, 1383 y 1383bis del CAA por carecer de autorizaciones de producto como alimento libre de gluten, estar falsamente rotulado, por tener la tapa del envase hinchada y por no cumplir con los ensayos de estabilidad, resultando ser en consecuencia ilegal", justificó la ANMAT en los considerandos. 

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Por otra parte, mediante la disposición 741/2018 se prohibió la venta de los siguientes alimentos congelados: 

"Brócoli supercongelado, marca Great Value, RNPA N° 02-572801, lote: 198-18 7:56, Vencimiento 16/07/2020, Contenido neto 300g, RNE N° 02-034268" 

"Arvejas supercongeladas, marca Great Value, RNPA N° 02-572741, lote: 191-18 7:24, Vencimiento 09/07/2020, Contenido neto 300g, RNE N° 02-034268" 

"Arveja supercongelada, marca La Anónima, RNPA N° 02-590260, vencimiento 21/08/2020, lote: 234-18, RNE N° 02-034268". 

La medida se adoptó luego de que la Dirección de Calidad Alimentaria del Municipio de la Ciudad de Córdoba informara que en el marco del programa de vigilancia alimentaria habría detectado en los productos la presencia de Listeria monocytogenes, un microorganismo que puede causar infecciones, a veces graves en personas susceptibles (niños pequeños, embarazadas, ancianos o personas con el sistema inmune deprimido). 

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Por último, a través de la disposición 4763/2018 se prohibió el uso y la comercialización de los siguientes productos, que no cuentan con la autorización correspondiente: 

– "Vaselina liquida. Contenido Neto 1000 ml. Lote: 5800 y vencimiento: 07/19. Droguería Páez." 

– "Vaselina liquida. Contenido Neto 500 ml. Lote: 5852 y vencimiento: 09/19. Droguería Páez." 

– "Vaselina liquida. Contenido Neto 250 ml. Lote: 5852 y vencimiento: 09/19. Droguería Páez." 

– "Vaselina liquida. Contenido Neto 125 ml. Lote: 5800 y vencimiento: 07/19. Droguería Páez." 

– "Bicarbonato de Sodio. Contenido Neto 100 gr. Lote: 022909 y vencimiento: 01/05/2019. Droguería Páez." 

– "Bicarbonato de Sodio. Contenido Neto 250 gr. Lote: 022909 y vencimiento: 01/05/2019. Droguería Páez." 

– "Vaselina Sólida Blanca. Contenido Neto 100 grs. Lote: 1833 y vencimiento: 09/2019. Droguería Páez." 

– "Sulfatiazol polvo por 4 grs. Lote: BL150109 y vencimiento: 06/2019. Droguería Páez".


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