Sobreseyeron a Cristina Kirchner, Julio De Vido, Roberto Baratta y otros ex funcionarios por la importación de gas natural licuado
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El juez Julián Ercolini consideró que los precios pagados para importar GNL, entre 2008 y 2015, se ajustaron a mercado. El fallo también benefició a Julio De Vido, Roberto Baratta y Daniel Cameron, entre otros ex funcionarios.
El juez federal Julián Ercolini sobreseyó este miércoles a la ex presidenta Cristina Kirchner y a otros funcionarios de su gobierno en la causa por la importación de gas natural licuado (GNL), por la que su colega, el difunto Claudio Bonadio, había dictado incluso su prisión preventiva, que no concretó porque tenía fueros como senadora.
Además de la hoy vicepresidenta, fueron sobreseídos el ex ministro de Planificación, Julio De Vido; su segundo, Roberto Baratta; el ex secretario de Energía, Daniel Cameron, y otra veintena de ex funcionarios que intervinieron en las importaciones de GNL, entre 2008 y 2015.
"En todo el período objeto de investigación, los precios abonados por ENARSA sobre los embarques con GNL que amarraron en el país -puntualmente en los puertos de Escobar y Bahía Blanca- y los servicios de agenciamiento marítimo prestados a tales embarcaciones se ajustaron a los precios de mercado", sostuvo Ercolini, quien subroga el juzgado que ocupó en vida Bonadio.
"Corresponde descartar la hipótesis investigativa relacionada con dichos segmentos de las maniobras defraudatorias", añadió.
La Causa GNL tuvo un devenir errático desde que se inició, por denuncia de, entre otros, las ex diputadas Patricia Bullrich y Laura Alonso y el senador Federico Pinedo, todos de Juntos por el Cambio.
Ésta es la causa en la que el perito David Cohen emitió un documento incriminatorio para los ex funcionarios, que fue anulado por la Cámara Federal, porque contenía innumerables imprecisiones y tenía partes completas tomadas de internet.
Cuando la causa parecía diluirse, apareció el falso abogado Marcelo D’Alessio, declaró ante el fiscal Carlos Stornelli, aportó documentación sobre ENARSA y reactivó el expediente.
A fines de 2019, Bonadio elevó la causa a juicio oral, aclarando que el aporte de D’Alessio no había sido determinante y admitiendo que aún faltaban pruebas por producir para establecer si había existido delito o no.
Esa prueba consistía esencialmente en un peritaje contable sobre todo el período de la importación de GNL, que fue concluido a fines del año pasado y, tras su evaluación, Ercolini dispuso los sobreseimientos del remanente de la causa que aún conservaba.
No obstante, el sobreseimiento dictado este miércoles –aclaró el juez- "en modo alguno implica una afectación respecto de aquellos eventos que ya se encuentran en etapa de juicio oral, habida cuenta la posibilidad de diferenciar actos dentro de una misma administración".
Pero la prueba, que Ercolini valoró como desincriminatoria en primera instancia, tendrá inevitablemente impacto en la causa que ya está elevada a juicio ante el Tribunal Oral Federal N° 7, puesto que se trata de los mismos imputados y abarca los mismos períodos de la importación y almacenamiento del GNL.
"En el curso de la pesquisa, se logró determinar -a raíz del estudio pericial realizado por los peritos de oficio Andrés Di Pelino y Eduardo Fernández, propuestos por la Facultad de Ingeniería de la UBA, conjuntamente con los expertos de parte designados- que, entre los años 2013 a 2015, los precios a los que se adquirieron los embarques de GNL se ajustaron con los valores promedios a los que los distintos oferentes en condiciones de vender a la República Argentina ofertaban", sostiene el fallo de Ercolini.
Restaba determinar la misma situación sobre el período 2008-2013 y, sobre los precios pagados por ENARSA por los cargamentos con GNL, se correspondieron -en todo el período 2008 a 2012- con los valores de mercado.
También esa experticia arrojó que no se pagaron sobreprecios, base de la denuncia que, además, apuntaba a "la participación de intermediarios y pago de comisiones en el proceso de importación de GNL, en perjuicio de las arcas del Estado".
La lista de sobreseídos se completa con Roberto Dromi San Martino, José Roberto Dromi, Exequiel Espinosa, Walter Fagyas, Jorge Samarín, Jorge O’Donnell, Juan José Carbajales, José Granero, Gastón Ghioni, Nilda Minutti, Tamara Pérez Balda, Fernando Salim, Alejangra Tagle, Mónica Bisconti, Karina González, Flavia García y Haydeé Fernández.
La resolución deja "constancia de que la formación del presente sumario en nada afectó el buen nombre y honor del que hubieren gozado".
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