#Santa Rosa | Un jubilado condenado por descargar y distruibuir material pornográfico


El juez de control santarroseño Carlos Matías Chapalcaz condenó hoy a un hombre de 67 años de edad a tres años de prisión en suspenso por ser autor del delito de descarga, divulgación y distribución por medios informáticos de representaciones de niñas, niños y adolescentes dedicadas a actividades sexuales explícitas o representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, todo como delito continuado.

Con las pruebas incorporadas al expediente durante la investigación fiscal preparatoria, se probó que el imputado –un jubilado de 67 años– el 9 de abril pasado a la noche, “descargó, facilitó y divulgó a otros usuarios” –a través de una red de intercambios de archivos–, uno en cual se observaba a una niña menor de edad desarrollando actividades sexuales explícitas.

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“También -dijo el juez- se demostró que poseía numeroso material de abuso sexual infantil (fotografías y videos), el cual descargó, compartiendo y divulgando los mismos por diferentes programas informáticos que realizan tales maniobras”.

El caso se resolvió a través de un juicio abreviado entre el fiscal Walter Antonio Martos, el defensor particular Juan Carlos De La Vega y el acusado, quien aceptó su culpabilidad.

Como elementos de pruebas se contó con la copia de una causa del Poder Judicial de Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre delitos atinentes a la pornografía (más un CD), la aceptación de competencia del juez Nicolás Casagrande Lorences en razón del territorio, un acta de allanamiento, el acta de inspección ocular del lugar del hecho, un Informe de la División Criminalística con tomas fotográficas, un informe pericial y otro de la Agencia de Investigación Científica, dependiente del Ministerio Público.

“En base a lo reseñado, concluyo que el acuerdo formulado por escrito, en el cual se han asentado de manera clara y precisa los hechos, la prueba que se dispone, la calificación legal y el concreto pedido de pena, y con el expreso reconocimiento de su participación por parte del imputado, resulta conteste con los términos aludidos por reiterada jurisprudencia de la provincia y las exigencias legales del instituto en cuestión previsto en los artículos 377 y concordantes del Código Procesal Penal”, señaló Chapalcaz en el fallo.

Las partes convinieron, además, fijarle al condenado reglas de conducta durante dos años (fijar domicilio, someterse al cuidado y contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal, realizar un tratamiento psicológico hasta obtener el alta médica).

Por último, el juez dispuso que se remita en forma inmediata la correspondiente información al Registro de Procedimiento y Notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual.

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